Autor Tema: duda accidente de arrendatario.  (Leído 4444 veces)

Desconectado michel_81

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duda accidente de arrendatario.
« en: Febrero 01, 2018, 11:23:50 am »
Hola, favor necesito orientación de los expertos con una duda, tengo una casa dividida en 4 departamentos y la arriendo a 4 personas distintas, el tema es que una de las personas dentro de su pieza sufrió un golpe al caerse y se quebró la pierna, cuento corto está en el hospital y al entregar su licencia médica al empleador le dijeron que no se la podían recibir porque no era accidente de trabajo, obviamente no es accidente de trabajo pero de igual forma deben presentar su licencia, y lo más curioso es que le dijeron que debe demandar al dueño de la casa (es decir yo) ya que soy el responsable de pagarle la licencia porque el accidente fue en mi casa, según yo no tiene pies ni cabeza eso, tengo otros departamentos(No casa) arrendados por años y sin problemas nunca. Favor si alguien que sepa realmente del tema me pueda explicar.

Agrego que la casa esté en perfecto estado, y ni siquiera hay algún peldaño donde él se golpeó.  Como siempre gracias por su orientación.

Desconectado jzamoras

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #1 en: Febrero 01, 2018, 11:36:37 am »
me dedico a la renta y en mi vida habia escuchado algo así

Desconectado Bomberman

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #2 en: Febrero 01, 2018, 11:40:00 am »
tengo una casa dividida en 4 departamentos

Me quedo con esa parte.


Me imagino que tienes regulado (Ante la dirección de obras) y funciona todo legalmente en tu domicilio para que este pueda ser usado como Pensión?, me refiero a Patentes comerciales, Resolución Sanitaria (Si corresponde), SII, etc etc?

Porque de lo contrario, si el viejo te demanda....Ay!Ay!Ay! la que se te viene.

Si tienes TODO en regla, no tiene ni pies ni cabeza la demanda.

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Desconectado michel_81

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #3 en: Febrero 01, 2018, 11:40:39 am »
me dedico a la renta y en mi vida habia escuchado algo así

yo no se mucho pero tampoco había escuchado algo así, creo que solo se quiere pasar de listo, gracias por tu respuesta.

Desconectado Mr.Piston

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #4 en: Febrero 01, 2018, 11:41:53 am »
La verdad es que es una ridiculez de antología.

La respuesta hay que tomarla de quién se la dio. Fue un abogado? no.

El tipo quiso hacerlo pasar por accidente laboral para no perder nada y en el servicio médico le dieron un consejo de alguien que no sabe nada.

En mi caso, a un trabajador que se trataba su leucemia en hospital público, le dijeron que yo tenía que darle días administrativos (en vez de él pedir licencia) por el tiempo en que recibía tratamiento. A lo que voy es que te pueden dar cualquier consejo... pero hay que tomarlos de quien vengan.

Desconectado michel_81

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #5 en: Febrero 01, 2018, 11:42:37 am »
Me quedo con esa parte.


Me imagino que tienes regulado (Ante la dirección de obras) y funciona todo legalmente en tu domicilio para que este pueda ser usado como Pensión?, me refiero a Patentes comerciales, Resolución Sanitaria (Si corresponde), SII, etc etc?

Porque de lo contrario, si el viejo te demanda....Ay!Ay!Ay! la que se te viene.

Si tienes TODO en regla, no tiene ni pies ni cabeza la demanda.

No, todo así no mas sin patentes respectivas ni lo que me comentas :-(

Desconectado Mr.Piston

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #6 en: Febrero 01, 2018, 11:44:28 am »
Me quedo con esa parte.


Me imagino que tienes regulado (Ante la dirección de obras) y funciona todo legalmente en tu domicilio para que este pueda ser usado como Pensión?, me refiero a Patentes comerciales, Resolución Sanitaria (Si corresponde), SII, etc etc?

Porque de lo contrario, si el viejo te demanda....Ay!Ay!Ay! la que se te viene.

Si tienes TODO en regla, no tiene ni pies ni cabeza la demanda.

Lo que indicas se aplica al rubro de hospedaje. La ley de arriendos dice algo al respecto?

Desconectado michel_81

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #7 en: Febrero 01, 2018, 11:44:54 am »
La verdad es que es una ridiculez de antología.

La respuesta hay que tomarla de quién se la dio. Fue un abogado? no.

El tipo quiso hacerlo pasar por accidente laboral para no perder nada y en el servicio médico le dieron un consejo de alguien que no sabe nada.

En mi caso, a un trabajador que se trataba su leucemia en hospital público, le dijeron que yo tenía que darle días administrativos (en vez de él pedir licencia) por el tiempo en que recibía tratamiento. A lo que voy es que te pueden dar cualquier consejo... pero hay que tomarlos de quien vengan.


se lo dijo el empleador, y no le recibió la licencia médica.

Desconectado Bomberman

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #8 en: Febrero 01, 2018, 11:49:47 am »
No, todo así no mas sin patentes respectivas ni lo que me comentas :-(

Viejo, ojo.

distinto es cuando tu arriendas tu propiedad a un tercero para que viva ahi, basta con un contrato y chao.

Pero cuando tienes divisiones en tu propiedad, donde claramente esta orientado a otorgar alojamiento, la figura es otra.
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Desconectado Rodrigo

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #9 en: Febrero 01, 2018, 11:53:02 am »

 al entregar su licencia médica al empleador le dijeron que no se la podían recibir porque no era accidente de trabajo, obviamente no es accidente de trabajo pero de igual forma deben presentar su licencia,


me huele a que quiso hacer pasar el tema por accidente del trayecto para gozar de todos los beneficios, cirugias, especialistas, etc de los seguros laborales, siendo un accidente en el hogar, por eso no se la recibieron, debiera presentar una licencia por enfermedad comun, nada mas.

lo de la demanda...., me declaro incompetente.

Desconectado Bomberman

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #10 en: Febrero 01, 2018, 11:53:19 am »
Lo que indicas se aplica al rubro de hospedaje. La ley de arriendos dice algo al respecto?

Corta, si tiene ampliaciones o modificaciones a la estructura original de la propiedad (Que es lo mas probable, puesto que dijo que tiene 4 DEPTOS en su propiedad), y estas no fueron regularizadas a través de la dirección de obras, la va a ver peluda. Si el viejo es zorro y se asesora de un abogado MAS ZORRO aun, cooperaste.
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Desconectado nailuj

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #11 en: Febrero 01, 2018, 11:54:19 am »
No, todo así no mas sin patentes respectivas ni lo que me comentas :-(
De acuerdo al SII, tu solo puedes tener 1 arriendo sin pagar impuestos... en tu caso tienes 4, Si no tienes distintos Roles en la subdivisión  de 4, significa que arriendas piezas, así que das hospedaje (tipo hostal, o pensión).
En el mejor de los casos, tendrás que pagar la multa por la evasión del no pago del IVA al SII, y la multa por no declarar estos ingresos.

Desconectado michel_81

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #12 en: Febrero 01, 2018, 11:55:52 am »
gracias por las repuestas, por lo que entiendo no hay por donde deba pagarle alguna licencia, es una estupidez, pero por no tener regularizado me podría llegar igual. Gracias.

Desconectado Bomberman

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #13 en: Febrero 01, 2018, 12:00:14 pm »
De acuerdo al SII, tu solo puedes tener 1 arriendo sin pagar impuestos... en tu caso tienes 4, Si no tienes distintos Roles en la subdivisión  de 4, significa que arriendas piezas, así que das hospedaje (tipo hostal, o pensión).
En el mejor de los casos, tendrás que pagar la multa por la evasión del no pago del IVA al SII, y la multa por no declarar estos ingresos.

Y no solo eso, la dirección de obras INCLUSO puede solicitar la demolición de lo construido y que no se encuentra regularizado.

Ahora, habitualmente se llegan a acuerdos, donde te dicen "Ya, regulariza este cuento y no te lo demuelo", pero ahi tienes que entrar a contratar un arquitecto y todo el show.
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Desconectado Mr.Piston

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #14 en: Febrero 01, 2018, 14:08:55 pm »
Conclusión, el tipo se quiso pasar de listo; ojalá no vea el foro y sepa que puede demandar igual, quizá no para ganar algo... pero sí para cagar a alguien.  :poker:

Desconectado Bozon

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #15 en: Febrero 02, 2018, 08:32:40 am »
El empleador no puede negarse a recibir una licencia médica.

Si es por accidente del trabajo, la licencia la debe emitir la mutual del empleador. Si es por otra causa, cualquier médico puede hacerlo.

Pero en ninguno de los dos casos el empleador puede negarse a recibir una licencia. Por el perfil de tus arrendatarios es probable que el empleador no esté en regla en contratos/imposiciones o no tenga mutual y por ese motivo se niega a recibir licencia ya que no puede presentarla.

Desconectado Mr.Piston

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #16 en: Febrero 02, 2018, 08:41:42 am »
El empleador no puede negarse a recibir una licencia médica.

Si es por accidente del trabajo, la licencia la debe emitir la mutual del empleador. Si es por otra causa, cualquier médico puede hacerlo.

Pero en ninguno de los dos casos el empleador puede negarse a recibir una licencia. Por el perfil de tus arrendatarios es probable que el empleador no esté en regla en contratos/imposiciones o no tenga mutual y por ese motivo se niega a recibir licencia ya que no puede presentarla.

En ése caso no está pagando imposiciones, porque aunque no tengas mutualidad privada, estás cubierto por el IPS.


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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #17 en: Febrero 02, 2018, 08:54:20 am »
El empleador no puede negarse a recibir una licencia médica.

Si es por accidente del trabajo, la licencia la debe emitir la mutual del empleador. Si es por otra causa, cualquier médico puede hacerlo.

Pero en ninguno de los dos casos el empleador puede negarse a recibir una licencia. Por el perfil de tus arrendatarios es probable que el empleador no esté en regla en contratos/imposiciones o no tenga mutual y por ese motivo se niega a recibir licencia ya que no puede presentarla.

El empleador puede negarse a recibir la licencia, que sea legal o no, es otra cosa.
Si el empleador se niega, se deja en la Compin.

Cómo conoces el perfil de los arrendatarios?

No logro entender como un empleador pudiera NO TENER MUTUAL si existe el  ISL (no IPS como pusieron)
Si no estuviera pagando las cotizaciones, pero le son descontadas al trabajador, la licencia se paga igual y la institucion previsional se entiende con el empleador.

Desconectado Bozon

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #18 en: Febrero 03, 2018, 08:52:58 am »
El empleador puede negarse a recibir la licencia, que sea legal o no, es otra cosa.
Si el empleador se niega, se deja en la Compin.

Cómo conoces el perfil de los arrendatarios?

No logro entender como un empleador pudiera NO TENER MUTUAL si existe el  ISL (no IPS como pusieron)
Si no estuviera pagando las cotizaciones, pero le son descontadas al trabajador, la licencia se paga igual y la institucion previsional se entiende con el empleador.

 Si, de acuerdo. Pero mi punto es que por el relato parece no haber legalidad en la relación laboral dado que el empleador se niega a recibir la licencia y el hecho que los arrendatarios comparten una propiedad muestra que es gente de bajo nivel socioeconómico, que es más susceptible de ser vulnerada en sus derechos por desconocimiento o por necesidad, de lo que se aprovechan los inescrupulosos para tenerlos en la precariedad.

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Re:duda accidente de arrendatario.
« Respuesta #19 en: Febrero 03, 2018, 10:46:20 am »
El empleador no puede negarse a recibir una licencia médica.

Si es por accidente del trabajo, la licencia la debe emitir la mutual del empleador. Si es por otra causa, cualquier médico puede hacerlo.

Pero en ninguno de los dos casos el empleador puede negarse a recibir una licencia. Por el perfil de tus arrendatarios es probable que el empleador no esté en regla en contratos/imposiciones o no tenga mutual y por ese motivo se niega a recibir licencia ya que no puede presentarla.

Así es, la licencia médica es independiente de cómo y donde ocurrió el accidente, otra cosa es accidentes de laborales y de trayecto, donde la isapre mira el techo y aplica la mutual/ACHS

Pero no hay forma de que el empleador rechace una licencia, se debe limitar a recibirla y punto

Respecto a la demanda, no tiene ni pies ni cabeza


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