En la misma noticia que publicaste pero no leíste, sale como funciona.
Proceso dura 150 días ¿Cómo pido mi quiebra?
El proceso para solicitar la quiebra de una persona natural es relativamente rápido y simple, y sólo se puede repetir cada cinco años. Lo pueden iniciar todos quienes tengan dos o más deudas vencidas, que sumen más de 80 UF (cerca de $ 1,9 millón) y que no haya sido notificado de un juicio por ellas. También puede ser activada forzosamente por los acreedores, bajo ciertos requisitos.
La acción plantea un período de protección financiera (entre 30 y 90 días) en el cual se suspenden las cobranzas contra el deudor y a través de un proceso administrativo (que canaliza la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento) se desarrolla un proceso que toma un máximo de 150 días hábiles en el que se realizan tres audiencias verbales: determinación de pasivos (en base a propuesta de la superintendencia), renegociación (se pacta el pago entre deudor y acreedores) y ejecución (si no existe acuerdo en la etapa anterior, la Superintendencia propone la venta de todos los activos del deudor).[/b]