Autor Tema: consulta sobre autodespido  (Leído 4966 veces)

Desconectado nicval1

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consulta sobre autodespido
« en: Mayo 03, 2013, 18:47:52 pm »
hola conducinos:
una prima desea autodespedirse, ella es lider...(algo así como supervisora) tiene varias causales por las cuales procedería, entre ellas:
1- que el jefe no le quiere dar sus vacaciones, ya tiene 2 periodos acumulados.
2.- realiza funciones que no estan estipuladas por contrato
3- falta de cumplimiento en los pagos, a veces se le juntan 2 periodos.
4- y para ella la mas importante el jefe la acosa laboralmente o mobbing, como el jefe es de otra region la llama a cada rato para presionarla por telefono, le echa la culpa de todo lo malo que pasa en la empresa, la reta fuertemente por telefono ..etc

la consulta es:
1º.- por autodespido hay un recargo a los años de servicos, ella tiene 3 años, pero como saber que recargo le corresponde ya que tiene la causal de incumplimiento grave que se recarga con el 30% a los años de servicios y tiene la causal de acoso laboral que se recarga 80% a los años de servicios....cual de los 2 recargos se considera??

2º ella gana gran parte del sueldo por comisiones, estas se consideran para sacar la remuneracion promedio de sus ultimas 3 liquidaciones en caso de autodespedirse, por ejemplo gana aprox. 1 millon, de los cuales $500 son por comisiones, por eso la consulta.

agradecido de antemano.

Desconectado The South Face

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Re:consulta sobre autodespido
« Respuesta #1 en: Mayo 03, 2013, 19:51:21 pm »
que fácil sería la vida laboral si uno se pudiera depedir a sí mismo y llevarse un turro de lucas.

Desconectado nicval1

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Re:consulta sobre autodespido
« Respuesta #2 en: Mayo 03, 2013, 21:45:13 pm »
que fácil sería la vida laboral si uno se pudiera depedir a sí mismo y llevarse un turro de lucas.

acaso no sabes la institucion del autodespido por conductas graves del empleador???
la cosa no es la polar quizas como crees, pero aca si hay conductas que se ajustan a gravedad, sobre todo si son reiteradas

Desconectado Andrés

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Re:consulta sobre autodespido
« Respuesta #3 en: Mayo 03, 2013, 21:51:15 pm »
Umm, el empleador trabaja con licitaciones?

Le puede dar en la cabeza con una acción de tutela laboral.

Desconectado Andrés

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Re:consulta sobre autodespido
« Respuesta #4 en: Mayo 03, 2013, 21:53:45 pm »
Sobre los montos a considerar, se aplica a todo monto recibido, aplican las comisiones.

Desconectado nicval1

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Re:consulta sobre autodespido
« Respuesta #5 en: Mayo 03, 2013, 22:03:59 pm »
Umm, el empleador trabaja con licitaciones?

Le puede dar en la cabeza con una acción de tutela laboral.

lo mismo habiamos pensado,pero en este caso no hay despido de por medio, por lo tanto segun nos dijeron no sería beneficioso para el trabajador porque cuando se presenta una tutela con relacion laboral vigente tiene solo por objeto detener la conducta que esta provocando la tutela, diferente seria una tutela con ocasion del despido lo que daria indemnizaciones jugosas...no se si estará bien el consejo o no...

a que te refieres si trabaja con licitaciones???...el trabajador es dueño de una empresa de aseo y ella es la lider regional o supervisora regional
Se agradece por la aclaracion de las comisiones.
Gracias Andrés.

Desconectado Duraznov

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Re:consulta sobre autodespido
« Respuesta #6 en: Mayo 03, 2013, 22:07:23 pm »
El promedio de los sueldos incluye comisiones. Me imagino que Andrés te pregunta porque si hay una demanda laboral tengo entendido que la empresa queda baneada de participar en licitaciones de organismos públicos.

Desconectado Andrés

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Re:consulta sobre autodespido
« Respuesta #7 en: Mayo 03, 2013, 22:16:30 pm »
lo mismo habiamos pensado,pero en este caso no hay despido de por medio, por lo tanto segun nos dijeron no sería beneficioso para el trabajador porque cuando se presenta una tutela con relacion laboral vigente tiene solo por objeto detener la conducta que esta provocando la tutela, diferente seria una tutela con ocasion del despido lo que daria indemnizaciones jugosas...no se si estará bien el consejo o no...

a que te refieres si trabaja con licitaciones???...el trabajador es dueño de una empresa de aseo y ella es la lider regional o supervisora regional
Se agradece por la aclaracion de las comisiones.
Gracias Andrés.


En el 99% de los casos (habiendo empleador solvente de por medio) terminan en acuerdo, pues si el empleador es condenado en una acción de tutela laboral no puede participar en licitaciones públicas por dos años.

Ahora, en el caso de ella, lo que procedería es una  acción de tutela laboral con autodespido y cobro de prestaciones.

Sin embargo, la combinación tutela laboral con despido indirecto (autodespido) se ha discutido, pero ya la jurisprudencia había avanzado en acogerla. Sin embargo la Corte Suprema unificó criterio en fallo de  30-01-2013, en el sentido de que cuando ha existido autodespido o despido indirecto, no procede la acción de tutela laboral.

A raiz de ese fallo le queda entonces:

Acción de tutela laboral y seguir trabajando;
Despido indirecto y cobrarle hasta el último peso con los incrementos legales.

Ojo que la alegación de tutela laboral tiene un plazo de caducidad contada desde los hechos de 60 días, cualquier conducta del empleador anterior sólo servirá de "contexto".

« Última modificación: Mayo 03, 2013, 22:24:03 pm por Andrés »

Desconectado nicval1

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Re:consulta sobre autodespido
« Respuesta #8 en: Mayo 04, 2013, 00:20:46 am »

En el 99% de los casos (habiendo empleador solvente de por medio) terminan en acuerdo, pues si el empleador es condenado en una acción de tutela laboral no puede participar en licitaciones públicas por dos años.

Ahora, en el caso de ella, lo que procedería es una  acción de tutela laboral con autodespido y cobro de prestaciones.

Sin embargo, la combinación tutela laboral con despido indirecto (autodespido) se ha discutido, pero ya la jurisprudencia había avanzado en acogerla. Sin embargo la Corte Suprema unificó criterio en fallo de  30-01-2013, en el sentido de que cuando ha existido autodespido o despido indirecto, no procede la acción de tutela laboral.

A raiz de ese fallo le queda entonces:

Acción de tutela laboral y seguir trabajando;
Despido indirecto y cobrarle hasta el último peso con los incrementos legales.

Ojo que la alegación de tutela laboral tiene un plazo de caducidad contada desde los hechos de 60 días, cualquier conducta del empleador anterior sólo servirá de "contexto".

clarisimo como el agua  :thumbsup:, solo me queda preguntarte referente a los incrementos de los años de servicio en caso de autodespido procederia el 50% por incumplimiento grave o el 80% por acoso laboral?????

p.d interesante lo de la corte suprema referente a que no procede autodespido con tutela, tienes el rol???
gracias nuevamente.

Desconectado FELHER

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Re:consulta sobre autodespido
« Respuesta #9 en: Mayo 04, 2013, 08:26:58 am »
No conocia el Autodespido, buena info.... :thumbsup:

Ahora sobre el caso, imagino que el acoso laboral debe ser demostrarse con pruebas o no ??? Tu prima tiene algo de eso para defenderse ??

Saludos.

Desconectado nicval1

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Re:consulta sobre autodespido
« Respuesta #10 en: Mayo 04, 2013, 14:29:30 pm »
No conocia el Autodespido, buena info.... :thumbsup:

Ahora sobre el caso, imagino que el acoso laboral debe ser demostrarse con pruebas o no ??? Tu prima tiene algo de eso para defenderse ??

Saludos.

el autodespido no es muy conocido y no es algo nuevo, ha estado hace bastante en el código del trabajo...es un buen metodo de proteccion para el trabajador siempre en caso de incumplimiento grave del empleador, ya que hay que realizar una carta de autodespido y debes despues probar cada una de las causales de porqué te autodespediste, en caso contrario se entiende que el trabajador renuncia, por ende perdería años de servicio y mes de aviso.

con respecto a las pruebas de mi prima, tiene grabaciones, testigos (aunque no siempre esta prueba es segura), y correos.
saludos

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