Conduce Chile
General => De Todo Un Poco => Mensaje iniciado por: Runner en Diciembre 13, 2012, 07:48:22 am
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Estimados, compré un dpto para inversión que me entregan ahora, escritura firmada en Nov 2012. Supuestamente después de un año podría venderlo sin pagar impto por la utilidad, alguien sabe si es un año calendario? podría venderlo ahora mismo a muy buen precio pero no quiero que gran parte de la utilidad se vaya en comisión del corredor e impto. Si no es calendario y lo vendes, te pillan?? >:D
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Ni idea de los plazos, pero como información ¡SE SABE DE INMEDIATO! >:D
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Estimados, compré un dpto para inversión que me entregan ahora, escritura firmada en Nov 2012. Supuestamente después de un año podría venderlo sin pagar impto por la utilidad, alguien sabe si es un año calendario? podría venderlo ahora mismo a muy buen precio pero no quiero que gran parte de la utilidad se vaya en comisión del corredor e impto. Si no es calendario y lo vendes, te pillan?? >:D
No es que no puedas venderlo dentro de un año, puedes hacerlo, pero no debes ser un vendedor habitual.
La habitualidad no se presume, pero al contrario de lo que dice la ley, el SII pone de carga del contribuyente acreditar que no eres vendedor habitual, y no es muy cómodo solicitar certificados a todos los conservadores del país que digan que no vendiste otro inmueble el mismo año... :pozozipy: