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General => De Todo Un Poco => Mensaje iniciado por: Zatannita en Febrero 10, 2012, 00:32:26 am
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Estimados, tengo una consulta.
Si una persona tenía un contrato a plazo fijo por 2 meses, luego se lo renuevan por 2 meses más, pero es desvinculado de la empresa 9 días después de la renovación.
Qué corresponde que le paguen??
Thanx!
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tienen que pagarle el tiempo del contrato. o sea 2 meses,
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tienen que pagarle el tiempo del contrato. o sea 2 meses,
yo tengo entendido lo mismo se supone que cualquier despido, aunque tengas un contrato firmado por X tiempo tienen que avisartelo con 30 dias de anticipacion y es legal, ahora si te despiden de un momento a otro, creo que deberian pagarte hasta el termino del contrato...
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ummmmm porque estoy viendo que sólo le quieren pagar mes de aviso y los 9 días trabajados...
yo tenia un diseñador grafico con contrato por 6 meses,...al tercer mes lo despedi y tube que pagarle los 3 meses restantes.
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todo va depender el porque del despido, cual fue la clausula del despido
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Deben pagarle , dependiendo de la causal, el total del contrato, fijate en el caso de los entrenadores de futbol.
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Sin esperar ni un día más, que aplique inspección del trabajo, le tienen que pagar todo el plazo del contrato.
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"Cuando se ha suscrito un contrato de plazo fijo, las partes se comprometen a darle cumplimiento hasta el vencimiento del mismo, de forma que el empleador debe proporcionar el trabajo convenido y pagar por él hasta la fecha de su vencimiento, en tanto que al trabajador le corresponde prestar los servicios hasta igual fecha. Ahora bien, si el empleador no cumple con su principal obligación, esto es, proporcionar el trabajo al dependiente y le pone término anticipadamente al contrato, la relación laboral termina, sin perjuicio del derecho que tendría el trabajador para demandar a su empleador por tal incumplimiento, mediante un juicio ordinario, en el que podría demandar una indemnización por daños y perjuicios, indemnización que debe valorar el propio demandante. Es del caso señalar que la legislación laboral no regula la materia en análisis, por lo que no obliga al empleador a pagar las remuneraciones que el trabajador deja de percibir por el término anticipado del contrato."
http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/w3-article-60497.html (http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/w3-article-60497.html)
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El despido fue porel articulo 161, necesidad de la empresa,
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El despido fue porel articulo 161, necesidad de la empresa,
Tienen que pagarle los 2 meses completos!!!!
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Tienen que pagarle todo lo que falta hasta el término, sino tiene que ir a la Inspección del trabajo quienes van a intercerder y de no resultar demandar como señala Rommel, el resultado de ello va a ser al menos el pago del resto del contrato más un recargo y además multa a la empresa...a la empresa le conviene de entrada pagar lo que queda.
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De echo en la inspección me dijeron que si quería que me pagaran todo tenía que demandarlos porque de buenas a primera estaba bien lo que estaban haciendo
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¿Cómo así?
Yo también tenía entendido que a contrato fijo, deben pagar lo acordado. ¿La inspección te dice que está bien lo contrario?
De echo en la inspección me dijeron que si quería que me pagaran todo tenía que demandarlos porque de buenas a primera estaba bien lo que estaban haciendo
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¿Cómo así?
Yo también tenía entendido que a contrato fijo, deben pagar lo acordado. ¿La inspección te dice que está bien lo contrario?
Segun lo que se lee de lo informado por Rommel, es asi. Lo que tiene que hacer es demandar, y el monto final lo fija el demandante... o sea, que puede cobrar un delta muy grande por daño y perjuicios.
Demande, demande. :thumbsup: :thumbsup: