Autor Tema: Parte por exceso de velocidad  (Leído 11943 veces)

Desconectado don_efe

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Re:Parte por exceso de velocidad
« Respuesta #20 en: Noviembre 29, 2016, 17:14:23 pm »
???, que onda... estoy consultando algo referenciando todo con respecto a lo que dice la ley, es obvio que tengo que ir donde el juez y hablar con él y depende de esa cita mi sanción. Estoy en un foro donde claramente dice "legal"... si no sabes no opines mejor, si infringí alguna norma del foro que me digan pero no entiendo tu comentario sin aportar nada a mi duda...Y si estoy preguntando es pq soy novato en esto de los partes, me he informado gracias a este foro, pero esas dudas no la dejaban muy clara, si la respuesta es vaya y digale todo eso al juez, entonces este subforo no tendría sentido

es que dele con tratar de encontrar una ley que le sirva, aca en el foro legal lo qyue menos hay son abogados, todo es por experiencias propias, si todos lo han dicho que no le sirve de nada y tiene que ir humilde a llorar,le al juez es lo que hay que hacer, es uno de esos momentos en la vida (junto con el examen a la prostata me han contado) mas humillantes del ser humano


que chaquetero con el forero que viene recién llegando

pa que tan mala onda?

 :seriously:

chaquetero? definalo plis pues no me calza con lo que respondi   :seriously:

Tranqui amigo, en todas partes hay gente mala onda.

cual mala onda? dije acaso "por algo te paso asume callao"? o algo similar? porque ese nivel de respuestas si lo he visto en el foro
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Desconectado kemp

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Re:Parte por exceso de velocidad
« Respuesta #21 en: Diciembre 02, 2016, 14:56:54 pm »
Estimado, los artículos mencionados son aplicables a criterio del juez, o sea, no están obligados.
Si te toca un juez muy benevolente, a lo mas pagarás nada y cero día de suspensión, pero la anotación a la hoja de conductor no te la podrás sacar, ya que es una falta  gravísima.
En tu caso, llevaría hoja de conductor y certificado de alumno regular. Le indicaría al juez que reconoces absolutamente la falta, que es tu primera infracción en 7 años con licencia de conducir, y eres estudiante, por lo tanto, tu capacidad económica actualmente no es buena, en consecuencia y en vista de los antecedentes, habría alguna posibilidad de dejar sin efecto la infracción o en su defecto rebajarla.
No tienes nada mas que decir, y no es necesario presentar un escrito amparándose en la ley de procedimiento.

Los artículos que citas en mensajes anteriores están correctos, son aplicables plenamente, pero generalmente mientras más grave es la sanción, los jueces menos lo aplican.
« Última modificación: Diciembre 02, 2016, 15:01:03 pm por kemp »

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