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General => De Todo Un Poco => Mensaje iniciado por: Tandersan en Agosto 20, 2013, 16:40:39 pm

Título: Consulta sobre seguro de cesantía
Publicado por: Tandersan en Agosto 20, 2013, 16:40:39 pm
¿Es obligatorio que las empresas, cuando te contratan, descuenten el "saldo del afiliado"?
Título: Re:Consulta sobre seguro de cesantía
Publicado por: don chapu en Agosto 20, 2013, 16:45:21 pm
te refieres al seguro de cesantia de la AFC?
o a un seguro particular
Título: Re:Consulta sobre seguro de cesantía
Publicado por: Tandersan en Agosto 20, 2013, 16:49:20 pm
Al del AFC.
Me di cuenta que no me hacen descuento en la liquidación, sólo hay aporte del empleador.
Título: Re:Consulta sobre seguro de cesantía
Publicado por: don chapu en Agosto 20, 2013, 16:58:52 pm
¿Cuánto me deben descontar de mi sueldo cada mes para el Seguro de Cesantía?


La respuesta dependerá del tipo de Contrato de Trabajo que usted posea.
 
Es importante saber que a un trabajador le pueden descontar parte de su sueldo, sólo si tiene un Contrato de Trabajo a Plazo Indefinido. Cualquier otro tipo de Contrato (a plazo o para una obra, trabajo o servicio determinado), obliga al empleador a pagar la totalidad del aporte al Seguro de Cesantía, es decir, el 3% de la remuneración imponible mensual.

me imagino que no tienes contrato indefinido
Título: Re:Consulta sobre seguro de cesantía
Publicado por: Tandersan en Agosto 20, 2013, 17:19:37 pm
 :??
Seh, soy parte del pueblo que le dan pega por x meses y luego al Pem y al Poj.  :(

Gracias!
Título: Re:Consulta sobre seguro de cesantía
Publicado por: don chapu en Agosto 20, 2013, 17:36:40 pm
tomalo por el lado positivo...
cuando te del la PLR no te descontaran el aporte del empleador en el finiquito
Título: Re:Consulta sobre seguro de cesantía
Publicado por: GABRIEL en Agosto 20, 2013, 20:37:14 pm
Y cuanto paga?  Lo que se a aportado?  O un sueldo similar a lo que se ganaba?

Enviado desde mi GT-I9300 usando Tapatalk 2

Título: Re:Consulta sobre seguro de cesantía
Publicado por: pipe_5 en Agosto 20, 2013, 21:13:53 pm
Y cuanto paga?  Lo que se a aportado?  O un sueldo similar a lo que se ganaba?

Enviado desde mi GT-I9300 usando Tapatalk 2

Lo aportado solamente.
Título: Re:Consulta sobre seguro de cesantía
Publicado por: Patagonia en Agosto 20, 2013, 21:26:04 pm
No solo paga lo aportado, también hay un fondo solidario que suma cuando lo aportado no alcanza al mínimo o para suplir un par de meses cuando se agota el aporte individual.

También da derecho a cobertura de fonasa sin costo y otros beneficios.

http://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/seguro-de-cesantia (http://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/seguro-de-cesantia)


don Chapu, cómo es eso de descuento por parte del empleador de su aporte? suena bien ilógico...
Título: Re:Consulta sobre seguro de cesantía
Publicado por: don chapu en Agosto 20, 2013, 21:26:10 pm
Como toda vendida de pomada de los que estubieron 20 años gobernando se suponia que era un seguro de cesantia que cubria al menos el 75% del ultimo sueldo.
cuando salio el sistema se redujo solo a un aporte para una cuenta de ahorro en donde te dan solo lo que alcanzaste a juntar en el tiempo que fue pagado, como requisito debes tener 12 meses de imposiciones para poder retirar las lukas.
mas grave es el caso de los que tienen contrato indefinido porque al momento de finiquitar, te descuentan el aporte que hizo el empleador en el monto del finiquito con todos los intereses que haya ganado, en resumen, el empleador no pone niuno.
Título: Re:Consulta sobre seguro de cesantía
Publicado por: don chapu en Agosto 20, 2013, 21:30:03 pm
No solo paga lo aportado, también hay un fondo solidario que suma cuando lo aportado no alcanza al mínimo o para suplir un par de meses cuando se agota el aporte individual.

También da derecho a cobertura de fonasa sin costo y otros beneficios.

http://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/seguro-de-cesantia (http://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/seguro-de-cesantia)


don Chapu, cómo es eso de descuento por parte del empleador de su aporte? suena bien ilógico...


¿Puede el empleador descontar de la indemnización por años de servicio el aporte de su cargo que ha hecho al seguro de cesantía?
El seguro de desempleo establecido en la ley N° 19.728, obliga al trabajador a cotizar para su Cuenta Individual de Cesantía un 0,6% de sus remuneraciones y al empleador aportar el 1,6% de su cargo. El empleador, además de cotizar el porcentaje señalado, debe cotizar de su costo, para un Fondo Solidario de Cesantía el 0,8% de la remuneración del trabajador, Fondo que se complementa con el aporte mensual de 18.816 UTM que mensualmente hará el Estado. Ahora bien, la referida ley estableció en su inciso 2º del artículo 13 que la eventual indemnización por años de servicios a que tendría derecho el trabajador en el caso de ser despedido por el artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, por necesidades de la empresa, no se ve afectada, pero se imputa a esta indemnización la parte del Saldo de la Cuenta Individual de Cesantía constituida por las cotizaciones efectuadas por el empleador (1,6%) más su rentabilidad, deducidos los costos de administración que correspondan. De esta manera, el empleador se encuentra facultado para descontar de la indemnización por años de servicio la parte correspondiente al 1,6% que se ha aportado a la cuenta individual del trabajador. Sin embargo el empleador que pretende imputar a la indemnización sus aportes al sistema de cesantía, deberá solicitar a la Administradora de Fondos de Cesantía que le determine el monto de tales aportes así como la rentabilidad que generó.


Título: Re:Consulta sobre seguro de cesantía
Publicado por: Patagonia en Agosto 20, 2013, 21:31:34 pm
Como toda vendida de pomada de los que estubieron 20 años gobernando se suponia que era un seguro de cesantia que cubria al menos el 75% del ultimo sueldo.
cuando salio el sistema se redujo solo a un aporte para una cuenta de ahorro en donde te dan solo lo que alcanzaste a juntar en el tiempo que fue pagado, como requisito debes tener 12 meses de imposiciones para poder retirar las lukas.
mas grave es el caso de los que tienen contrato indefinido porque al momento de finiquitar, te descuentan el aporte que hizo el empleador en el monto del finiquito con todos los intereses que haya ganado, en resumen, el empleador no pone niuno.

Me parece que te refieres a los trabajadores con contratos anteriores a 2002 cuando salió la ley, en ese caso la afiliación es voluntaria por parte del trabajador y no tengo claro como queda el aporte del empleador, lo que mencionas es un caso puntual o la ley lo dice así? Para el caso de los contratos efectuados con posterioridad al inicio de la ley la afiliación es automática y el empleador está obligado a aportar el 2,4% que pasa a ser del trabajador+fondo solidario

http://www.afcchile.cl/frameset.asp?orden=3 (http://www.afcchile.cl/frameset.asp?orden=3)

ok, ahora veo con despido por artículo 161, acá lo encontré en la BCN, solo queda el 0,8% que va al fondo solidario

El aporte del empleador asciende al 2,4% de las remuneraciones imponibles del trabajador con contrato indefinido. De este aporte, sólo un 1,6% se abona en la cuenta individual del trabajador, y el 0,8% restante ingresa a un fondo de reparto, denominado “Fondo de Cesantía Solidario". Cabe señalar que el aporte de 1,6% con cargo al empleador es deducible de la indemnización a que tiene derecho el trabajador con contrato indefinido cuando es despedido “por necesidades de la empresa”.
Título: Re:Consulta sobre seguro de cesantía
Publicado por: don chapu en Agosto 20, 2013, 21:38:15 pm
este tema es para quedar plop
yo he pasado dos veces por lo mismo y averiguando la ley simplemente es asi, el empleador descuenta su aporte desde el finiquito.
tal vez uno de nuestros capos en temas laborales pueda dilucidar mas el tema.
Título: Re:Consulta sobre seguro de cesantía
Publicado por: MK1 en Agosto 21, 2013, 08:05:29 am
El seguro de Cesantia de la AFC funciona tal como lo indica Chapu.  :clap: