Autor Tema: Plazos para pagar finiquito de trabajo  (Leído 45062 veces)

Desconectado jacqueline

  • Novato
  • *
  • Mensajes: 1
Plazos para pagar finiquito de trabajo
« en: Febrero 18, 2011, 12:22:20 pm »
Una consulta, a ver si me pueden ayudar...
Renuncié de forma Voluntaria el 04 de enero 2011, en la empresa que trabajaba ingresé el 24 de mayo 2010, pero por diferentes motivos renuncié en la fecha indicada...
Han pasado casi 2 meses y de mi finiquito ni luces, a pesar de que he enviado mails mi ex jefe, y que ni si quiera se ha molestado en contestarmelos, y lo llamo y me dice que "hay que esperar a que termine el proceso de cierre del mes".

Mi pregunta es , ¿la ley chilena exije a los empleadores de este país un plazo máximo para finiquitar a los trabajadores?
 :chan:

Desconectado DON QUELO

  • Moderador
  • Experto
  • *****
  • Mensajes: un montón
  • Que Hubo?
Re:Plazos para pagar finiquito de trabajo
« Respuesta #1 en: Febrero 18, 2011, 12:47:35 pm »
tienes que ir a la inspeccion del trabajo, tengo entendido que el finiquito te lo pueden pagar de a $1 mensual si quisieran, peeeeeeero debe realizarse el papeleo y fin de tu contrato.

si aun no estas cotizando en afp en tu nuevo trabajo puedes cobrar el seguro de cesantía

Por cierto...
Bienvenida!
« Última modificación: Febrero 18, 2011, 12:50:07 pm por DON QUELO »
Hemos pronunciado no sé cuántos millones de veces la palabra "libertad", pero no sabemos lo que es, porque no la hemos vivido, y la estamos interpretando como permisividad.

José Saramago

Desconectado JOYO

  • Experto
  • *****
  • Mensajes: 3853
Re:Plazos para pagar finiquito de trabajo
« Respuesta #2 en: Febrero 18, 2011, 13:27:43 pm »
tengo entendido que el finiquito te lo pueden pagar de a $1 mensual si quisieran, peeeeeeero debe realizarse el papeleo y fin de tu contrato.


OItro mito mas   que se enseña en normativa laboral cuando te enseñan en la emporesa

tu puedes exigir el pago de todo el finiquito de una
Apoya la causa mapuche??  bueno, sea consecuente, averigue que comunidad mapuche vivia en el sector donde esta su casa, ubique a su lider y haga una donacion irrevocable de sus propiedades

Desconectado DON QUELO

  • Moderador
  • Experto
  • *****
  • Mensajes: un montón
  • Que Hubo?
Re:Plazos para pagar finiquito de trabajo
« Respuesta #3 en: Febrero 18, 2011, 13:35:12 pm »
OItro mito mas   que se enseña en normativa laboral cuando te enseñan en la emporesa

tu puedes exigir el pago de todo el finiquito de una


ah perfect! Andres, y eso que te lo pueden pagar en especies de la empresa?  es mito tb?
Hemos pronunciado no sé cuántos millones de veces la palabra "libertad", pero no sabemos lo que es, porque no la hemos vivido, y la estamos interpretando como permisividad.

José Saramago

Desconectado JOYO

  • Experto
  • *****
  • Mensajes: 3853
Re:Plazos para pagar finiquito de trabajo
« Respuesta #4 en: Febrero 18, 2011, 13:38:38 pm »
ah perfect! Andres, y eso que te lo pueden pagar en especies de la empresa?  es mito tb?

O sea

la empresa puede  ofrecerte pagartelo en especies,  en cuotas, etc,  pero tu como trabajador  (mejor dicho ex trabajador)  no estas obligado a aceptar aquello, y puedes exigir el pago  completo de una  y  es mas,  puedes exigirlo en efectivo



Apoya la causa mapuche??  bueno, sea consecuente, averigue que comunidad mapuche vivia en el sector donde esta su casa, ubique a su lider y haga una donacion irrevocable de sus propiedades

Desconectado ROMMEL

  • Moderador
  • Experto
  • *****
  • Mensajes: 10684
  • Zorro del Desierto
Re:Plazos para pagar finiquito de trabajo
« Respuesta #5 en: Febrero 18, 2011, 14:11:52 pm »
O sea

la empresa puede  ofrecerte pagartelo en especies,  en cuotas, etc,  pero tu como trabajador  (mejor dicho ex trabajador)  no estas obligado a aceptar aquello, y puedes exigir el pago  completo de una  y  es mas,  puedes exigirlo en efectivo





El finiquito tiene un máximo de 30 días a partir de la fecha en que se haya efectuado la renuncia voluntaria formal, con copia a la Inspección del Trabajo o algún otro ministro de fé. La misma fecha se aplica para el despido.

Para cobrar seguro de cesantía en caso de renuncia voluntaria, debe acreditar el pago de las últimas 12 cotizaciones sean estas contínuas o discontínuas.

Importante, según el Artículo 159, Número 2 del Código del Trabajo exige que la renuncia se comunique a lo menos con 30 días de anticipación.

Si la renuncia voluntaria no se informó de acuerdo a los protocolos legales establecidos, podrás esperar por años a que pague Moya, de lo contrario debes acudir a la Inspección del Trabajo en donde se supone que hace dos meses atrás entregaste copia de tu renuncia y con ello exigir la comparecencia del empleador para cancelar el finiquito.

Los finiquitos se cancelan con dinero y no con bienes.
No vivas tanto dando explicaciones. Tus amigos no las necesitan, tus enemigos no las creen y los idiotas no las entienden

Desconectado giornalaio

  • Junior
  • ***
  • Mensajes: 862
  • Giornalaio. Calidad que se siente en cada post.
Re:Plazos para pagar finiquito de trabajo
« Respuesta #6 en: Febrero 19, 2011, 22:51:45 pm »

 y qué pasa en ete caso (nos pasó a nosotros)?????????

 El trabajador hizo uso de sus vacaciones, se fue a Perú y no volvió más...
 Le estamos haciendo el finiquito ahora....

 Es decir, cuando vuelva se esperará a que vuelva él a buscar el finiquito?

Saludos


Giornalaio. Certificado de protección contra resentidos sociales.

Desconectado ROMMEL

  • Moderador
  • Experto
  • *****
  • Mensajes: 10684
  • Zorro del Desierto
Re:Plazos para pagar finiquito de trabajo
« Respuesta #7 en: Febrero 20, 2011, 08:49:21 am »
y qué pasa en ete caso (nos pasó a nosotros)?????????

 El trabajador hizo uso de sus vacaciones, se fue a Perú y no volvió más...
 Le estamos haciendo el finiquito ahora....

 Es decir, cuando vuelva se esperará a que vuelva él a buscar el finiquito?

Saludos


 Si bien el Código Laboral establece en su artículo 60 numeral 4º como causal de terminación del contrato de trabajo la inasistencia al lugar de labores, la ausencia de un día o unos días no significa automáticamente la terminación, pues la norma exige que dicha ausencia sea sin justa causa.

Por ello, si el trabajador después de un periodo de ausencia presenta una buena excusa (accidente, secuestrado, detenido, hospitalizado, etc.) junto con una prueba de ello,no lo pueden despedir, y si ustedes ya lo ha dado por terminado y liquidado, deberán restituírle su pega, so pena que se considere una terminación unilateral sin justa causa por no escucharlo en descargos y el trabajador podría demandarlo y exigir el pago de una indemnización según el tipo de contrato que tenga.

Ahora, si las excusas del trabajador además de inverosímiles no las acompaña con las pruebas necesarias, (certificados de defunción de algún familiar cercano, médico, etc...) pueden despedirlo y finiquitarlo sin dramas.


Lo otro, considerando que el tipo claramente no vuelve a aparecer, ¿por qué es importante consignar la liquidación y no esperar a que aparezca el trabajador a reclamarla?

Porque a partir del momento que el contrato termina, por la justa causa invocada por el empleador como es la inasistencia sin causa justificada, se genera la obligación hacia el empleador de cancelar todas las obligaciones pendientes, tanto de salarios como sociales.

En caso contrario, la mora se empieza a generar y da lugar al reconocimiento de la indemnización por falta de pago establecida en el artículo 65 del Código Laboral que establece:

    “Si a la terminación del contrato, el empleador no paga al trabajador los salarios y prestaciones debidas, salvo los casos de retención autorizados por la ley o convenidos por las partes, debe pagar al asalariado, como indemnización, una suma igual al último salario diario por cada día de retardo, hasta por veinticuatro (24) meses, o hasta cuando el pago se verifique si el período es menor…”

Por ello, no es viable la excusa del empleador de que el trabajador no ha regresado para entregarle la liquidación, cuando existe el medio de pago a través de la consignación, el día de mañana aparece el trabajador y podrá demandar la mora de su pago.

Por último, si definitivamente no regresa:

   1. Levantar un acta donde se anotará el día desde el cual el trabajador no se presentó a trabajar, la cual debe firmar el empleador y por varios testigos que trabajen en la empresa.
 
 2. Relacionar las gestiones que se hicieron para contactarlo (describir a que números telefónicos se llamaron o visitas si se hicieron).
 
  3. Efectuar la liquidación de las Prestaciones Sociales y Salariales hasta la fecha del abandono.
   
4. Los valores de la liquidación mencionada en el punto anterior, consignarlas a órdenes del trabajador en la cuenta bancaria en que habitualmente le consignaban sus salarios.
   
5. Si el trabajador no tiene cuenta bancaria para consignarle la liquidación, acudir ante un Juez Laboral de tu comuna y solicitas la información necesaria para consignar a órdenes del juzgado el dinero correspondiente a la liquidación del trabajador que no ha regresado. Así, el día que aparezca deberá reclamársela al Juez Laboral.

En el fondo aparezca o no, lo mejor es sacarse ese cacho de encima cancelando lo que corresponda de la manera y lugar que la situación lo amerite.
No vivas tanto dando explicaciones. Tus amigos no las necesitan, tus enemigos no las creen y los idiotas no las entienden

Desconectado MK1

  • Experto
  • *****
  • Mensajes: 3393
  • y nos juimos a comunidadlibre.cl
Re:Plazos para pagar finiquito de trabajo
« Respuesta #8 en: Febrero 21, 2011, 13:33:43 pm »
Una consulta, a ver si me pueden ayudar...
Renuncié de forma Voluntaria el 04 de enero 2011, en la empresa que trabajaba ingresé el 24 de mayo 2010, pero por diferentes motivos renuncié en la fecha indicada...
Han pasado casi 2 meses y de mi finiquito ni luces, a pesar de que he enviado mails mi ex jefe, y que ni si quiera se ha molestado en contestarmelos, y lo llamo y me dice que "hay que esperar a que termine el proceso de cierre del mes".

Mi pregunta es , ¿la ley chilena exije a los empleadores de este país un plazo máximo para finiquitar a los trabajadores?
 :chan:


Como dice Rommel, máximo 30 días desde el momento de desvinculación.
Haz una denuncia en la Inspección del Trabajo y en no mas de una semana ya te citarán a un acuerdo entre las partes. Pero te aseguro que por las molestias ocasionadas tu jefe se va de multa.
Acompaña entre los antecedentes todos los correos que le haz enviado.

y qué pasa en ete caso (nos pasó a nosotros)?????????

 El trabajador hizo uso de sus vacaciones, se fue a Perú y no volvió más...
 Le estamos haciendo el finiquito ahora....

 Es decir, cuando vuelva se esperará a que vuelva él a buscar el finiquito?

Saludos


El procedimiento es mas facil estimado.
Yo despido gente todas las semanas por lo mismo.
Debes enviarle una carta de notificación mediante una notaria , indicandole claramente que se pone término al contrato de trabajo por el grave perjuicio que te provocó las ausencias injustificadas, invocando el articulo. 160 n° 1, 3°). Con 2 días de ausencias seguidos estás listo.
Pero te aconsejo que te asegures que el tipo tiene firmado el libro de asistencia y todos sus contratos y anexos estén en orden.
Prepara el finiquito y lo depositas en una notaría... cuando el wn llegue le dices que vaya a buscar su finiquito a X notaría y te olvidas del asunto... de esa forma la Inspección no tiene por donde agarrarte.
www . comunidadlibre . cl

Desconectado giornalaio

  • Junior
  • ***
  • Mensajes: 862
  • Giornalaio. Calidad que se siente en cada post.
Re:Plazos para pagar finiquito de trabajo
« Respuesta #9 en: Marzo 14, 2011, 14:01:07 pm »
Citar
El procedimiento es mas facil estimado.
Yo despido gente todas las semanas por lo mismo.
Debes enviarle una carta de notificación mediante una notaria , indicandole claramente que se pone término al contrato de trabajo por el grave perjuicio que te provocó las ausencias injustificadas, invocando el articulo. 160 n° 1, 3°). Con 2 días de ausencias seguidos estás listo.
Pero te aconsejo que te asegures que el tipo tiene firmado el libro de asistencia y todos sus contratos y anexos estén en orden.
Prepara el finiquito y lo depositas en una notaría... cuando el wn llegue le dices que vaya a buscar su finiquito a X notaría y te olvidas del asunto... de esa forma la Inspección no tiene por donde agarrarte.


Asì fue... Vino, retirò su finiquito y se fue.

Lo que no sè es què pasa en el siguiente caso:

El trabajador saldria de vacaciones el dìa 15 de enero, segun calendario de la empresa.
El dìa 13 pidiò un anticipo y el 14 en la noche se mandò cambiar...no apareciò màs
Luego supimos que estaba en Perù.
No dio explicaciòn, no presentò excusas, no presentò comprobantes.
texual: "Se enamorò allà".

O sea,

Entendiendo que se finiquitò por abandono, de corresponder cualquier indemnizaciòn (que en este caso no corresponde), esta se descontarìa de los dìas de inasistencia del trabajador'??

===

Màs allà de la ley: De tener un trabajo con las imposiciones y cotizaciones de salud al dìa como
mecànico, con bono por movilizaciòn y alimentaciòn, terminò recogiendo manzanas.

Saludos
« Última modificación: Marzo 14, 2011, 14:04:44 pm por giornalaio »


Giornalaio. Certificado de protección contra resentidos sociales.

Desconectado negrogiro

  • Junior
  • ***
  • Mensajes: 422
Re:Plazos para pagar finiquito de trabajo
« Respuesta #10 en: Marzo 15, 2011, 11:08:03 am »
Una consulta, a ver si me pueden ayudar...
Renuncié de forma Voluntaria el 04 de enero 2011, en la empresa que trabajaba ingresé el 24 de mayo 2010, pero por diferentes motivos renuncié en la fecha indicada...
Han pasado casi 2 meses y de mi finiquito ni luces, a pesar de que he enviado mails mi ex jefe, y que ni si quiera se ha molestado en contestarmelos, y lo llamo y me dice que "hay que esperar a que termine el proceso de cierre del mes".

Mi pregunta es , ¿la ley chilena exije a los empleadores de este país un plazo máximo para finiquitar a los trabajadores?
 :chan:


Aplique Inspeccion del Trabajo, ya que aún cuando no hayas presentado la carta renuncia en la inspeccion y el empleador alege despido por abandono de trabajo, te corresponde que te pagen las vacaciones proporcionales desde tu fecha de contrato hasta la fecha del finiquito.

Tags:
     


    A la memoria de Alex Feliú a.k.a Rommel