Modificacion Reglamento Conduce Chilehttp://www.conducechile.cl/sitio/foro/conduce-chile/reglamento-general-de-conduce-chile/
aprovechando el tema...yo ingrese aca donde estoy el 9 de agosto, el 1 de diciembre empiezo a trabajar en otra empresa.pregunta...quiero tomarme vacaciones del 24 al 30 de noviembre.por haber presentado carta renuncia con fecha 30 de noviembre, ¿tengo que esperar que me paguen los dias proporcionales (5) o me las puedo tomar?suena como frescura jajjaa pero si la ley lo permite no hay nada malo ya que no tendre derecho a descanzo hasta en un año mas.