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General => De Todo Un Poco => Mensaje iniciado por: GABRIEL en Mayo 08, 2013, 14:56:53 pm

Título: Consulta a los de RRHH
Publicado por: GABRIEL en Mayo 08, 2013, 14:56:53 pm
Estimados, me he llevado una fea impresión de donde trabajo, pero quiero saber primero si es legal o no lo que están haciendo:

A 2 trabajadores de acá ( jefatura) se les subió el sueldo hace un tiempo, acaban de llegar los anexos y revisándolos como si nada se les bajó el sueldo base y se les subió el dinero de colación y locomoción (hablamos de un aumento de aprox 5 veces lo que tenían antes de colación y locomoción), el sueldo base les bajó, lo que obviamente merma en sus imposiciones correspondientes.

esto es legal?
los trabajadores ingresar algún tipo de reclamo por esto? cual es la causal?

 no lo se, pero no creo sea legal se baje el sueldo base...

eso, gracias.
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Cacike en Mayo 08, 2013, 15:01:31 pm
lo veo legal.. son contratos personales, no colectivos, y mientras no paguen menos del minimo pueden acordar lo que estimen en otros anexos como colasion, transporte y etc que no constituyen remuneracion... o me equivoco...

 :pensando:

igual feo pal resto  :thumbdown:
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Andrés en Mayo 08, 2013, 15:02:10 pm
Trucho.

Los quieren bajar de tramo en Renta.

Esas 5 veces más de monto de colación y locomoción no son razonables, y por más que se les respaldé contractualmente son gasto rechazado.

No es bueno jugar con el SII
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Citation-X en Mayo 08, 2013, 15:04:13 pm
la colación y la loco suman en caso de indemnización por despido?

Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Andrés en Mayo 08, 2013, 15:07:22 pm
la colación y la loco suman en caso de indemnización por despido?

Respuesta corta Si
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Alejandra en Mayo 08, 2013, 15:08:44 pm
Pero en al mayoria de los casos no lo incorporan.
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Andrés en Mayo 08, 2013, 15:12:56 pm
Respuesta resumida, el código del trabajo no es explícito, habla de toda suma de dinero o apreciable en dinero, pero locomoción y colación se entregan con ocasión del trabajo.
Al comienzo del gobierno de Piñera, Evelyn Mathei, a través de la Dirección del Trabajo emitió un Dictamen revocando la línea anterior, señalando que no se consideraba.

Quedó la cagada pues iba en contra de la jurisprudencia y frente a los reclamos de los trabajadores, sólo días después se emitió un nuevo dictamen que volvió a la posición anterior pro trabajador.
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Andrés en Mayo 08, 2013, 15:15:11 pm
Pero en al mayoria de los casos no lo incorporan.
Hasta qué llegan a la Inspección o Tribunales. Es por sí pasa.
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Alejandra en Mayo 08, 2013, 15:15:27 pm
La baja en el sueldo base solo hara q baje su base imponible, o sea, terminaran pagando menos AFP, Isapre o Fonasa, y menos Impuesto Global, si es q corresponde.


Por el lado de la empresa, se presta para cuestionamientos el tema de los montos, si no tienen como demostrar fehacientemente la asignacion de los montos de colacion y locomocion como dijeron seran Gastos rechazados.
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Alejandra en Mayo 08, 2013, 15:17:01 pm
Hasta qué llegan a la Inspección o Tribunales. Es por sí pasa.
Obvio, no todos los trabajadores conocen sus derechos y muchas vcs ni reclaman este tipo de cosas
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Patagonia en Mayo 08, 2013, 15:20:47 pm
No pueden bajar el sueldo sin concentimiento del trabajdor. Por otro lado los beneficios de colación y movilización, hasta donde recuerdo,  no son personales sino de todo el grupo o al menos por cada sindicado, si la empresa ahora lo va a dar se los da a todos o a ninguno y va a aparte del sueldo base. Me huele a que alguien se condorió al hacerle los contratos en un primer momento pero si quieren regularizarlo para dejarlo como el resto de sus contratos nuevamente tienen que negociarlo.

Ahora, en la práctica que parte de tu sueldo sea colación y movilización tiene la ventaja de que esos montos no son tributables por lo que bajan el impuesto a pagar por el sueldo, la parte mala es que en las licencias y vacaciones esa plata no llega.

Citar
lo que obviamente merma en sus imposiciones correspondientes

Acá no veo cual sería el problema, solo implica más libertad, tanto a la AFP como a tu convenio de salud puedes cotizar pro sobre el monto legal, yo lo vería como un beneficio más que como un problema ya que da más libertad en cuanto a cuanto quieres cotizar...los problemas son los señalados arriba junto con la indemnización que tampoco lo tengo claro.



Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Alejandra en Mayo 08, 2013, 15:32:15 pm


Acá no veo cual sería el problema, solo implica más libertad, tanto a la AFP como a tu convenio de salud puedes cotizar pro sobre el monto legal, yo lo vería como un beneficio más que como un problema ya que da más libertad en cuanto a cuanto quieres cotizar...los problemas son los señalados arriba junto con la indemnización que tampoco lo tengo claro.
Depende, porque si tu como trabajador negocias solo  tu liquido, para la empresa es mucho mas conveniente  armarte el sueldo con una cantidad menor de sueldo base y mas de valores no imponibles, es decir es mas barato para ellos
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Patagonia en Mayo 08, 2013, 15:34:33 pm
Me refiero al comentario "obviamente merma sus imposiciones" que no tiene mucho sentido porque uno puede imponer un monto mayor al mínimo legal voluntariamente.h

Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: GABRIEL en Mayo 08, 2013, 15:40:04 pm
Me refiero al comentario "obviamente merma sus imposiciones" que no tiene mucho sentido porque uno puede imponer un monto mayor al mínimo legal voluntariamente.h

pero por ej, si tiene un plan contratado que calza justo con su 7% anterior (sin recibir exedentes ni nada) si se le baja el sueldo base no dará para pagar el plan, por lo tanto hay que pagar extra.

Y las cotizaciones a la AFP bajan, si antes ponian 1000 ahora ponen 800

por todos lados pierden!
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: GABRIEL en Mayo 08, 2013, 15:45:11 pm
y bueno, tuve que poner el pecho, me agarre con el weon de finanzas, le dije que eso no podía ser, que no estaba dispuesto a jugar con eso y asdf... después me dijo que si me hacían un anexo nuevo a mi tb se haria lo mismo, obviamente que le dije que no firmaría ni una wea si pasaba eso (ya se puso violenta la cosa jaja). Ahí le dije que iba a hablar con gerencia.

No alcance a llamar y me llama de vuelta para decirme que era un error y que no considerara esos anexos, que los harian otra vez...entonces veremos que pasa con el tema, me pareció sucio.
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Andrés en Mayo 08, 2013, 15:49:34 pm
y bueno, tuve que poner el pecho, me agarre con el weon de finanzas, le dije que eso no podía ser, que no estaba dispuesto a jugar con eso y asdf... después me dijo que si me hacían un anexo nuevo a mi tb se haria lo mismo, obviamente que le dije que no firmaría ni una wea si pasaba eso (ya se puso violenta la cosa jaja). Ahí le dije que iba a hablar con gerencia.

No alcance a llamar y me llama de vuelta para decirme que era un error y que no considerara esos anexos, que los harian otra vez...entonces veremos que pasa con el tema, me pareció sucio.

Bien!
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Patagonia en Mayo 08, 2013, 15:50:23 pm
pero por ej, si tiene un plan contratado que calza justo con su 7% anterior (sin recibir exedentes ni nada) si se le baja el sueldo base no dará para pagar el plan, por lo tanto hay que pagar extra.

Y las cotizaciones a la AFP bajan, si antes ponian 1000 ahora ponen 800

por todos lados pierden!

Pero puede cotizar por su cuenta la diferencia (que igual no es tributable si lo hace con APV o DC) y queda igual que antes o cotizar menos y sacar más líquido a su propio riesgo.

Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Patagonia en Mayo 08, 2013, 15:53:39 pm
Y reivsa bien, si la empresa te tiene que pagar colación y movilización porque ese es el acuerdo que hay con los trabajadores te lo va a tener que considerar sobre tu sueldo actual, si se condoriaron están fritos ya que no puedes ser el único sin esos beneficios. Ahora, si es un error también queda a tu criterio pero no me parece que sea así, me huele más a que encontraron una manera de subir los sueldos sin subir el costo empresa tanto (como pone Alejandra) y no debería aceptarse.

 
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: GABRIEL en Mayo 08, 2013, 16:07:39 pm
Pero puede cotizar por su cuenta la diferencia (que igual no es tributable si lo hace con APV o DC) y queda igual que antes o cotizar menos y sacar más líquido a su propio riesgo.

no entiendo como funciona eso

te pongo los números de una liq aqui a la mano

sueldo base 568.248
gratificación 76.396
total imponible 644.644 (1)
asig mov: 30.000
asig col: 27.000
total no imponible 57.000
total haberes: 701.644

AFP 72.651 (calculada en base a  1) 11,27%> si el base baja esto tb
salud 45.125 (calculada en base a 1) 7% > si el base baja esto tb
seguro ses: 3.868
Total prev: 121.644
préstamo: 50.000

total a pago 530.000

a este muchacho de ganar 580 (tiene un préstamo de 50) se le subio a 700
y el anexo dice

sueldo base
$416.640 (bajó 151.608!!!)
col: 150.000
loc: 150.000

Ahi llegan a los 700 líquido

Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Fredy Turbina en Mayo 08, 2013, 16:20:16 pm
Las asignaciones deben ser racionales, proporcionales y adecuadas al cargo del empleado. Hay jurisprudencia de esto
Las empresas lo hacen para subir el sueldo sin que el costo empresa se incremente tanto, esto porque acá en Chilito estamos acostumbrados a negociar sueldo líquido
Entonces si quieres subir un sueldo de 500 a 700 lucas es mejor subir las asignaciones que hacer el gross up del base que incluirá impuestos y leyes sociales
Ahora esto no es tan malo en algunos casos, sobre todo para los que están sobre el imponible para leyes sociales
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: GABRIEL en Mayo 08, 2013, 16:28:20 pm
bueno, llamé a gerencia (mi jefe directo) y me dijo que le habia dicho que se hiciera eso, round con el jefe, le dije los montos y me dijo que lo iba a ver.
su excusa es que quiere estandarizar los tramos de asignaciones por puesto, pq habían lucas ridículas (ok, estamos de acuerdo), y le dije, ok, pero quien se gasta 7500 en almorzar todos los días? quien se gasta 7500 en llegar al trabajo diariamente? ??

se alteró y dijo que así nunca se van a poder estandarizar esas cosas, que lo iba a revisar y hablabamos



no me webeen, acá la razón es clara, cortemos por donde se pueda.

Mal mal...y nunca me lo espere de mi jefe, hasta ahora todo limpio (se que esto es legal, pero parece que etica empresarial la paso en anexo capuccino)
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Alejandra en Mayo 08, 2013, 16:31:54 pm
bueno, llamé a gerencia (mi jefe directo) y me dijo que le habia dicho que se hiciera eso, round con el jefe, le dije los montos y me dijo que lo iba a ver.
su excusa es que quiere estandarizar los tramos de asignaciones por puesto, pq habían lucas ridículas (ok, estamos de acuerdo), y le dije, ok, pero quien se gasta 7500 en almorzar todos los días? quien se gasta 7500 en llegar al trabajo diariamente? ??

se alteró y dijo que así nunca se van a poder estandarizar esas cosas, que lo iba a revisar y hablabamos



no me webeen, acá la razón es clara, cortemos por donde se pueda.

Mal mal...y nunca me lo espere de mi jefe, hasta ahora todo limpio (se que esto es legal, pero parece que etica empresarial la paso en anexo capuccino)
:nanay:

negocios son negocios   :ouch2:
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: GABRIEL en Mayo 08, 2013, 16:46:56 pm
:nanay:

negocios son negocios   :ouch2:

ok, pero  hay que valorar a la gente que se tiene y no andar cagándola, si quieren mas plata bajemos las especificaciones de los proyectos
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Alejandra en Mayo 08, 2013, 16:50:57 pm
ok, pero  hay que valorar a la gente que se tiene y no andar cagándola, si quieren mas plata bajemos las especificaciones de los proyectos
Nadie dice q hay q cagarsela, solo q a mi no me asombra tanto
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: GABRIEL en Mayo 08, 2013, 16:56:54 pm
Nadie dice q hay q cagarsela, solo q a mi no me asombra tanto

demas...

para resumir, tengo a la gente tranquila pq me comprometí a solucionar el tema, y eso haré
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Patagonia en Mayo 08, 2013, 17:05:59 pm
Más encima son inaceptables esos valores, pueden ser hasta objetados por el SII y tener que pasarlos a remuneración con lo que les bajaría el líquido al tener que pagar parte en impuestos (no se si es el caso por el monto)

Mira por ejemplo esto:

Citar
"Asignación de movilización y colación

Los gastos de colación y movilización en que debe incurrir el trabajador, con ocasión del trabajo, se encuentran expresamente excluidos del concepto de remuneración y por ende no son imponibles; pero tal conclusión solo es posible, teniendo presente el carácter compensatorio de estos beneficios, cuando se entrega al trabajador una suma equivalente al costo real del gasto que para él implique trasladarse a su lugar de trabajo y alimentarse mientras desempeña los servicios convenidos.

La Superintendencia de Seguridad Social ha sostenido en diversos dictámenes que aún cuando las asignaciones de colación y movilización hayan sido excluidas del concepto de remuneración, (inciso 2°, artículo 41, Código del Trabajo), adquirirán tal carácter en la medida que las sumas otorgadas  por tal concepto excedan los gastos razonables de colación y movilización en que el trabajador debe incurrir, tanto para alimentarse durante las horas de trabajo, como para movilizarse para concurrir a sus labores, correspondiendo al Inspector del Trabajo respectivo calificar esta circunstancia en cada caso particular.

En algunos procesos de auditoría laboral y previsional hemos encontrado NO CONFORMIDADES al aplicar el concepto de pago por: “Asignación de movilización y colación”.

Caso:
•Contrato de trabajo a un operario, sueldo mensual $160.000.
•Asignación Colación, NO IMPONIBLE, valor por día trabajado $4.000.
•Asignación Movilización, NO IMPONIBLE, valor por día trabajado $3.000.
•Las labores se prestan en faena minera, en una jornada de 20 días de trabajo por x 10 días de descanso.
•La alimentación es entregada por el empleador a través de un casino en faena y la movilización de traslado, ida y vuelta a la faena, es proporcionada por la empresa empleadora, ambos servicios sin costo para el trabajador.

NO CONFORMIDADES

La asignación de colación que se paga a los trabajadores, que no incurren en gasto de alimentación con ocasión de la jornada laboral, no tendría un carácter compensatorio de dicho gasto, por lo que constituye remuneración y por ello sería imponible.

La asignación de movilización que se paga a los trabajadores, que no incurren en gasto para movilizarse, no tendría un carácter compensatorio de dicho gasto, por lo que constituye remuneración y por ello sería imponible.

Si el pago de movilización correspondiera a “movilización de acercamiento” hacia el paradero de los buses que salen a faena, aún así se consideraría remuneración ya que el valor pagado  excede de un monto razonable.

Finalmente, las cotizaciones que deban liquidarse por las asignaciones de colación y movilización que ya hubieren sido pagadas a los trabajadores serán de cargo del empleador, no procediendo su descuento de las remuneraciones de aquéllos. “Se presumirá de derecho que se han efectuado los descuentos previsionales por el solo hecho de haberse pagado total o parcialmente las respectivas remuneraciones a los trabajadores, si se hubiere omitido practicar dichos descuentos, será de cargo del empleador el pago de las sumas que por tal concepto se adeuden”.

Esperando que esta información sea una ayuda para ustedes los empleadores, nos despedimos hasta un próximo artículo, atentamente,
"
Por otro lado me parece que esos bonos no se pagan en caso de licencia o vacaciones con lo que el líquido les bajaría groseramente en estos casos, a pelar nomás por la buena primero porque yo creo que con solo mostrar el papel en la IT se los agarran altiro. Como ya se ha señalado, NO pueden bajar el sueldo base salvo acuerdo con el trabajador.
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: DesarrolloNet en Mayo 08, 2013, 17:13:09 pm
lo estan jodiendo, si el trabajador No esta de acuerdo no debe firmar
ya que es ilegal bajar el sueldo a menos que la persona fime
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: GABRIEL en Mayo 08, 2013, 17:19:19 pm
lo estan jodiendo, si el trabajador No esta de acuerdo no debe firmar
ya que es ilegal bajar el sueldo a menos que la persona fime

aHH

ok, no es legal bajar el sueldo base

perfecto, gracias
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: DesarrolloNet en Mayo 08, 2013, 17:21:33 pm
aHH

ok, no es legal bajar el sueldo base

perfecto, gracias
puede ser legal siempre y cuando el trabajador no reclame que es menoscabo
pero es mejor que NO FIRME
ya que va a perder por todos lados el trabajador.
la baja de sueldo es Menoscabo para la inspeccion del trabajo
ya que la colacion y movilizacion no se consideran remuneracion si no bonos no imponibles

Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Patagonia en Mayo 08, 2013, 17:40:03 pm
lo he puesto como 10 veces po!  :cop2:
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: nicval1 en Mayo 08, 2013, 19:51:51 pm
y bueno, tuve que poner el pecho, me agarre con el weon de finanzas, le dije que eso no podía ser, que no estaba dispuesto a jugar con eso y asdf... después me dijo que si me hacían un anexo nuevo a mi tb se haria lo mismo, obviamente que le dije que no firmaría ni una wea si pasaba eso (ya se puso violenta la cosa jaja). Ahí le dije que iba a hablar con gerencia.

No alcance a llamar y me llama de vuelta para decirme que era un error y que no considerara esos anexos, que los harian otra vez...entonces veremos que pasa con el tema, me pareció sucio.

buena  :thumbsup:
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: Claudio Tuerca en Mayo 09, 2013, 06:08:07 am
no entiendo como funciona eso

te pongo los números de una liq aqui a la mano

sueldo base 568.248
gratificación 76.396
total imponible 644.644 (1)
asig mov: 30.000
asig col: 27.000
total no imponible 57.000
total haberes: 701.644

AFP 72.651 (calculada en base a  1) 11,27%> si el base baja esto tb
salud 45.125 (calculada en base a 1) 7% > si el base baja esto tb
seguro ses: 3.868
Total prev: 121.644
préstamo: 50.000

total a pago 530.000

a este muchacho de ganar 580 (tiene un préstamo de 50) se le subio a 700
y el anexo dice

sueldo base
$416.640 (bajó 151.608!!!)
col: 150.000
loc: 150.000

Ahi llegan a los 700 líquido

En el segundo caso faltan datos, pero, en mi caso, el error que veo es que el empleador no lo converso con los trabajadores...

Aun asi, yo lo aceptaria, si es una condicionante para que me suban el sueldo...el sueldo subio casi 20%!!!, como han dicho muchos, por ultimo pago como apv la diferencia...y me rebaja impuestos si es que tuviera que pagar o me devuelven si es que no paga...
Título: Re:Consulta a los de RRHH
Publicado por: MK1 en Mayo 09, 2013, 09:05:54 am
Si le suben el sueldo de 500 a 700 lks pero te bajan el base, es posible y LEGAL, solo si es por mutuo acuerdo de las partes. El problema como dicen es que afecta las cotizaciones previsionales, sobre todo si tienes un plan pactado en la isapre.

Las asignaciones de movilización y colación, deben ir a la par con el cargo, como dijo Fredy.

Aca somos Consultora de RRHH y a un Ingeniero de Proyecto le quería pagar 120 lukas de colación y otras 120 de movilización porque anda en terreno, pero me hicieron la media tapa y solo me autorizaron 100 y 80 como tope máximo, la diferencia tendría que aumentarla con el sueldo base nomas. Este tema es cuatico cuando se da cuenta la IT

El objetivo final no es cagarse a los cabros para recortar.
O si así fue, es bastante ridiculo porque los costos de RRHH para esas rentas bajan de $191.237.- a $189.338.-... o sea $1.899.- de "ahorro".

 :pozozipy:

Existen mejores formas de estadarizar los sueldos, por lo que deduzco que el Gte. de RRHH no tiene idea de lo que pasó.

Lorea la estructura de costos... (revisala pq la bajo durante el día)

(http://i39.tinypic.com/2yn1ff6.jpg)