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General => De Todo Un Poco => Mensaje iniciado por: nino en Julio 18, 2013, 08:58:02 am
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Estimados una consulta, por cuanto tiempo uno tiene que guardar los comprobantes de feriado legal? 1, 2,3,.... años?
Saludos
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Como trabajador dá lo mismo, la prueba siempre recae en el empleador. :risa2:
Pero en lo legal, nada en el Código del Trabajo indica un plazo definido. Indica que va a depender de la prescripción que puedan tener los derechos a los que pueda acceder el trabajador una vez finalizada la relación laboral. Es el código mas mari-con de todos, porque está lleno de interpretaciones. Por ejemplo, el plazo para reclamar horas extras, es de 6 meses. Por lo tanto, yo como empleador puedo asumir que después de 6 meses podría destruir los registros de asistencia.
Nosotros aplicamos el plazo de mayor prescipción y guardamos la información por 5 años, ya esa cantidad de tiempo es el que un trabajador puede reclamar incumplimientos previsionales.
Lo que hacemos tambien, es digitalizar esa información, luego se archiva y se envía a bodega.
Cualquier duda avise nomas. :thumbsup:
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pregunte aca, y lo minimo es 3 años, hasta 5.. y hacen lo mismo que el wineer... digitalizan, y el papel se va a bodega externa..
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Una duda.
No pagar las imposiciones en estos tiempos es "delito" y creo que como delito deberia prescribir a los 10 años ¿o me equivoco?
Recuerden que no pagar las imposiciones es apropiación ilicita ya que la plata del trabajador, es del trabajador y si el empleador no la paga, es lo mismo que robarle al trabajador.
10 años entonces.
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Existe el DNP...
Cuanto sé wn. :clap: :clap: :clap:
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Lo preguntaba como empleador ya que en el tribunal laboral me estan pidiendo todos los comprovantes de vacaciones desde hace 8 años. abuscar papeles en la mielda :enojao:
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Noooo, dick in eye!
Lleva los últimos 5 nomas y en la otra mano el dictamen 7053/160, 28/09/1990
Mandame por MP tu correo y te devuelvo un PDF con la información para que vayas mas claro al comparendo.
Porqué te están pidiendo ese tipo de papeles?. Porqué fue la denuncia?. En qué quedó el comparendo de conciliación?. Si te están pidiendo documentos tan antiguos es porque te están buscando la 5ta pata. Ojo que si llegas con el dictamen a hacerte el choro, te van a cepillar por cualquier otra cosa. Yo llegaría bien humilde y en medio de la conversación indicar lo del dictamen... como dice el Coco Legrand, siempre de weon, pq los fiscalizadores a veces saben menos que uno, pero siempre humilde y de weon.
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Gracias estimado, ya no es en comparendo sino que en tribunales, esto lo pidio la parte demandante como una de las tantas pruebas y ni el Juez ni el abogado mío dijieron nada :enojao: :enojao:
A y mi mail es j.laya@tie.cl
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en materia laboral y tributaria. aunque esten prescritos yo los guarfaria tantos años como fuera posible