Conduce Chile
General => De Todo Un Poco => Mensaje iniciado por: Zatannita en Noviembre 16, 2011, 00:53:09 am
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Gentes,
Tengo una duda, cuando a un trabajador lo despiden por "necesidades de la empresa", y lleva más de seis meses trabajando, pero menos de un año.. corresponde algún tipo de indemnización, como por ejemplo mes por año de trabajo?
Cabe mencionar que la empresa entregó con un mes de anticipación la carta de aviso.
Gracias.
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Si no me equivoco, tiene derecho a un mes ;)
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Menos de un año de trabajo no tiene derecho a indemnización. Si se dió aviso previo sólo corresponde pago de vacaciones proporcionales se calculan a razón de 1,25 días por mes completo efectivamente trabajado.
Las indemnizaciones sólo se pagan a partir de un año de trabajo.
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A partir del año de trabajo, se paga la indemnizacion por años de servicio, se pagan arazon de un mes por año o fraccion superior a 6 meses...
En este caso corresponde solo el pago de vacaciones proporcionales, y las cotizaciones PAGADAS....
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Un aporte...y Andres me puede corregir si estoy equivocado.
Cuando se invoca "necesidades de la empresa" es porque la razón por la cual has sido contratado ha terminado, es decir, el servicio ha dejado de existir o tu cargo/función se elimina de la organización.
Esto último implica que no podría contratarse a alguien mas parla reemplazar...en el mismo cargo...a quien ha sido finiquitado....porque la empresa "no lo necesita".
Sin embargo, la empresa podría reubicar al empleado...cosa que pocas veces ocurre.
Si el empleado ha sido desvinculado porque su desempeño no es el esperado, ha cometido actos no aceptables, etc., debe demostrarlo y no procede invocar "necesidades de la empresa".
Asi que..ojo con eso...
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solo tiene derecho a las vacaciones, despues del año se gana la indemnizacion, y despues de eso cada 6 meses, por ejemplo si cuplio 1 año 6 meses 1 dia te tendrian que pagar 2 meses de indemnizacion
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Si tiene menos de un año de antiguedad,no corresponde indemnizacion alguna,salvo las vacaciones proporcionales y la indemnizacion sustitutiva que en este caso puntual tampoco corresponde porque el empleador dio aviso de 30 dìas, ojo, lo que habrìa que ver si el contrato hera plazo fijo la fecha de termino de este, me explico: si el contrato dice que tendrà duracion hasta el 31 de Diciembre y es despedido con fecha 30 de Noviembre le deben pagar hasta el 31 de Diciembre.
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Un aporte...y Andres me puede corregir si estoy equivocado.
Cuando se invoca "necesidades de la empresa" es porque la razón por la cual has sido contratado ha terminado, es decir, el servicio ha dejado de existir o tu cargo/función se elimina de la organización.
Esto último implica que no podría contratarse a alguien mas parla reemplazar...en el mismo cargo...a quien ha sido finiquitado....porque la empresa "no lo necesita".
Sin embargo, la empresa podría reubicar al empleado...cosa que pocas veces ocurre.
Si el empleado ha sido desvinculado porque su desempeño no es el esperado, ha cometido actos no aceptables, etc., debe demostrarlo y no procede invocar "necesidades de la empresa".
Asi que..ojo con eso...
El codigo habla de racionalizacion, cambioo en las condiciones del mercado tambien, por lo que tan valido como por ejemplo en una empresa alojada en un parque industrial, si tienes un junior con camioneta o motocicleta a su cargo, para que haga los tramites bancarios, retire facturas y cheques donde los clientes, entregue facturas a clientes, y le pagas 450 lucas liquidas, pero la cosa no esta tanm bien tienes que bajar costos como sea..... si bien es cierto para bajar costos del seguro, combustible y tag, puedes decirle sin despedirlo que ahora el vehiculo queda en la planta, seguira ganando 450 lucas.. y eso no tienes ninguna otra forma de bajarlo que finiquitarloy para evitar problemas, contratar a otro junior por el minimo... y el juicio por la necesidad de la empresa lo ganaras...
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Que triste, darle esperanzas a alguien y a los 5 meses darle la carta de aviso por el eufemismo “Necesidades de la empresa”… soy capitalista, pero creo que es demasiado cruel dar esperanzas y luego cortarlas.
Si su desempeño fue malo y no tiene arreglo, es necesario por sanidad de la empresa, pero, cuando lo despiden solo por abaratar costos, cuando ese abaratar costos debería ser hecho por toda la empresa y no solo por el factor más débil o por el que gana menos. Por primera vez, deberían bajar los costos arriba, cortar beneficios de autos, café, viajes en clase ejecutiva, comidas en restaurantes caros, etc… existen tantas formas de ahorrar sin despedir a alguien.
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Que triste, darle esperanzas a alguien y a los 5 meses darle la carta de aviso por el eufemismo “Necesidades de la empresa”… soy capitalista, pero creo que es demasiado cruel dar esperanzas y luego cortarlas.
Si su desempeño fue malo y no tiene arreglo, es necesario por sanidad de la empresa, pero, cuando lo despiden solo por abaratar costos, cuando ese abaratar costos debería ser hecho por toda la empresa y no solo por el factor más débil o por el que gana menos. Por primera vez, deberían bajar los costos arriba, cortar beneficios de autos, café, viajes en clase ejecutiva, comidas en restaurantes caros, etc… existen tantas formas de ahorrar sin despedir a alguien.
Entonces no eres capitalista estimado. ¿Bajar los costos cortando todo eso solo para mantener a alguien que la empresa no necesita? Muy mala estrategia.
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Las necesidades de la empresa incluyen también cambios en los perfiles de los cargos.
A mi se me viene una situación de ese tipo, ya que por una cambio de tecnología, hay un cargo que en pocos meses deberé llenarlo con una persona de formación distinta a la persona que tengo ahora, y al actual no tengo donde reubicarlo internamente.
Menos mal que se trata de una persona que en marzo cumplió 65 años así que ya está en edad de jubilar.
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Las necesidades de la empresa incluyen también cambios en los perfiles de los cargos.
A mi se me viene una situación de ese tipo, ya que por una cambio de tecnología, hay un cargo que en pocos meses deberé llenarlo con una persona de formación distinta a la persona que tengo ahora, y al actual no tengo donde reubicarlo internamente.
Menos mal que se trata de una persona que en marzo cumplió 65 años así que ya está en edad de jubilar.
Que un empleado no tenga los conocimientos de algun cambio tecnologico, NO ES NECESIDAD DE LA EMPRESA. eso esta estipulado y normado..
lo que se debe hacer es capacitar, o reubicar en otro cargo con las ismas condiciones que tenia, como sueldo, y otras cosas..
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Que un empleado no tenga los conocimientos de algun cambio tecnologico, NO ES NECESIDAD DE LA EMPRESA. eso esta estipulado y normado..
lo que se debe hacer es capacitar, o reubicar en otro cargo con las ismas condiciones que tenia, como sueldo, y otras cosas..
El problema no es el cambio tecnológico. El problema es que se necesita una persona con otra formación, y no se trata de un cursito de capacitación sino de formación superior de al menos 2 años.
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Las necesidades de la empresa incluyen también cambios en los perfiles de los cargos.
A mi se me viene una situación de ese tipo, ya que por una cambio de tecnología, hay un cargo que en pocos meses deberé llenarlo con una persona de formación distinta a la persona que tengo ahora, y al actual no tengo donde reubicarlo internamente.
Menos mal que se trata de una persona que en marzo cumplió 65 años así que ya está en edad de jubilar.
Que este en edad de Jubilar, no es obligación que se jubile y se retire... el jubilar y cobrar la pension es una cosa, el querer retirarse al momento de jubilar depende de la persona, la cual puede seguir trabajando hasta el día de su muerte.
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Dale, si eso pasa siempre.. el punto es que legalmente no se puede invocar como "necesidad de la empresa" el tener que hechar a un empleado que no maneja algo..
a todo esto.. que conocimientos debe tener esa persona?