Conduce Chile
General => De Todo Un Poco => Mensaje iniciado por: juda en Octubre 20, 2011, 20:29:51 pm
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estimados,..tengo una duda con respecto a lo siguiente:.....Si una empresa me contrata para construir algo yo les facturo y no hay problema ya que ellos rebajan el iva por ser contribuyentes de primera categoría....pero que ocurre si un particular que no es contribuyente de primera categoría quiere que le construya una casa...¿debe igual pagar el 19% de iva por la construcción?
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obvio po's... a menos que hagas el trato a la buena", es decir no emites factura, pero si te fiscalizan cag_ó tu empresa....
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pero cuando tu compras una casa te facturan la casa con ese iva? 19% o es menor?
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las viviendas tienen una rebaja del 65% del iva, con tope de 225 UF
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en este caso,...la vivienda cuesta 65 $M construirla,...si le aplico el iva el cliente se arranca,..que shashu hago?
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pero viejo, la casa cuesta 65 + iva. Los materiales los vas a comprar con iva, o sea, como no le vas a cobrar el iva si hay que pagarlo.
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lo se compadre,..pero cuanto iva? 19% o con 65% menos?
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es para uso habitacional,puedes descontar esas 225 UF tope que te digo del iva, el resto hay que pagarlo.
tu iva es de: 665 UF de eso descuentas el 65%
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ok,...y eso como lo hago? ¿con las mismas facturas o debo mandar a hacer y timbrar alguna especial?
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Las viviendas de hasta un valor máximo de 3.000 UF seguirán gozando de esa franquicia; las que cuesten entre 3.000 y 4.500 UF tendrán una rebaja tributaria estándar de 225 UF; las que superen el valor de las 4.500 UF cancelarán la totalidad del IVA
ahi si, estaba medio perdido. Tiene que ver con el valor total la franquicia tributaria otorgada. Ese parrafo deja todo claro.
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ok,...y eso como lo hago? ¿con las mismas facturas o debo mandar a hacer y timbrar alguna especial?
ahi, no se, hago los APU, el presupuesto completo, costo directo, GG, etc,etc...pero en papeles ahi lo ve el contador jeje
pero ponte a buscar, hay harta info en internerd
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pero le harás el "trabajo vendido" o ese es el costo de la mano de obra solamente??
Saca las cuentas de tus costos con el valor que pagas en materiales, no tomes en cuenta el iva, por ejemplo si pagaste 119 lucas en cerámica traspasas esas 119 lucas al cliente, si traspasas solo 100 lucas ese iva lo asumes tú y en la suma y resta podrás salir a pérdida.
entonces sumas todos tus costos, sumas tu mano de obra (ganancia) y le das el valor.
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tengo claro como cobrar,..pasa que como el cliente es un particular y no rebaja iva,..no quiere factura,..y si se lo cobro....como es un costo que no esta dispuesto a asumir,. no ara el trabajo, al menos conmigo, a menos que invente una formula en que el no pague el iva o no tanto al menos
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Pero todo lo que el compra tiene iva, en este caso tb corre.
Las inmobiliarias no rebajan iva, por ej
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como es eso que no rebajan iva?
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como es eso que no rebajan iva?
Eso mismo po, igual que un particular
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aeerr... el trabajo es 65 millones mas iva??
si es así, dile que el trabajo le sale 77 millones 350 lucas y no le mencionas la palabra "mas iva".
El tema del iva es bien claro, alguien debe pagar el iva, y siempre lo hace el consumidor final. El podría rebajar el iva de la factura que le harás si después vende esa casa o la arrienda, es decir para uso comercial y no particular, pero si no "lucra" con la casa debe asumir el iva nomás... es como tú cuando compras un auto cero kms, y sería un erro creerr que ese iva pagado se pierde, siempre te van a decir eso pero dista mucho de la realidad, si compras un auto a 10 millones no significa que saliendo de la concesionaria cueste 19% menos solo por el hecho de perder ese iva pagado .
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Primero q todo Juda ... q giro tienes tu???? de empresa constructora???
Lo q dice Tanoboy es cierto ... las empresas constructoras pueden rebajar el 65% del iva debito(iva de las ventas) ya q como venden sus bienes a personas naturales (q en su mayoria no recuperan iva) ... no tiene sentido q lo pagen si no lo podran recuperar...
Tu, indepeniente del negocio q tengas, siempre debes pagar el IVA de los productos q vendas y de a quien se los vendas, para eso existen las boletas(en el caso de bienes mas pequeños)....
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Primero q todo Juda ... q giro tienes tu???? de empresa constructora???
Lo q dice Tanoboy es cierto ... las empresas constructoras pueden rebajar el 65% del iva debito(iva de las ventas) ya q como venden sus bienes a personas naturales (q en su mayoria no recuperan iva) ... no tiene sentido q lo pagen si no lo podran recuperar...
Tu, indepeniente del negocio q tengas, siempre debes pagar el IVA de los productos q vendas y de a quien se los vendas, para eso existen las boletas(en el caso de bienes mas pequeños)....
Gracias Alejandra con esto me queda super claro,..y si uno de los giros es construcción.