Como dice el Sr. Mitad, la mejor opción es que liquiden la comunidad de común acuerdo, que puede ser que uno le compre al otro o que vendan a un tercero y se repartan el saldo, previo pago al acreedor hipotecario.
La liquidación de una comunidad vía judicial se hace mediante un Juez Arbitro, que cobra un porcentaje del valor de venta o remate de la propiedad, a lo que le tienes que agregar los gastos del juicio, que son notificaciones, tasación, si es que no están de acuerdo en el valor de venta o remate, los honorarios del abogado de cada uno, etc., etc.