Gracias por la información Juany.
De todos modos me parece oportuno cuestionar parte del siguiente punto:
Esperamos la asistencia y participación de todos ustedes en la próxima asamblea tanto para ratificar los cargos asumidos y a la vez lograr acuerdos respecto a los próximos pasos y actividades de nuestra agrupación.
En este caso sólo le corresponde a la asamblea confirmar el cargo de Vice presidente a nuestro amigo Gus al cuál se le agradece haber aceptado en bien de la agrupación.
Los otros tres cargos directivos ya están confirmados de acuerdo a una elección democrática y abierta, la cuál no requiere de confirmación alguna.
Y para aclarar la situación del cargo de Presidente asumido por Citro, considerando la renuncia de Natre, transcribo a continuación el segmento en que se hace referencia a la presente situación en el Reglamento General de Conduce Chile.
Art.7.- VICEPRESIDENTE
. Son funciones del Vicepresidente:
a) Subrogar al Presidente en caso de impedimento temporal o perpetuo;
b) La duración del Impedimento temporal no podrá ser superior a veinte días corridos. En caso de impedimento perpetuo, el Vicepresidente asumirá de pleno derecho el cargo y las funciones del Presidente.
Eso implica que , si el Vicepresidente no tiene objeciones para asumir el cargo, el reglamento lo faculta en pleno para ocuparlo sin necesidad de confirmación. :wink: