Conduce Chile
General => De Todo Un Poco => Mensaje iniciado por: Alejandra en Enero 25, 2011, 08:37:53 am
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Yo digo q si ... pero aqi me dicen q no :-\
Alguna experiencia????
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cualquier empresa a la que le debas y haya un documento o contrato de por medio te puede mandar a dicom.
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Tengo 100% de certeza que los SERVICIOS no pueden enviarte a DICOM, no recuerdo la normativa, pero ante cualquier duda, al SERNAC se ha dicho.
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Tengo 100% de certeza que los SERVICIOS no pueden enviarte a DICOM, no recuerdo la normativa, pero ante cualquier duda, al SERNAC se ha dicho.
Eso, eso me dicen aqi
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Yo tengo entendido que por no pago de los servicios básicos, no pueden mandarte a DICOM.
Pero el teléfono, internet, celular, tv cable, etc; no son servicios básicos.
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El teléfono fijo y celular es considerado un servicio básico y no te pueden enviar a DICOM.
Antiguamente se manejaba un Registro de Deudores entre las compañias para sapear a los morosos, pero no se publicaba en DICOM. Lo sé porque trabajé 2 años en BellSouth y 3 en Vomistar/Telefonica.
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El teléfono fijo y celular es considerado un servicio básico y no te pueden enviar a DICOM.
Antiguamente se manejaba un Registro de Deudores entre las compañias para sapear a los morosos, pero no se publicaba en DICOM. Lo sé porque trabajé 2 años en BellSouth y 3 en Vomistar/Telefonica.
tienes razón, acá está la respuesta:
http://www.elamaule.cl/admin/render/noticia/15395 (http://www.elamaule.cl/admin/render/noticia/15395)
Lo que pasa que antes el teléfono no era considerado como servicio básico. Ahora si lo es.
Por tanto la respuesta a la pregunta de Alejandra es NO.
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No sé si aplica al caso, pero hace años trabajé en una empresa de cobranza para una multitienda y en el contrato (ese que nunca nadie lee jajaja) decía que el cliente autorizaba a la empresa XXX (la que daba el crédito) a vender la deuda como letras de cambio. Luego, como las letras son documentos de valor con fecha de vencimiento para el tomador, si no son pagadas en la fecha correspondiente, las publican en DICOM.
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No sé si aplica al caso, pero hace años trabajé en una empresa de cobranza para una multitienda y en el contrato (ese que nunca nadie lee jajaja) decía que el cliente autorizaba a la empresa XXX (la que daba el crédito) a vender la deuda como letras de cambio. Luego, como las letras son documentos de valor con fecha de vencimiento para el tomador, si no son pagadas en la fecha correspondiente, las publican en DICOM.
Sip... Por eso cuando vendes algo a credito hay que venderlo en Letras y no en cheques.
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Las empresas de servicios, en general, PUEDEN publicar tus morosidades en Dicom.
Pero hay empresas de servicios que NO DEBEN publicar tus morosidades...no se si se entience la letra chica ( o grande en este caso)
Mas aun teniendo en consideracion que las morosidades en telefonia y en servicios basicos son muy altas, hay empresas que publican las morosidades igual, exponiendose a multas, pero la verdad, los apoyo, es mucha plata la que deben los usuarios, y hay muchos usuarios que se aprovechan de esa situacion y mantienen deudas morosas con todas las compañias existentes, sobre todo de servicios telefonicos.
Finalmente, como conclusion, PUEDEN publicar tus informes comerciales negativos, que DEBAN no hacerlo, es otro cuento
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Telefonica no DEBE enviarte a Dicom, porque la comunicación telefónica está definido como un servicio básico.
Es más, ninguna te puede enviar a Dicom. Como anécdota, Claro no sabía, envió algunos clientes a Dicom, y le pasaron una multa enorme.
Y te lo digo de primerísima fuente.
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muchas gracias ..... ya me qedo super claro .... asi q no pienso pagar el telefono :risa2:
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Ninguna empresa que preste servicios de telefonia puede mandarte a dicom
VTR antes tenia dos razones sociales
VTR Telefonica y VTR TVCable, y a la casa llegaban dos cuentas, una por el telefono y una por el inmternet y el tv cable...
despues metieron todo en la misma razon social y desde alli que no pueden mandar a dicom a los morosos