Autor Tema: Reducción Temporal de sueldos  (Leído 5704 veces)

Desconectado AlfredoVregion

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Re:Reducción Temporal de sueldos
« Respuesta #20 en: Marzo 21, 2020, 12:19:06 pm »
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Me procupa también el caso de muchas tiendas que pagan altos arriendos. Con cortinas cerradas y sin ventas la pregunta que me hago yo es si los arrendadores serán algo más conscientes y rebajarán los cánones de arriendo a costos alineados con el uso real de tiempo que se le está pudiendo dar a los locales.

Debería haber conciencia, de lo contrario las quiebras serán en cadena.

Preocupante es el caso de las pymes que venían bicicleteando desde la insurrección de octubre. Incluso hasta Abc-Din puede caer.
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Desconectado Vicho123

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Re:Reducción Temporal de sueldos
« Respuesta #21 en: Marzo 21, 2020, 13:03:03 pm »
Debería haber conciencia, de lo contrario las quiebras serán en cadena.

Preocupante es el caso de las pymes que venían bicicleteando desde la insurrección de octubre. Incluso hasta Abc-Din puede caer.

Se da que hacen conciencia prácticamente "a la fuerza". Si el arrendatario actual no puede pagar el valor del arriendo, es mejor que el arrendador lo baje por este tiempo en un porcentaje, ya que es muy probablable que quien se lo arrienda no encuentre otra vía más que la de dejar la propiedad, y esto no es conveniente para ninguna de las dos partes, porque una se queda sin percibir la plata y la otra sin poder ocupar la propiedad para generar las ganancias de su negocio. Por lo tanto, es mejor que ambos mantengan el beneficio: "Yo te bajo el arriendo por 'X' tiempo y tú te quedas". Aparte que si el arrendatario se va, quién va a querer arrendar la propiedad en la situación actual y por ese valor?

Desconectado pincel600

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Re:Reducción Temporal de sueldos
« Respuesta #22 en: Marzo 21, 2020, 21:34:49 pm »

Los grandes negocios la tienen más difícil; alguien que opera un almacén, un foodtruck o similar, salvo que apliquen una cuarentena total y absoluta no le va a faltar cliente y algo podrán vender... los que están con un restaurante, locatarios de mall o centros comerciales en espacios cerrados donde puede haber cúmulos de gente mayores van a sufrir demasiado este período.

Esperemos que la curva de contagio vaya ralentizando y comience a decaer en un futuro próximo, y no debamos esperar a septiembre como dicen algunos (saliendo de invierno)

Desconectado AlfredoVregion

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Re:Reducción Temporal de sueldos
« Respuesta #23 en: Marzo 22, 2020, 12:26:43 pm »
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Respecto del tema creado, estoy oficialmente en cuarentena preventiva y ya no vuelvo al colegio al menos hasta fin de mes. Veremos que pasa.

Eso es lo que no está ocurriendo. Tal como dices, en el intertanto los negocios de barrio sacan algún provecho...eso mientras no se decrete un cierre total.
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Desconectado Ex Jack 2010

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Re:Reducción Temporal de sueldos
« Respuesta #24 en: Marzo 22, 2020, 15:27:25 pm »
 :seriously:

Como puede pagar sueldos un negocio cerrado 3 semanas?

Pagar la cuarta parte del sueldo,sin flujos es imposible

Desconectado negrogiro

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Re:Reducción Temporal de sueldos
« Respuesta #25 en: Marzo 23, 2020, 10:12:51 am »
A mi lo que me tiene en duda es que pasa en el evento que se haya pactado la reducción de sueldo por ejemplo en un 50 % y luego la empresa decide el despido, por necesidades de la empresa, ¿la indemnización se calcula en base a este sueldo rebajado? o se debe respetar el sueldo original?. porque si el empleador calcula en base a la reducción se prestaría para que muchas empresas aprovechen de despedir a personal de alto costo pagando solo la mitad de la indemnización.

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Re:Reducción Temporal de sueldos
« Respuesta #26 en: Marzo 24, 2020, 08:07:58 am »
También hay otra cuestión y que nadie a respondido, ¿que pasa en el caso de las licencias médicas? ¿también se calcularán con el sueldo rebajado llegado el caso?

Desconectado negrogiro

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Re:Reducción Temporal de sueldos
« Respuesta #27 en: Marzo 24, 2020, 09:00:41 am »
Lógicamente sí, porque estarás cotizando por menos sueldo. La licencia toma como base el promedio de los últimos 3 o 6 meses (no recuerdo exactamente).
Claro, también lo pienso así, pero esto me lleva a pensar que utilizando este mismo argumento se abre la puerta para que las indemnizaciones también se calculen en base al sueldo rebajado.

Desconectado GABRIEL

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Re:Reducción Temporal de sueldos
« Respuesta #28 en: Marzo 24, 2020, 09:07:51 am »
Claro, también lo pienso así, pero esto me lleva a pensar que utilizando este mismo argumento se abre la puerta para que las indemnizaciones también se calculen en base al sueldo rebajado.
Eso va en el anexo


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Desconectado KekoCh

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Re:Reducción Temporal de sueldos
« Respuesta #29 en: Abril 01, 2020, 14:42:59 pm »
Se da que hacen conciencia prácticamente "a la fuerza". Si el arrendatario actual no puede pagar el valor del arriendo, es mejor que el arrendador lo baje por este tiempo en un porcentaje, ya que es muy probablable que quien se lo arrienda no encuentre otra vía más que la de dejar la propiedad, y esto no es conveniente para ninguna de las dos partes, porque una se queda sin percibir la plata y la otra sin poder ocupar la propiedad para generar las ganancias de su negocio. Por lo tanto, es mejor que ambos mantengan el beneficio: "Yo te bajo el arriendo por 'X' tiempo y tú te quedas". Aparte que si el arrendatario se va, quién va a querer arrendar la propiedad en la situación actual y por ese valor?

Así es como estamos operando con mi señora con los arrendatarios que tenemos. Quien tenga dificultades le bajamos el arriendo al 50% por dos a tres meses y de ahí vamos evaluando.

Prefiero mil veces mantener al arrendatario...que ha sido fiel y se ha portado bien...que tener departamentos vacíos y que podrían pasar meses antes de volver a arrendarlo.

Cuando pase todo esto...volvemos al valor original y el depto sigue arrendado. :thumbsup:

El que nunca ha pasado de 120 km/hr en carretera que lance la primera piedra...

Desconectado pipe_5

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Re:Reducción Temporal de sueldos
« Respuesta #30 en: Abril 01, 2020, 14:46:08 pm »
Uf, hoy me llegó un anexo de contrato al correo, me asusté pero era por el teletrabajo, pasamos a art 22 mientras trabajemos desde las casas pero todas las demás condiciones se mantienen intactas.


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Desconectado pipe_5

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Re:Reducción Temporal de sueldos
« Respuesta #31 en: Abril 01, 2020, 15:18:52 pm »
Y viene con fecha de marzo jaja.

Es que la ley de teletrabajo que aprobó el congreso necesita un tiempo para ser masticada. Como inicia su vigencia hoy, es necesario firmar anexos de contrato con fechas anteriores.


Respecto al tema en sí, les comento que la ley que aprobó ayer el congreso se aplica a los que no han podido trabajar y no han recibido sueldos por la contingencia del COVID. Sus empleadores tienen que pagar el 50% de sus cotizaciones previsionales y el AFC les va a permitir recibir un poco de plata (es con efecto retroactivo del 18 de marzo en adelante).

La ley es un bodrio. Lo peor regulado que he visto en años en muchos sentidos. Espero que la Dirección del Trabajo se tire un dictamen que aclare varios puntos que deja esta ley.

Exacto, el anexo es con fecha de inicio 18 de marzo y termino el 10 de Abril, prorrogable


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