Autor Tema: Modificacion ley transito/Siniestros  (Leído 31352 veces)

Desconectado Schumarce

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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #20 en: Julio 20, 2016, 22:54:50 pm »
Es un paso de mas. Cuando no se requiere denuncia o parte y aun asi quieren una constancia, no digan que es para efcetos del seguro, carabineros no puede negarse.
¿Has hecho la prueba en una unidad policial? Carabineros se está negando  :thumbsup:

Saludos.
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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #21 en: Julio 20, 2016, 23:08:48 pm »
Es un paso de mas. Cuando no se requiere denuncia o parte y aun asi quieren una constancia, no digan que es para efcetos del seguro, carabineros no puede negarse.

a un compañero de pega, ayer no lo dejaron poner la denuncia.. que para que y bla bla bla, incluso le mostró una hoja con la ley que indica que es obligación dejar constancia, pero tampoco se quiso poner pesado con el cop

Va a tocar llegar y sin preguntar, pedir hacer una denuncia no mas "aqui te las traigo Peter"
« Última modificación: Julio 20, 2016, 23:11:05 pm por DON QUELO »
Hemos pronunciado no sé cuántos millones de veces la palabra "libertad", pero no sabemos lo que es, porque no la hemos vivido, y la estamos interpretando como permisividad.

José Saramago

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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #22 en: Julio 21, 2016, 15:20:41 pm »
¿Has hecho la prueba en una unidad policial? Carabineros se está negando  :thumbsup:

Saludos.

La verdad no me he acercado a hacer la prueba, dado que no he tenido oportunidad, sin embargo converse con algunos carabineros amigos quienes me explicaron que no pueden tomar solo para efectos del seguro.

En la práctica no se elimina la obligación de dejar constancia que indica la ley 18.290 , por ende si tú quieres dejar una constancia por cualquier otro motivo distinto del seguro, ellos deben tomarla. Ahora bien, acá todo es a criterio del cops... lamentablemente en muchas oportunidades entregan información que ellos piensan es real y en realidad lo único que están haciendo es perjudicar a los asegurados.

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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #23 en: Julio 21, 2016, 15:29:11 pm »


En la práctica no se elimina la obligación de dejar constancia que indica la ley 18.290 , por ende si tú quieres dejar una constancia por cualquier otro motivo distinto del seguro, ellos deben tomarla. Ahora bien, acá todo es a criterio del cops... lamentablemente en muchas oportunidades entregan información que ellos piensan es real y en realidad lo único que están haciendo es perjudicar a los asegurados.

Con fecha 5 de Julio de 2016, se aprobó un proyecto de ley conocido como “agenda corta anti delincuencia” que incorporó una modificación a la Ley de Tránsito (Ley 18.290) en su artículo 168 que quedó como sigue:
“Artículo 168.- En todo accidente de tránsito en que se produzcan daños, el o los participantes estarán obligados a dar cuenta de inmediato a la autoridad policial más próxima.
Se presumirá la culpabilidad del o de los que no lo hicieren y abandonaren el lugar del accidente.
Asimismo, se presumirá la responsabilidad del conductor que no cumpla con lo establecido en el artículo 176 y abandonare el lugar del accidente.



a uds que instruccion les han dado al respecto de lo que indica Chilena Consolidada?:

Tenga en consideración que la falta de aviso oportuno ante la autoridad correspondiente perjudica tanto sus derechos de recupero (deducibles y otros)
como los de la Compañía para perseguir la responsabilidad de cualquier tercero. Asimismo, la Compañía podrá descontar de la indemnización todos los perjuicios que se produzcan a causa de este incumplimiento (Código de Comercio, artículo 534 inciso 3°).
Hemos pronunciado no sé cuántos millones de veces la palabra "libertad", pero no sabemos lo que es, porque no la hemos vivido, y la estamos interpretando como permisividad.

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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #24 en: Julio 21, 2016, 18:12:21 pm »
En el diario oficial, dice lo siguiente en relación al artículo 168, de la ley de tránsito.

"Agregase el siguiente inciso cuarto en el art 168 de la ley 18.290, de transito....
..... En todo caso, para hacer EFECTOS LOS SEGUROS a terceros o propios, el interesado deberá informar el siniestro mediante declaración jurada simple presentada ante la respectiva compañía aseguradora, y no se requerirá de otros actos o documentos expedidos por la autoridad policial, tales como constancias o denuncias"

"Dada la modificación de la ley, Chilena Consolidada incluirá en todos los denuncios de siniestros de vehículos motorizados, una "Declaración Jurada de Aviso de Siniestro" que deberá ser completada de puño y letra tanto por el asegurado como por el conductor, en caso que se trate de ser personas distintas. Este documento le será enviado a nuestros asegurados por correo electrónico junto con la confirmación de recepción de su siniestro, y deberá ser entregada al liquidador, y/o dejarla en el interior del vehículo en el ingreso a taller."

OJO SOLO EN CASO DE DAÑOS, PARA EFECTOS DEL SEGURO.

Vuelvo al tema, en definitiva para presentar un siniestro de daños posterior al 5 de julio no se solicitara constancia policial, sin embargo la ley es clara en decir que solo para efectos del seguro.

Este cambio en la ley no establece que ya no se debe notificar a carabineros la ocurrencia de un hecho, pero en la práctica si solo es para denunciar un siniestro, carabineros no va a pescar en lo absoluto.



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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #25 en: Julio 21, 2016, 18:15:03 pm »
La instrucción de la compañía es que no te preguntan datos policiales, excepto cuando hay un parte (lesiones y/o procedimiento de alcoholemia) o denuncia por robo parcial  o total.

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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #26 en: Julio 21, 2016, 18:26:45 pm »
Claro, si el tema es que la Ley (pa variar) es mala, porque:

- no descongestiona a Carabineros... cuantas constancias diarias por comisaria hay? cuanto tiempo efectivo les quitaba AL cop que estaba en el escritorio?
- no todo el mundo tiene seguro
- si solo una de las partes no tiene seguro y quiere demandar al otro que si tiene seguro tiene el 99% de ganar porque el que tiene seguro lo mas probable es que no realizará la denuncia/const.   -dado que los cops estan mal informados (para variar  también) y no dejan hacer ninguna constancia ni denuncia por choque (un compañero lo intentó y los cop no quisieron hacerla)

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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #27 en: Julio 21, 2016, 19:06:09 pm »
Ahí el problema... primero partiendo porque los carabineros mandan a la gente a la notaria a dejar la declaración.

He escuchado cada consejo que da carabineros no solo en este tipo de cosas, sino peores y después la gente reclama porque le rechazaron el siniestro.

La ultima cosa que sugirió a un cliente carabineros al chocar una casa y pagarle en el instante a la señora, es que fuera a otra comisaria y dijera que había atropellado un animal en la ruta. Así no tendría problemas con su seguro y se evitaban citaciones, afortunadamente el cliente nos preguntó y se dio asesoría, pero por no tomar procedimientos a veces dicen 1500 escusas.
 

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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #28 en: Agosto 18, 2016, 16:36:19 pm »
Vi esta entrevista hoy en la matina y dicen que en caso de daños habria que dejar constancia ante los pacopz  :seriously: :seriously: :seriously: osea igual habria que hacer denuncia para que en parte se verifique como testigos de fe ante la autoridad los daño :seriously: :seriously: :seriously:

http://www.chilevision.cl/noticias/chvnoticias/nacional/chilevision-te-ayuda/conoce-los-cambios-en-la-ley-para-cobrar-seguro-automotriz/2016-08-17/071413.html
Como siempre las leyes las hacen como las reverendas :truestory: :truestory:

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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #29 en: Agosto 19, 2016, 21:11:17 pm »
A mí RSA no me ha mandado ni un  mísero mensaje  :-[  :??


Desconectado Tenorex

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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #30 en: Agosto 30, 2016, 11:41:42 am »
A mi me llegó esto de BCI Seguros:

"En virtud de la dictación de la ley N° 20.931 que modificó la Ley del Tránsito, informamos a nuestros clientes lo siguiente:

De acuerdo al nuevo inciso agregado al artículo N° 168 de la Ley de Tránsito, en caso de accidentes sólo con consecuencia de daños -ya sea propios o a terceros- a contar del 05/07/2016 no se requiere dejar CONSTANCIA en Carabineros para efectos del seguro, bastando informar del siniestro a su compañía de seguro mediante una DECLARACIÓN JURADA SIMPLE.

Si con motivo del accidente resultaren lesionados, se mantiene la obligación legal de hacer la DENUNCIA INMEDIATA del accidente/hechos en la Comisaría de Carabineros más cercana.

En los casos de siniestros de robo total o parcial del vehículo asegurado, o cualquier otro que pueda constituir un delito, subsiste también la obligación de hacer la DENUNCIA INMEDIATA del hecho en la Comisaría de Carabineros más cercana.

Dado que cada Compañía Aseguradora ha adoptado sus propios criterios y elaborado sus propios formularios de Declaración Jurada Simple para efectos de recibir las denuncias de sus siniestros, usted deberá verificar en estos casos lo exigido por la aseguradora respectiva.

En relación con las declaraciones que formule, le recordamos que de acuerdo a la ley el hecho de proporcionar información sustancialmente falsa al asegurador faculta a éste para pedir la resolución del contrato (art. 539 del Código de Comercio) y podría importar el no pago de la indemnización reclamada.

Le recordamos asimismo que, presentar un siniestro ante el asegurador como ocurrido por causas o en circunstancias distintas a las verdaderas, son conductas que podrían constituir delito (art. 470 N° 10 del Código Penal).

Finalmente, en caso que lo considere conveniente o necesario para sus intereses, a Usted siempre le asistirá el derecho de DENUNCIAR ante Carabineros cualquier hecho que pueda constituir infracción a las normas de la ley de Tránsito."

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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #31 en: Noviembre 07, 2016, 08:11:03 am »
DUDA: Me acaban de chocar por alcance, fue solo un topon pero igual se descuadró un poco el parachoques.
El vehículo que me chocó tiene seguro e iba a hacer la denuncia para reparar los daños.
La duda: ¿Debo hacer denuncia en mi aseguradora?, ¿Qué pasos debo seguir?  :hi:
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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #32 en: Noviembre 07, 2016, 10:33:26 am »
DUDA: Me acaban de chocar por alcance, fue solo un topon pero igual se descuadró un poco el parachoques.
El vehículo que me chocó tiene seguro e iba a hacer la denuncia para reparar los daños.
La duda: ¿Debo hacer denuncia en mi aseguradora?, ¿Qué pasos debo seguir?  :hi:

si el daño es poco, y el otro seguro te va a responder.. solo debes contactar a la otra persona para que te diga donde llamar, capaz que hasta te pidan 3 cotizaciones y te indemnicen por el 75% de la cotizacion mas barata

Ahora si no estas tan seguro del daño... usaría TU seguro, en ese caso llama a la aseguradora en cuanto puedas para que te manden la declaración que debes presentar con ellos y te indiquen los pasos a seguir

Saludos
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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #33 en: Noviembre 07, 2016, 10:45:29 am »
si el daño es poco, y el otro seguro te va a responder.. solo debes contactar a la otra persona para que te diga donde llamar, capaz que hasta te pidan 3 cotizaciones y te indemnicen por el 75% de la cotizacion mas barata

Ahora si no estas tan seguro del daño... usaría TU seguro, en ese caso llama a la aseguradora en cuanto puedas para que te manden la declaración que debes presentar con ellos y te indiquen los pasos a seguir

Saludos

El "amigo" que me chocó me avisó que hizo la denuncia en su aseguradora (Chilena Consolidada), me dio el nro de siniestro y me dijo que el liquidador se contactará conmigo. El daño es súper poco, pero se dañó.
Ahora, si echo a correr mi seguro, deberé pagar el deducible (10UF)   :ouch2:

Gracias!
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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #34 en: Noviembre 15, 2016, 12:16:29 pm »
Primero, llama tu a Chilena con el número de siniestro y pide que te informen el proceso de liquidación del afectado, ya que la generalidad es que nunca llame el liquidador al tercero afectado.

La compañía te mandara a tomar ppto y te ofrecerá máximo 75% del costo compañía de la reparación.

Como sugerencia, siempre es mejor aunque sea de forma preventiva declarar el siniestro en tu compañía, en la eventualidad que te paguen una miseria al menor podrás activar tu siniestro si lo deseas.

A modo de consulta, tienes contratado deducible inteligente?


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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #35 en: Febrero 06, 2017, 09:17:08 am »
ERROR CONCEPTUAL BASE:
DICE:"para que esta a posterior sea investigada por la entidad jurídica que aplique (Juzgados, Fiscalías, etc.).”
DEBE DECIR: para que esta a posterior sea investigada por las Fiscalías, o MINISTERIO PÚBLICO.

Desde que empezó la reforma a la Justicia en el año 2000, LOS JUZGADOS NO INVESTIGAN, NI AVERIGUAN, NI ACUSAN, SOLO JUZGAN.
NO INVESTIGA casos tampoco el gobierno, solo las FISCALÍAS, quienes mandan a las policías a investigar...

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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #36 en: Febrero 09, 2017, 08:08:26 am »
Primero, llama tu a Chilena con el número de siniestro y pide que te informen el proceso de liquidación del afectado, ya que la generalidad es que nunca llame el liquidador al tercero afectado.

La compañía te mandara a tomar ppto y te ofrecerá máximo 75% del costo compañía de la reparación.

Como sugerencia, siempre es mejor aunque sea de forma preventiva declarar el siniestro en tu compañía, en la eventualidad que te paguen una miseria al menor podrás activar tu siniestro si lo deseas.

A modo de consulta, tienes contratado deducible inteligente?

Sólo para cerrar mi pregunta: Finalmente, después de dos meses de andar "persiguiendo" al liquidador, logré que repararán mi vehículo. Me cubrieron el 100% de los daños ($120.950) y la reparación en sí, tardó 5 días.

Gracias por los consejos  :thumbsup:
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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #37 en: Marzo 07, 2017, 17:28:59 pm »
Estimados,
     después de pasados algunos meses estará más claro el tema. Qué pasa en el caso de denunciar a un tercero que te chocó si no tengo seguro? supongo los cops me dejarán hacer la denuncia no veo que haya otra manera...

    ...el domingo mientras estaba detenido en la fila pa salir de un mal un despistado pasó por al lado y me rompió el corner trasero...

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Re:Modificacion ley transito/Siniestros
« Respuesta #38 en: Abril 24, 2017, 06:49:25 am »
Estimados,

  Tengo una duda y no quise abrir otro tema sino que preferí ponerlo acá. En caso de siniestro, el seguro está a mi nombre pero otra persona estaba manejando cuando ocurrió (yo no estaba). ¿Para hacer la declaración debo decir que fui yo para no tener problemas? O no hay problema en que sea un tercero?

 Él siniestro es menor, no hay daños a otros vehículos ni nada.

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