Conduce Chile
General => De Todo Un Poco => Mensaje iniciado por: criinost en Marzo 29, 2013, 11:42:05 am
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me quieren despedir por faltas a la probidad.
trabajo en una tienda de retail, en enero me compre un producto X, lo compre con 70% de descuento cosa que se puede ver excesiva, pero créanme que habitualmente uno como trabajador compra hasta con 90% descuento y mas.
me pidieron que renunciara, lo cual no hice puesto que les dije que yo no me había robada nada.
me pidieron que no volviera el día de ayer que la carta me la harían llegar al domicilio.
ellos solo tienen la boleta con el código del producto y el valor final que yo pague, el descuento no se ve reflejado. ademas el precio que yo pague estaba autorizado por el jefe del área.
me pueden despedir por la causal que ellos esgrimen?
ademas esto paso hace tres meses?
tengo casi la seguridad que al final me despedirán por necesidades de la empresa en ese caso podría iniciar acciones legales yo contra la empresa?
cualquier orientación o comentario se los agradecería.
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que dice tu contrato y los reglmentos internos sobre las ventas a funcionarios?
que dice el jefe de area que autorizo la venta a ese precio?
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sobre el reglamento no lo tengo claro todavía para variar son cosas que uno lamentablemente lee solo cuando lo necesita.
todavía no tiene la versión del jefe del área, partieron de atrás para adelante. se supone que recién el sabado le preguntaran.
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La falta a la probidad en general aplica cuando hay hurtos apropiación indebida es decir delitos que requieren el respaldo de una denuncia penal por parte del empleador. A veces se aplica al estado de ebriedad en el lugar de trabajo pero incluso en ese caso se discute y hay jurisprudencia dispar.
Guarda todos los antecedentes que puedas ya que si finalmente aplican necesidades de la empresa puedes pedir aumento de la indemnización por despido injustificado ya que te estaban presionando previamente para renunciar.
Quédate tranquilo lo que describes jamás podría ser calificado como falta de probidad por ningún tribunal laboral en Chile y menos por las Cortes.
Saludos.
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Estoy de acuerdo con Batu y por el momento asiste a tu trabajo como corresponde y espera la carta de despido para efectuar las acciones correspondientes según los argumentos que sean esgrimidos en esa carta o finiquito.
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gracias rommel y batu, igual estoy recomplicado con el asunto.
gerencia me pidió que no me presentara a trabajar el día de ayer, con la excusa que la carta seria enviada dentro de estos tres dias.
igual yo tengo contrato de exclusiva confianza por lo que no queda registro de marcas de hora de entrada y de salida( trabajo 10 horas diarias mas 2 de colación) , me dijeron que en caso de que la empresa me despida por faltar dos dias igual puedo llevar testigos.
ojala no tenga que recurrir a ningún tramite mas, de verdad que en estas ocasiones uno queda tan bajoneado que lo único que quiere es terminar luego esto.
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gracias rommel y batu, igual estoy recomplicado con el asunto.
gerencia me pidió que no me presentara a trabajar el día de ayer, con la excusa que la carta seria enviada dentro de estos tres dias.
igual yo tengo contrato de exclusiva confianza por lo que no queda registro de marcas de hora de entrada y de salida( trabajo 10 horas diarias mas 2 de colación) , me dijeron que en caso de que la empresa me despida por faltar dos dias igual puedo llevar testigos.
ojala no tenga que recurrir a ningún tramite mas, de verdad que en estas ocasiones uno queda tan bajoneado que lo único que quiere es terminar luego esto.
mientras no te despidan tienes que seguir llendo, si no la excusa seria ausencia al trabajo
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mientras no te despidan tienes que seguir llendo, si no la excusa seria ausencia al trabajo
Eso mismo, lo otro sería ir con un inspector del trabajo.
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Y que te dijeron en RRHH ???
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Como te dijeron: preséntate a trabajar sino el despido es por abandono de labores.
Yo ya habría hecho denuncia en Inspección del trabajo, específicamente por acoso laboral. Estás en algún sindicato?
Nunca te entregaron el Reglamento interno? (eso es una falta si es el caso).
Tienes antigüedad en tu trabajo?; lo que debes hacer ahora es andar con pie pesado, claramente te quieren despedir sin pagarte nada; tal vez no cambies su decisión, pero hazla difícil y que no les salga gratis.
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alfredo, por contrato no puedo pertenecer a ningún sindicato, tenia un puesto de jefatura y de exclusiva confianza de mi empleador.
como pensé que la carta me la harían llegar el dia jueves no fui a dejar constancia en la inspección del trabajo, recién la podre realizar e el dia lunes, igual complicado dado que por turno me correspondía trabajar sabado y domingo.
en RRHH, me comento la jefa que no me preocupara que el actuar de la empresa nunca procedía de esa manera, la verdad confió en ella ya que esto me lo dijo en forma super confidencial ademas de amigos.
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Anda a tu trabajo como todos los días, si no vas esa si es una falta, no te han dado ninguna comunicación formal, para despedirte por falta a la probidad no tienen ninguna manera de ganar en la IT según lo que cuentas (a menos que tu contrato estipule que no puedes comprar, etc), si te quieren echar te tienen que pagar todo. Anda mañana a trabajar y trata de dejar la denuncia altiro de lo que te dijeron (incluyendo que no fuera sa trabajar), incluso creo que puedes hacerla ahora por internet aunque no estoy seguro.
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No Patagonia, no importa que diga el contrato o el Reglamento -que se entiende incorporado a éste- la falta de probidad es falta de honradez o sea sustracción de dinero, hurtos, etc. , delitos. Para lo otro existe una causal específica: "Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato". La aplicación de las causales de despido son de Derecho estricto en materia laboral . Si el empleador la aplica mal, cooperó y el despido es injustificado.
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gracias patagonia, recién deje la constancia vía web
http://tramites.dirtrab.cl/tramitesenlineatrabajadores/Constancias/IngresoConstancia.aspx (http://tramites.dirtrab.cl/tramitesenlineatrabajadores/Constancias/IngresoConstancia.aspx)
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Yo estoy en una situación similar, estoy en uno de los puntos descritos en el Art. 22 del Código del Trabajo, no marco asistencia ni horario, por lo que tengo claro que no me podrán despedir por ausentarme ni llegar tarde, me parece que en su caso es similar, por lo que no veo tan grave que no vayas el sábado y domingo, de todas maneras esos días manda algunos email desde tu correo corporativo y ojalá que te respondan alguno, para que quede constancia de que trabajarse esos días.
Enviado desde mi GT-N7000 usando Tapatalk 2
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Anda a trabajar mañana, has como que nada ha pasado hasta que te formalicen el despido, nunca será bueno quedarse en un trabajo donde no te quieren y si te tienen ganas, te van a echar por eso o por cualquier otro motivo , de modo que espera a ver que pasa, si te despiden efectivamente toma las acciones legales que correspondan
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Poco pueden hacer, ya que el riesgo de que se les vaya encima la IT es muy alto.
Para despedirte por "faltas a la probidad" o "robo" deben presentar pruebas (ej, si robaste, un video
que te pille in fraganti).
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Que lata... yo te doy un consejo un poco distinto... averigua que esta pasando, primero si es efectivo que cometiste una falta grave comprando el artículo con descuento y si efectivamente te van a despedir por falta de probidad.... en tal caso cuando te llegue el aviso estas fuera, se acabó y estas finiquitado por esa causal, sin derecho a indemnización alguna... DESPUES de eso tienes derecho de pataleo, juicio, primera instancia y probablemente Corte de Apelaciones, para recien entonces, sólo si ganas, recibir una indemnización al peo de los perjuicios que sufriras... y en el intertanto si buscas pega te van a pedir el ultimo finiquito y a dar explicaciones y poner caritas. Por lo mismo, averigua bien que onda, y si efctivamente tienen argumento y piensan despedirte negocia pa salir por la puerta ancha.
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A los Art. 22 igualmente les llevo registro de asistencia. Estos tipos no tienen limitación de jornada, pero cuentas claras conservan la amistad.
Aca despedí a un tipo la semana pasada porque lo pillaron infraganti robando cables de cobre (dos rollos de 6 y 4 kilos c/u), y lo iba a despedir por falta de probidad, pero aca me frenaron y lo despidieron por necesidades de la empresa porque no les gusta meterse en weas con la Inspección. Y eso que tenía videos y el parte policial. El tipo fue condenado al dia siguiente en juicio abreviado a 2 meses en la Peni por Hurto Agravado. Tambien tengo grabaciones de un Ejecutivo de Call Center puteando a un cliente, le iba a cortar la cabeza en el mismo momento y también me frenaron, pq tenemos un viejo que es zorro en estos temas y me dijo "wn, como le probamos al juez que el wn de la grabación es quien tú dices que es?", y me cagó, se fue por necesidades de la empresa. Al final del cuento, es MUY dificil desvincular a un trabajador por las causales que comentamos, porque el juez es pro-trabajador y no admiten este tipo de pruebas en su gran mayoría.
Como consejo viejito, trata de negociar tu salida por necesidades de la empresa (así puede cobrar los seguros hipotecarios si pagas dividendo o creditos de consumo) y sigue los pasos que te comentan aca para protegerte y que te paguen todo lo que te corresponde. Somos varios los especialistas de RRHH que te podemos guiar.
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Acá en mi trabajo, hubo un grupo de personas que en 2010 despidieron por faltas a la probidad. Se embolsaron como 120 palos, por lo menos dentro de lo que se pudo identificar. Yo participé activamente en la investigación interna, y por cualquier lado, era claro que estaban haciendo negocios truculentos.
La cosa es que después de asistir varias veces a tribunales, se determino que finalmente la empresa debía indemnizarlos a ellos.
Me imagino que por falencias administrativas que tenía la empresa, puede que nada de lo que hicieron estuviera fuera de lo legal.
Con esto me da la impresión, de que para que se pueda despedir por faltas a la probidad, se debe tener un buen artefacto de argumentos para lograrlo.
En tu caso, me parece que tu empresa no tiene buena base . No le veo por ningún lado que ellos tengan las de ganar.
Suerte en todo :thumbsup:
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bueno finalmente me llego la carta de despido.
la causa dice por" incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato"
mañana tengo una reunión con un abogado amigo, para seguir con las acciones legales que correspondan.
igual me dijeron en la inspección que lo mio a los mas daba para una carta de amonestación.
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bueno finalmente me llego la carta de despido.
la causa dice por" incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato"
mañana tengo una reunión con un abogado amigo, para seguir con las acciones legales que correspondan.
igual me dijeron en la inspección que lo mio a los mas daba para una carta de amonestación.
shanfle... que mal... preparen la demanda, porque el incumplimiento grave no da derecho a indemnizacion :cop2:
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No tienen cómo defender el caso, a demandarlos y vas a tener indemnización con recargo más encima...
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y no podis comprar algun producto con descuento antes de que te vayan ? :cop2:
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Lo malo de estas cosas es que la empresa juega con la desesperación de los empleados ya que los juicios duran bastante y mientras el empleado necesita seguir sosteniéndose.
Lo otro negativo es el finiquito en si mismo, si en tu próximo trabajo te piden copia del finiquito anterior....next. En todo caso es raro que lo pidan.
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Lo malo de estas cosas es que la empresa juega con la desesperación de los empleados ya que los juicios duran bastante y mientras el empleado necesita seguir sosteniéndose.
Lo otro negativo es el finiquito en si mismo, si en tu próximo trabajo te piden copia del finiquito anterior....next. En todo caso es raro que lo pidan.
pero con la reforma laboral los juicios son mas expeditos, segun tengo entendido... o no? antes duraban como tres años
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ahora son rápidos y el empleador tiene todas las de perder
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pero con la reforma laboral los juicios son mas expeditos, segun tengo entendido... o no? antes duraban como tres años
Mi mujer estuvo en un juicio laboral por mas de 6 meses el año pasado. Para alguien que necesita trabajar y necesita ir a varias audiencias, esto es demasiado según mi opinión
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Mi mujer estuvo en un juicio laboral por mas de 6 meses el año pasado. Para alguien que necesita trabajar y necesita ir a varias audiencias, esto es demasiado según mi opinión
igual eso es rapido encuentro yo, pedir menos seria mucho... pero bueno... :cop2:
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Como consejo viejito, trata de negociar tu salida por necesidades de la empresa (así puede cobrar los seguros hipotecarios si pagas dividendo o creditos de consumo) y sigue los pasos que te comentan aca para protegerte y que te paguen todo lo que te corresponde. Somos varios los especialistas de RRHH que te podemos guiar.
si no es por necesidades de la empresa no se puede cobrar los seguros por cesantia?
ejemplo créditos de consumo
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Esa causal solo es aplicable a mandarse doña cagada en la pega, no a robar algo.
Se pusieron la cuerda al cuello solitos wn, "tranquilo" (bien entre comillas) porque ahora son ellos los llamados a probar el grave incumplimiento del contrato.
Mañana temprano andate corriendo a la Inspección del Trabajo y deja una denuncia por "Despido Injustificado" y en menos de 15 días estarán sentados frente a frente exponiendo sus puntos de vista. Será divertido ver como se derrumba la causal invocada cuando comiencen a contar la historia, jojo. Tu no hables mas de la cuenta, deja que ellos se defiendan, tienes todo para ganar solo negandote a firmar el finiquito que ellos proponen.
Te aconsejo que en la misma citación, le ofrescas a la empresa que te finiquiten por necesidades de la empresa y asi no los demandas por "Infracción a los Derechos Fundamentales del Trabajador" cuando le digas esto se van de culo!!! 8)
Por lo que te están acusando, se viola el derecho al honor y a la intimidad de las personas (articulo 19 N°4)
Además:
El artículo 5º del Código del Trabajo, consagra legalmente la función limitadora que tienen los derechos fundamentales respecto de los poderes empresarios.
“ El ejercicio de las facultades que la ley le reconoce al empleador, tiene como límite el respeto a las garantías constitucionales de los trabajadores, en especial cuando pudieran afectar la intimidad, la vida privada o la honra de éstos”
Las empresas condenadas por prácticas antisindicales y derechos fundamentales del trabajador quedan excluidos de contratar con el Estado por 2 años según la Ley de Compras del Estado (Ley N°19.886).
Anda clarito con todos estos datos al comparendo (leyes, articulos, números y weas varias) y verás como se arreglan las cosas.
Si te puedes aguantar un juicio, dale un poco de su propio chocolate a esos qls, de lo contrario trata de dejar cerrado el tema en el comparendo, No le des muchas opciones "o nos arreglamos aquí y ahora o nos vamos a juicio por infracción a los derechos fundamentales". Si toman la segunda opción la patada en la raja va para el que no aceptó el acuerdo.
MK1 SAPBE! 8) :clap:
Suerte!
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si no es por necesidades de la empresa no se puede cobrar los seguros por cesantia?
ejemplo créditos de consumo
NO, solo aceptan por "necesidades de la empresa" o por "mutuo acuerdo de las partes con indeminización por años de servicio"
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MK1 SAPBE! 8) :clap:
Suerte!
+1.. este negrero sabe de lo que habla...
jajaja..
que lata la situacion criinost, mas aun cuando uno se ha portado bien.. y el empleador sale con estos juegos maracos, y uno queda entre la espada y la pared...
pero si te quieren "hechar" sin indemnizacion, demanda.. no puedes renunciar..
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Más sabe el Diablo por "Winner" que por diablo... :pozozipy: :diablo:
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Sos malo CMK1 >:D
:clap: :diablo:
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y va a quedar la cagá
y va a quedar la cagá
y va a quedar la cagá
:risa2:
que buena la de MK1
:reverencia:
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solo desearle mucha suerte al colega criinost y que nos vaya comentando como va la cosa....
saludos
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sacó aplauso MK1, conozco abogados de empresa que van con la misión de negociar porque saben que tienen todas las de perder.
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siguiendo con la historia...
ya puse el reclamo en la inspección y hable con un abogado para ver como seguir este proceso.
una de las cosas que me dejo sorprendido es que aun siendo por contrato un trabajador de exclusiva confianza igual estoy limitado a las 45 horas semanales. dado que si tengo supervision directa.
para buena suerte mia tengo firmado un pacto de horas extras justo tres dias después de haber firmado mi contrato, con lo que en la inspección me dijeron que me deben las horas extras de dos años, algo asi como 500 horas extras.
las que podría cobrar ya que en mi liquidación no aparece ningun concepto o cifra por ese monto.
yo quede :yahoo:, espero que las pueda cobrar.
el abogado me dijo lo mismo.
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siguiendo con la historia...
ya puse el reclamo en la inspección y hable con un abogado para ver como seguir este proceso.
una de las cosas que me dejo sorprendido es que aun siendo por contrato un trabajador de exclusiva confianza igual estoy limitado a las 45 horas semanales. dado que si tengo supervision directa.
para buena suerte mia tengo firmado un pacto de horas extras justo tres dias después de haber firmado mi contrato, con lo que en la inspección me dijeron que me deben las horas extras de dos años, algo asi como 500 horas extras.
las que podría cobrar ya que en mi liquidación no aparece ningun concepto o cifra por ese monto.
yo quede :yahoo:, espero que las pueda cobrar.
el abogado me dijo lo mismo.
500 horas extra??? :??
epic
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Que buena.. ojala tus horas extras valgan buenas lucas...
Espero que tenga un buen final esta travesia, y que encuentres trabajo luego... ;)
saludos.
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trabaje durante 2 años 50 horas semanales.
segun un calculo simple 20 horas mensuales por 24 meses aprox 500 (480)
o me equivoco....?
yo estoy reclamando las horas desde la fecha de ingreso a la empresa.
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Y como calculas las horas extras si no marcabas hora de entrada y salida?
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por lo que leo aca, llevas todas las de ganar, suerte en la travesia, ya no son taaaan largos los juicios laborales como antes, salvo triquiñuleas y cosas por el estilo....pero creo que no aplica en este caso...
Si quieres una segunda opinion de otro abogado, y te paso el dato de un abogado laborista para que vayas a conversar con el
suerte y sigue los consejos de MK1, por ahi va el cuento :thumbsup:
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el guardia registra en un libro de asistencia la entrada y salida.
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Si es así eso tiene otra implicación, no te pueden finiquitar hasta que estén todas las leyes sociales pagadas, es decir incluidas las correspondientes a estas horas extra si es que aplican (no se el monto del sueldo porque las leyes sociales tienen un límite de algo como UF65? con las horas extra no se donde quedarías, tienes que revisarlo) Si corresponde algo te tienen que pagar el sueldo hasta el día en que el último peso de las leyes sociales se deposite...si van a juicio y pierden todo ese tiempo se sigue sumando...
Ahora, igual me parece son 2 temas distintos, al final revisaste en tu conrato o reglamento interno (que usualmente va adjunto al contrato) si había estipulada alguna restricción para comprar? Si así fuera de todas formas tendrías que verificar con el abogado si dicha restricción es válida legalmente ya que la ley está por sobre algunas clausulas que se puedan fijar particularmente.
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Estimado
Cuando tenga que ir a la inspeccion vaya con abogado o tu muy preparado con todos los temas que estas solicitando que te paguen y que no han cumplido, pues te preguntan que es lo que quieres y por que, y todo lo que dijiste antes no vale.
saludos
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chesumare, la media cagadita el pacto de horas extras wn... mas de una cabeza de RRHH rodará... correrá sangre, eso es seguro.
Ven?, por eso les digo que quienes tienen contrato por el Art. 22 no tiene limitación de Jornada, pero eso no significa que están excluidos de registrar su asistencia a la empresa ¿después como chucha lo despido si no se aparece en una semana?.
Como consejo, tampoco vayas al choque, porque esos registros de ingreso van a desaparecer y no tendrás como probar que fueron 50 horas semanales. Legalmente no se puede usar ese registro como asistencia.
Aqui lo que te toca reclamar son:
Despido injustificado, que te cambien la causal a necesidades de la empresa y que paguen todo lo que corresponde a esa causal. Si quieres dar jugo en mala puedes pedir el reintegro a tus funciones.
Puedes negociar el tema de las horas extras y aqui la cosa se complica un poco mas por el registro de asistencia informal que alegarás. Es dificil de probar, pero si cachas en el comparendo que los tienes de las weas, tirate nomas y le pones el pacto de horas extras encima del escritorio para derrumbar el articulo 22. Reclama que siempre te obligaron a trabajar en un horario fijo y mayor a 45 horas semanales. Aqui para evitar webeos varios lleva un estimado de la cantidad de horas y el valor total y dile que te paguen "X" y no les das jugo por ese tema a cambio de una Indemnización Voluntaria similar al valor que te corresponde por HHEE y las cotizaciones respectivas.
¿En la carta te explican cuales son "los graves incumplimientos del contrato"?, eso es multa si no lo hicieron porque en la formalidad de la carta debe explicarlo.
En resumen, dile a quien represente a la empresa que te paguen lo correspondiente a la desvinculación por Necesidades de la Empresa, mas una indeminización voluntaria por el tema de las horas extras y que a cambio, nos los demandas por despido injustificado donde solicitarás tu reintegro a la empresa y a la vez los demandarás por Infracción a los derechos fundamentales del trabajador y que de ser condenados, no podrán contratar con el Estado por 2 años (ni un chicle los qls!) y que además no le mancharás el Certificado F30 que se les pide a las empresas contratistas.... dile "pa que nos vamos a hacer problemas por 4 chauchas, no? :locomia: "
Oye y busca otra opción de abogado, esa wea de impugnar el articulo 22 no tiene sentido, aqui deben tirarse de cabeza al despido injustificado nomas y toda la cola que trae. Anda mucho charlatan en este tema, ten cuidado!.
Mi vieja me dijo que estudiara Derecho y yo no le hice caso por la mierda :locomia:
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mi pregunta podría pedir que se me cancelen los dos años de horas extras o están obligados a pagármelas?
o después de un tiempo son incobrables por decirlo de alguna manera.
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El registro del guardia vale champignon
Esa es una pelea casi perdida
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El registro del guardia vale champignon
Esa es una pelea casi perdida
ni tan perdida... cuando trabaje en una empresa contratista, igual teniamos ese contrato sin horario.. y un colega demando a la empresa por que le cambiaron el horario habitual de 9 a 18.30, por uno de 11 a 21..
demando, y gano... en la inspeccion solo necesito 2 testigos de que confirmara el horario de entrada y salida, mas correos que el mandaba...
no digo que sea regla.. pero eso paso por el año 2009-2010. :thumbsup: :thumbsup:
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mi pregunta podría pedir que se me cancelen los dos años de horas extras o están obligados a pagármelas?
o después de un tiempo son incobrables por decirlo de alguna manera.
Solo puedes reclamar las HHEE hasta con 6 meses de antiguedad.
Pero como te digo, si te quieres poner jugoso, dale duro a la causal y por el lado metes el tema de las HHEE, pero peleala a cambio de una Indeminización Voluntaria por un valor similar, porque al pedir el registro de asistencia no será válido el registro de entrada y salida del guardia.
Enfócate en la causal y tu reintegro a la pega. Cuando se vean todos cagados van a querer pagar.
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Si es así eso tiene otra implicación, no te pueden finiquitar hasta que estén todas las leyes sociales pagadas, es decir incluidas las correspondientes a estas horas extra si es que aplican
Exacto, la Ley Bustos.
chesumare, la media cagadita el pacto de horas extras wn... mas de una cabeza de RRHH rodará... correrá sangre, eso es seguro.
Ven?, por eso les digo que quienes tienen contrato por el Art. 22 no tiene limitación de Jornada, pero eso no significa que están excluidos de registrar su asistencia a la empresa ¿después como chucha lo despido si no se aparece en una semana?.
Yo llevo 5 años trabajando bajo Art. 22 y jamás he firmado ni marcado asistencia, ¿Soy un peligro para mi empleador en caso de que nos vayamos a Tribunales? :zipynana:
Creo que me daré unas vacaciones injustificadas >:D
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estimados, hace tiempo que no andaba por aca.
bueno finalmente demande a la empresa, tuvimos la audiencia de preparación y la empresa trato de llegar a un acuerdo conmigo, la verdad es que partieron ofreciendo x lucas para finalmente ofrecer casi 3 veces su propuesta inicial con tal no llegar a la audiencia de juicio.
yo no quise aceptar puesto que lo que pido en $ es el doble de lo que me ofrecieron, y la verdad prefiero que haya una sentencia y que se demuestre lo injustificado de mi despido.
yo creo que me ira bien finalmente, creo que la empresa solo llevara testigos "preparados " para dar una versión. aunque no se que ponderación le dará el juez.
igual me da un poco de rabia y frustración todo este proceso todavía me queda un mes para terminar esto que empezó en abril.
eso, solo quería contarlo.
saludos
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Criinost ante todo tranquilo, quien persevera logra sus objetivos.
Recuerda que en los tribunales laborales, siempre se privilegia el bienestar del trabajador (el derecho laboral es tutelar y de minimos)
"...El trabajador que considere que el término de su contrato de trabajo fuese injustificado, indebido o improcedente o no se haya invocado ninguna causal legal puede reclamar judicialmente a fin de que asi lo declare, el plazo para reclamar es de 60 días hábiles contados desde la separación del trabajador, si el juez acoge el reclamo debe ordenar el pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo si procediere y la indemnización por años de servicio aumentada esta ultima:
- En un 30% si se hubiere aplicado INPROCEDENTEMENTE el art 161 POR NECESIDADES DE LA EMPRESA Y DESAHUCIO
- En un 50% si se hubiese aplicado INJUSTIFICADAMENTE las causales del art 159, o no se hubiese invocado causal legal alguna
- En un 80% si se hubiese aplicado INDEBIDAMENTE las causales del art 160
- En un 100% si se hubiese aplicado CARENTE DE MOTIVO CLAUSIBLE las causales de los numero 1, 5 o 6 del Art 160....."
Recomiendo por tu parte llevar testigos de gente que haya trabajado en la empresa (eso nunca falla) quienes podran comprobar tus dichos.
A la empresa no le va a salir para nada barato tu despido y como dijeron mas arriba alguien de RRHH pagara con sangre el error en tu despido.
..."La probidad dice relación con la integridad y honradez en el obrar y dada su gravedad y por tratarse de un hecho irreversible debe estar explícitamente probado, estas conductas indebidas deben guardar estricta relación con las funciones laborales del trabajador. La causal encuentra su respaldo en la buena fe que debe existir en el desarrollo de una relación de carácter tan especial como lo es la laboral. Se sanciona a aquel que quebranta el clima de confianza y respeto que debe primar en la empresa...."
En sintesis es muy dificil despedir a alguien por conductas indebidas de carácter grave debidamente comprobadas (art. 160 Nº 1 ) .
Y recuerda que es la empresa quien debe demostrar y justificar la veracidad de la causal para tu despido invocada. Cosa que el juez siempre vera por tus derechos como trabajador
Animo y todo saldra bien :thumbsup: :thumbsup:
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estimados, hace tiempo que no andaba por aca.
bueno finalmente demande a la empresa, tuvimos la audiencia de preparación y la empresa trato de llegar a un acuerdo conmigo, la verdad es que partieron ofreciendo x lucas para finalmente ofrecer casi 3 veces su propuesta inicial con tal no llegar a la audiencia de juicio.
yo no quise aceptar puesto que lo que pido en $ es el doble de lo que me ofrecieron, y la verdad prefiero que haya una sentencia y que se demuestre lo injustificado de mi despido.
yo creo que me ira bien finalmente, creo que la empresa solo llevara testigos "preparados " para dar una versión. aunque no se que ponderación le dará el juez.
igual me da un poco de rabia y frustración todo este proceso todavía me queda un mes para terminar esto que empezó en abril.
eso, solo quería contarlo.
saludos
bueno y al final demandaste por tutela o despido indebido??..podrias "si quieres" darme el rit de la causa por mp para darle una miradita al juicio y darte algun comentario..soy abogado tambien por siaca..e hice mi practica en la defensoría laboral, así que vi varios casos parecidos a los tuyos. Suerte
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nicval1 te envie el rit por mp.
y la demanda fue por despido injustificado.