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General => De Todo Un Poco => Mensaje iniciado por: Iscariot en Diciembre 15, 2010, 22:33:40 pm
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Estimados,
Quisiera consultarles lo siguiente acerca de las imposiciones por AFP. Si uno tiene la mayoría de trabajo a honorarios y paga como independiente su salud (en este caso Isapre), pero decide comenzar a imponer en AFP como independiente, y tengo pensado hacer lo siguiente: No imponer durante el año, pero retener el 10% de las boletas de honorarios (que sería equivalente al 10% que descuentan de AFP cuando estás contratado), y luego depositar la totalidad de la devolución de impuestos al año siguiente a la AFP.
¿Se puede hacer esto?
¿Se hace en la cuenta habitual o a través de APV (no cacho mucho de este tema)?
¿Es rentable, o me conviene descontar un porcentaje de mi sueldo mensual (menor al 10% eso sí) y luego depositar parte de la devolución de impuestos (por ejemplo, un 5% del sueldo durante el año y la mitad de la devolución de impuestos al final?
Cualquier orientación se agradece! :)
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Si lo puedes hacer.
Pero la idea es que lo hagas en la cuenta de capitalización obligatoria.
Si lo haces en el APV te vas a tentar y podrás sacar esa plata.
Yo te recomiendo cotizar en la obligatoria aunque sea por el minimo, ya que a futuro, cuando necesites pensionarte por cualquier modalidad, estas lagunas en tus cotizaciones, afectarán el monto final de la pensión.
No se si puedes pagar todos los meses atrasados de una vez (yo creo que si), pero tambien puedes hacer un "DNP" (Cotización Declarada y No Pagada), luego te pones al día con los pagos... supongo que para los Independientes tambien se puede.
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Recuerda que la AFP te cobra una comision que es algo mas del 2% de tu renta imponible, es probable que te obliguen a acreditar renta.
El servicio no es gratuito.
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Recuerda que la AFP te cobra una comision que es algo mas del 2% de tu renta imponible, es probable que te obliguen a acreditar renta.
El servicio no es gratuito.
No, no es así.
Mi viejo cotiza independiente y en la papeleta escribe como renta lo que quiere.
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No, no es así.
Mi viejo cotiza independiente y en la papeleta escribe como renta lo que quiere.
Mira que honesto tu viejo eh :D
No si eta bien., hay que robarle nomas a esos ladrones qlos :risa2:
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Naaa. si no se trata de robarle a la AFP, ni de ser honesto.
Obviamente si escribes en el formulario 1 palo como renta mensual la cotización será mayor.
Cuando las lucas en el mes están malas, cotiza por el minimo nomas... pero la idea es no tener lagunas porque afecta al momento de pesionarte.
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Naaa. si no se trata de robarle a la AFP, ni de ser honesto.
Obviamente si escribes en el formulario 1 palo como renta mensual la cotización será mayor.
Cuando las lucas en el mes están malas, cotiza por el minimo nomas... pero la idea es no tener lagunas porque afecta al momento de pesionarte.
O sea yo no creo que tu viejo pueda poner cualquier cosa en el formulario, porque tiene que haber concordancia entre lo depositado y lo declarado como renta, no creo que los socios de la AFP se queden de brazos cruzados si depositas 100 lucas y declaras el minimo.
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Ché, yo cotizé mucho tiempo como independiente y la renta que pones es cosa tuya, pues eres tu quien paga las imposiciones, son imposiciones VOLUNTARIAS que van a la cuenta obligatoria, por lo tanto si ganas un palo y te impones por el mínimo eres tu el que pierde, no la AFP, ellos cobran la comisión igual.
Como empleado dependiente es diferente pues si te imponen por menos de lo que aparece en el contrato el empleador te está robando plata que por contrato te corresponde.
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Ché, yo cotizé mucho tiempo como independiente y la renta que pones es cosa tuya, pues eres tu quien paga las imposiciones, son imposiciones VOLUNTARIAS que van a la cuenta obligatoria, por lo tanto si ganas un palo y te impones por el mínimo eres tu el que pierde, no la AFP, ellos cobran la comisión igual.
Como empleado dependiente es diferente pues si te imponen por menos de lo que aparece en el contrato el empleador te está robando plata que por contrato te corresponde.
La verdad es qiue desconozco como funciona el tema, lo unico de qe tengo certeza es que la comisión de la AFP depende de tu sueldo y es algo mas de un 2% del imponible.
Por eso digo que no me parece lógico que declares el minimo y deposites 100 lucas, no creo que la afp te aguante eso.
En resumen lo que digo es que probablemente en esos casos la comision la calculan de acuerdo a lo depositado.
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La verdad es qiue desconozco como funciona el tema, lo unico de qe tengo certeza es que la comisión de la AFP depende de tu sueldo y es algo mas de un 2% del imponible.
Por eso digo que no me parece lógico que declares el minimo y deposites 100 lucas, no creo que la afp te aguante eso.
En resumen lo que digo es que probablemente en esos casos la comision la calculan de acuerdo a lo depositado.
Claro, eso es obvio, ciertamente no habia entendido lo que habias querido decir, y creo que tu tampoco entendiste lo que dijo cristian, que fue "Mi viejo cotiza independiente y en la papeleta escribe como renta lo que quiere", no dijo que depositaba algo distinto a lo declarado.
Uno puede poner la renta que uno quiera, incluso si no trabajas pero alguien te cotiza puede ser tanto por el sueldo minimo como por el tope legal, lo cierto es que tal como dices ché, la comisión de la afp se calcula de acuerdo a la renta declarada.
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Primero que nada: si tu declaras, por ejemplo, un sueldo de 1 millon debes cotizar obligadamente el 10 % para la cuenta de capitalizacion individual+ 7% de salud (si es que no estas en isapre, si estas en isapre debes cancelar el valor del plan si este es mayor al 7%)+ 1,87% seguro invalidez, + comision de afp que depende de cada afp (por ejemplo, en el caso de Planvital es un 2,36%, es decir aproximadamente un total del 21% de tu renta ( $210.000.-) debe cancelarse por concepto previsional, no puedes acumular para pagar una sola vez al año ya que por ley las Afp no pueden cobrar ni recaudar cotizaciones atrasadas a los independientes y en todo caso lo recomendable es imponer todos los meses para que haya constancia en los aportes y estos tengan ganancias mensualmente, lo que si puedes hacer es cotizar por un monto menor y además cotizar voluntariamente en la cuenta dos ó APV., ojalá esto te sirva para clarificar tu situación.
Además te informo que a contar de enero de del año 2012 todos los trabajadores independientes estarán obligados a efectuar cotizaciones previsionales.
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Muchísimas gracias por sus datos Cristian, ché, Truco y negrogiro; me queda mucho más claro el tema.
En realidad la inquietud la planteo porque quiero imponer lo que corresponde.... pero considerando el 10% que descuentan por las boletas y mi plan de salud (que debiera ser alrededor de un 5%), no se si podría agregar otro 10% adicional, ya que se me va el 25% del sueldo en este concepto, es demasiado. Por lo mismo pensaba una solución intermedia como sería depositar el 5% de mi sueldo mensualmente como imposición, y luego la mitad de mi devolución de impuestos en la cuenta 2 o APV (o lo que sea, jaja, no cacho). Aunque me queda una duda...
La cuenta 2 o el APV, ¿se suman a tu monto total previsional ahorrado? ¿se va todo a la misma cuenta y no se puede sacar?
Ché, sinceramente yo metería toda esa plata a una cuenta de ahorro y no le pagaría un peso a las AFP, sin embargo tener una segunda cuenta, abierta, disponible para la tentación tampoco me parece muy bueno. Si bien soy ordenado con mis cuentas, al final igual terminaré en algún momento con algunos empleadores trabajando por contrato, así que igual prefiero centralizar mis lucas en la AFP, a pesar de todo lo que piense del sistema :enojao:.
Negrogiro, se que es obligatorio sin embargo me refiero a un empleador que te paga a honorarios, por lo tanto no es obligación imponer. Muchas gracias por la aclaración del detalle de los descuentos, es algo que siempre es util tener claro. Sobre las imposiciones obligatorias desde el 2012, ¿serían los mismos porcentajes que te exigen para imponer?
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Iscariot, todas estas decisiones afectaran la pension con la q te jubiles, no conosco sobre tus ingresos, pero te puedo decir q lo q es pan para hoy puede ser hambre para mañana, si cotizas por el minimo .. anda ya pensando en una misera pension para tu futuro, de todas formas es menos malo q no cotizar, como te han dicho ya, la gracia de esto es ir cotizando mes a mes, lo q te dara una continuidad y una rentabilidad mejor ... haz un esfuerzo y cotiza concientemente pensando en cuando estes viejito y too cagao ^-^ :risa2:
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Muchísimas gracias por sus datos Cristian, ché, Truco y negrogiro; me queda mucho más claro el tema.
En realidad la inquietud la planteo porque quiero imponer lo que corresponde.... pero considerando el 10% que descuentan por las boletas y mi plan de salud (que debiera ser alrededor de un 5%), no se si podría agregar otro 10% adicional, ya que se me va el 25% del sueldo en este concepto, es demasiado. Por lo mismo pensaba una solución intermedia como sería depositar el 5% de mi sueldo mensualmente como imposición, y luego la mitad de mi devolución de impuestos en la cuenta 2 o APV (o lo que sea, jaja, no cacho). Aunque me queda una duda...
La cuenta 2 o el APV, ¿se suman a tu monto total previsional ahorrado? ¿se va todo a la misma cuenta y no se puede sacar?
Ché, sinceramente yo metería toda esa plata a una cuenta de ahorro y no le pagaría un peso a las AFP, sin embargo tener una segunda cuenta, abierta, disponible para la tentación tampoco me parece muy bueno. Si bien soy ordenado con mis cuentas, al final igual terminaré en algún momento con algunos empleadores trabajando por contrato, así que igual prefiero centralizar mis lucas en la AFP, a pesar de todo lo que piense del sistema :enojao:.
Negrogiro, se que es obligatorio sin embargo me refiero a un empleador que te paga a honorarios, por lo tanto no es obligación imponer. Muchas gracias por la aclaración del detalle de los descuentos, es algo que siempre es util tener claro. Sobre las imposiciones obligatorias desde el 2012, ¿serían los mismos porcentajes que te exigen para imponer?
Es bien dificil la verdad no tentarse con la plata, creo que si no queires pagar el costo que tiene resguardar tus fondos en una afp puedes optar por otras alternativas.
Por las caracteristicas de tu pega es poco probable que trabajes con un contrato todo el tiempo, yo optaría por mantener las lucas por cuenta propia de modo tal de disponer de ellas a tu entero antojo, apelando a la responsabilidad individual.
La cuenta 2 es una excelente alternativa, yo tengo algunos pesitos ahí y es de lo mas barato para ahorrar y con rentabiliadades decentes. Si lo pones en el Fondo A es un estimulo a no retirar plata por cualquier cosa.
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Iscariot, todas estas decisiones afectaran la pension con la q te jubiles, no conosco sobre tus ingresos, pero te puedo decir q lo q es pan para hoy puede ser hambre para mañana, si cotizas por el minimo .. anda ya pensando en una misera pension para tu futuro, de todas formas es menos malo q no cotizar, como te han dicho ya, la gracia de esto es ir cotizando mes a mes, lo q te dara una continuidad y una rentabilidad mejor ... haz un esfuerzo y cotiza concientemente pensando en cuando estes viejito y too cagao ^-^ :risa2:
Señorita, si expliqué clarito que quería imponer si o si ;D. El tema es el cómo!
Mis opciones eran:
- Imponer 10% todos los meses y quedarme con mi devolución de impuestos en abril = 10% de imposición.
- Imponer un 5% todos los meses y quedarme con la mitad de mi devolución = 10% de imposición.
- No imponer en los meses e imponer toda mi devolucuión (del 10% de mis ingresos) = 10% de imposición
;D
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Señorita, si expliqué clarito que quería imponer si o si ;D. El tema es el cómo!
Mis opciones eran:
- Imponer 10% todos los meses y quedarme con mi devolución de impuestos en abril = 10% de imposición.
- Imponer un 5% todos los meses y quedarme con la mitad de mi devolución = 10% de imposición.
- No imponer en los meses e imponer toda mi devolucuión (del 10% de mis ingresos) = 10% de imposición
;D
en ese caso ... la mejor es la 1, por el tema de la continuidad
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La cuenta 2 es una excelente alternativa, yo tengo algunos pesitos ahí y es de lo mas barato para ahorrar y con rentabiliadades decentes. Si lo pones en el Fondo A es un estimulo a no retirar plata por cualquier cosa.
Igual me está tincando esa opción 8). Aunque el tema de que se pueda sacar la plata no me gusta, uno nunca sabe que aparece una catástrofe familiar, que se yo... y tienes que echar mano a esa plata. Sinceramente prefiero encalillarme en un crédito si algo así pasara y pagarlo con mi trabajo después, pero no tocar mi cuenta previsional. Eso es lo único que me preocupa.
Esto de la flexibilidad laboral :enojao:.
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en ese caso ... la mejor es la 1, por el tema de la continuidad
Exacto, lo que sucede es lo siguiente: si impongo el 10% de mi sueldo, le sumamos mi 7% de salud (suponiendo, depende de la renta, porque mi plan de isapre no es caro), y si le sumamos el 10% de retención de mis boletas de honorarios.... significa en síntesis un 27% de mi sueldo menos todos los meses :??. Eso es bastante más que el común y mortal que trabaja a contrato y le descuentan el 20% aprox. Por eso es que estaba pensando otras alternativas, considerando que siempre el recibir el "bono abril" de la devolución del SII nunca ha sido muy motivante para mi, me gusta recibir menos plata y sistemática a una buena cantidad de lucas una vez al año.
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Exacto, lo que sucede es lo siguiente: si impongo el 10% de mi sueldo, le sumamos mi 7% de salud (suponiendo, depende de la renta, porque mi plan de isapre no es caro), y si le sumamos el 10% de retención de mis boletas de honorarios.... significa en síntesis un 27% de mi sueldo menos todos los meses :??. Eso es bastante más que el común y mortal que trabaja a contrato y le descuentan el 20% aprox. Por eso es que estaba pensando otras alternativas.
si pero a los otros trabajadores no les devuelven el 10% una vez al año po ;), pregunta: si tu plan es menor, igual tienes q cotizar el 7%??? no puedes pagar solo el valor de tu plan??
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si pero a los otros trabajadores no les devuelven el 10% una vez al año po ;), pregunta: si tu plan es menor, igual tienes q cotizar el 7%??? no puedes pagar solo el valor de tu plan??
No, en realidad es menos del 7%... pero depende del sueldo finalmente. Yo pago todos los meses mi plan, independientemente de cuanto gane, hay meses que puede ser el 0,1% ;D y otros meses que puede ser el 50% :'(, jajaja.
Con respecto a la devolución, por eso preguntaba si es que podía no imponer durante el año e imponer mi devolución de impuestos completa. El tema es que perdería los intereses del año, cosa que no se realmente si es tan relevante.
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si pero a los otros trabajadores no les devuelven el 10% una vez al año po ;), pregunta: si tu plan es menor, igual tienes q cotizar el 7%??? no puedes pagar solo el valor de tu plan??
No porque la cotización minima de salud es 7%, en todo caso no conozco ningun plan de isapres que sea inferior al 7% ya que todos los planes parten con la base de este porcentaje.
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No porque la cotización minima de salud es 7%, en todo caso no conozco ningun plan de isapres que sea inferior al 7% ya que todos los planes parten con la base de este porcentaje.
No po tio, hay planes en las isapres, para los hombres generalmente, q no alcanzan el 7%, y en el caso de los trabajadores dependientes q se les descuenta igual el 7%, la diferencia a favor del trabajador se les devuelve en forma de excedentes ...
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Con respecto a la devolución, por eso preguntaba si es que podía no imponer durante el año e imponer mi devolución de impuestos completa. El tema es que perdería los intereses del año, cosa que no se realmente si es tan relevante.
Además de lo anterior, debes considerar que la cotizacion tiene como tope una base imponible de 64,7Uf por lo que no podrías cotizar mas del 20% app.de esa cantidad.
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No porque la cotización minima de salud es 7%, en todo caso no conozco ningun plan de isapres que sea inferior al 7% ya que todos los planes parten con la base de este porcentaje.
Siendo bien sincero, como soy hombre, joven, soltero, sin preexistencias, bla bla.... tengo un plan bastante digno, el que viene después del más básico y vale casi 30 lucas mensuales. Pensando en las posibilidades de pega para el 2011, mi idea es que esas 30 lucas sean menos del 7% de mi sueldo 8) :P.
Además de lo anterior, debes considerar que la cotizacion tiene como tope una base imponible de 64,7Uf por lo que no podrías cotizar mas del 20% app.de esa cantidad.
Chuta, ahi me perdi un poco... el 20% de eso tendría que ser mensual? anual?. Me pilló :(.
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Igual me está tincando esa opción 8). Aunque el tema de que se pueda sacar la plata no me gusta, uno nunca sabe que aparece una catástrofe familiar, que se yo... y tienes que echar mano a esa plata. Sinceramente prefiero encalillarme en un crédito si algo así pasara y pagarlo con mi trabajo después, pero no tocar mi cuenta previsional. Eso es lo único que me preocupa.
Esto de la flexibilidad laboral :enojao:.
Encalillate en el credito y no saques la plata, cual es el problema¿?
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No po tio, hay planes en las isapres, para los hombres generalmente, q no alcanzan el 7%, y en el caso de los trabajadores dependientes q se les descuenta igual el 7%, la diferencia a favor del trabajador se les devuelve en forma de excedentes ...
Tienes razón, pero a lo que me refería es que cuando partes contratando un plan este toma como base el 7% de tu imponible en ese momento y si por ejemplo tu plan de salud es 1 uf mensual y en el transcurso del período tu remuneracion cambió y tu 7% es superior a 1 Uf en ese caso se produce el excedente del cual hablas.
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Siendo bien sincero, como soy hombre, joven, soltero, sin preexistencias, bla bla.... tengo un plan bastante digno, el que viene después del más básico y vale casi 30 lucas mensuales. Pensando en las posibilidades de pega para el 2011, mi idea es que esas 30 lucas sean menos del 7% de mi sueldo 8) :P.
Chuta, ahi me perdi un poco... el 20% de eso tendría que ser mensual? anual?. Me pilló :(.
las 64,7 uf es el tope máximo imponible mensual
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Encalillate en el credito y no saques la plata, cual es el problema¿?
En realidad tienes razón, técnicamente no tengo ni una obligación de sacar la plata. Pero igual, el tema de tener un fondo de plata disponible creo que siempre acarrea algún riesgo.
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En realidad tienes razón, técnicamente no tengo ni una obligación de sacar la plata. Pero igual, el tema de tener un fondo de plata disponible creo que siempre acarrea algún riesgo.
Pa un Golf GT :risa2:
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las 64,7 uf es el tope máximo imponible mensual
Perfecto, entiendo. Eso significa que no podría imponer más que ese monto de mi devolución de impuestos, si es que lo hiciera del modo que estaba pensando.
Gracias por la aclaración, tío ;D.