Conduce Chile
General => De Todo Un Poco => Mensaje iniciado por: ROMMEL en Febrero 16, 2012, 08:44:17 am
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Idea para los que a veces andan cortos de lucas y tienen su propio auto.
Con el endurecimiento de la ley respecto al tema de la conducción con alcohol, se generará un nicho de mucha gente que definitivamente no se arriesgará a salir con su señora a comer, tomarse su aperitivo , un vinito y el buen bajativo como corresponde con una rica cena o tantos otros que tampoco querrán conducir pero que al mismo tiempo tienen ganas de pasarlo bien.
Yo por ejemplo, fui con mi señora a la casa de unos amigos el Viernes pasado y no tomé ni una gota de alcohol, no porque tenga temor a curarme ya que cuando manejo igual tomo muy poco, sino que por el miedo a que justo esa noche me hagan alcotest y por 0,3 cago y hasta me pueden suspender la licencia y sin poder manejar quebro, así de simple.
Pero si tuviera las lucas para gastarme en un compadre responsable que me lleve y me traiga de vuelta a mi casa para poder tomar tranquilo, sin duda que lo haría.
Los taxis son caros, ¿pero que tal un servicio mas personalizado para los que quieran salir tranquilos y sin preocupaciones , en donde una persona que a la larga se puede tornar hasta de confianza, los vaya a buscar y a dejar a su casa?
En una noche de Viernes o Sábado no sería raro que el tema diera para atender unos dos o tres clientes y cobrarle de acuerdo la distancia obviamente pero algo mas económico que un taxi tradicional.
Es una idea que estoy seguro puede funcionar bien y hay que adelantarse antes de que aparezcan otros. ;)
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Hay empresas que se dedican a eso.
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Hay empresas que se dedican a eso.
Por lo menos acá no conozco ninguna.
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yo la verdad que no...
(http://sp9.fotolog.com/photo/41/63/87/homer_illo/1234822007116_f.jpg)
una vez un compañero hizo eso (mormón, nunca tomaba) y naa, terminaba con el auto too vomitao y demases...
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hace 3 años que no tomaba un taxi, ayer lo hice....hipp
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Hay empresas que se dedican a eso.
¿cómo cuáles?
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¿cómo cuáles?
lo lei en el merculo... creo que en las condes y esos barrios por ahi prestan el servicio.
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-La mama de un amigo, desde hace tiempo que presta esos servicios los fds acá en talca.. Ahora con la entrada en vigencia de esta ley, habrá mucha mas demanda, no sería malo hacerse sus lukas extras los fds.....
Saludos
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insisto en que primero hay que poner tapices lavables...
:chan:
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para mi matrimonio unos amigos contrataron una van, les salio 8-10 lucas el recorrido (eran como 6) de vitacura a la florida casi todos.
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para mi matrimonio unos amigos contrataron una van, les salio 8-10 lucas el recorrido (eran como 6) de vitacura a la florida casi todos.
y que hace gente de vitacura llendo a un matrimonio en la florida :velhopozo:
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nop, que hace gente la florida en un matrimonio de vitacura. Fue a la vuelta el transporte
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Un borrachito se sube a un taxi y le dice al chofer, oiga amigo, (con too respeto) me da permiso para dejar en el asiento de adelante una pizza y unas botellitas de chela. Y el chofer lo mira y le dice que weno...
Borrachito (con sonido y expresiones es más chistoso, aah, y no pondré imágenes pa que no me puteen tanto): WAAAAAAAAAAAAAAAAAAAAJJJJJJJJJJJJJARRDOOOOOOOOOOOOO!!!
:risa2: :risa2:
:pozozipy:
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pero es como lo mismo que tomar un taxi nomás... si al final, con el chofer uno llega al acuerdo de una tarifa para que no pongan en taximetro.
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pero es como lo mismo que tomar un taxi nomás... si al final, con el chofer uno llega al acuerdo de una tarifa para que no pongan en taximetro.
jajaja.. pero si estay curao.... como vas a negociar la tarifa... :sconf: :sconf:
Y hacerlo antes, solo con un radio-taxi, y la tarifa es mucho mas cara.
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jajaja.. pero si estay curao.... como vas a negociar la tarifa... :sconf: :sconf:
Y hacerlo antes, solo con un radio-taxi, y la tarifa es mucho mas cara.
hahaha, bueno no sé... ahí cada uno ve cuánto toma. Yo desde q taba en la U que no me curo raja... ahora soy un caballero, hjahahahahajjahaha
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Estimados la ley de transito en Chile prohibe a cualquier medio de transporte publico , incluyendo taxis transportar ebrios o borrachos. Si los cops se ponen duros el dueño del taxi o chofer caga. Asi que no es una mala idea el transporte de estos por una empresa privada.
saludos
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nop, que hace gente la florida en un matrimonio de vitacura. Fue a la vuelta el transporte
Que horror!!!!!!!!!!....
....cómo dejaron entrar a gente de la florida en una comuna de gente de bien como vitacura?. :cop2:
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jajaja.. pero si estay curao.... como vas a negociar la tarifa... :sconf: :sconf:
Y hacerlo antes, solo con un radio-taxi, y la tarifa es mucho mas cara.
curao "negoceo" mejor...
:ejale:
:pozozipy:
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Estimados la ley de transito en Chile prohibe a cualquier medio de transporte publico , incluyendo taxis transportar ebrios o borrachos. Si los cops se ponen duros el dueño del taxi o chofer caga. Asi que no es una mala idea el transporte de estos por una empresa privada.
saludos
Eso no aparece en ninguna parte, es como obvio, si estas curao, te tomas un taxi, de eso se trata la nueva ley
ojo, ojo
que para eso hay qye tener licencia clase A3 y lo mas importante, si te pillan los verdes ejerciendo transporte de pasajeros en vehiculo particular te vas de PARTE.
Esta cosa se ve bien complicada, por hacerla mejor te puede ir peor
FALTAS MENOS GRAVES
28. Hacer taxi colectivo en auto particular (articulo 199-19)
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Y como re xuxa lo hacen los que conducen limousinas??? deben tener licencia profesional igual?
Yo creo que la cosa es así...
Tu llamas a un "Chofer" y no un vehiculo, este chofer va a donde tu estes y te lleva en TU auto hasta tu casa.
Por lo menos asi funcionaba la empresa que nombraban anteriormente.
Sería la solución ya que no seria un transporte publico ni el chofer necesita de A3, por lo tanto no tendrian como sacarte un parte.
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Y como re xuxa lo hacen los que conducen limousinas??? deben tener licencia profesional igual?
Yo creo que la cosa es así...
Tu llamas a un "Chofer" y no un vehiculo, este chofer va a donde tu estes y te lleva en TU auto hasta tu casa.
Por lo menos asi funcionaba la empresa que nombraban anteriormente.
Sería la solución ya que no seria un transporte publico ni el chofer necesita de A3, por lo tanto no tendrian como sacarte un parte.
asi mismo funciona, se desplazan donde tu estas, en unas "motitos plegable", la guardan en la maleta y conducen tu auto.
Pal dia de san calentin, estaba en el patio del bella, y una mina bien rica vestida de angelito me entrego una tarjeta ofreciendo el servicio. El nombre de la empresa: http://www.tuangelito.cl/ (http://www.tuangelito.cl/)
tarifa: 17ooo-23ooo
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y si de casualidad le das un topón al "transporte de curaguillas" que conduces y luego el seguro detecta que andas de transporte colectivo... no te paga porque es un uso diferente al de un auto particular...
me parece más sano salir y no tomar, tampoco es el fin de mundo. prefiero manejar yo en las noches en lugar de confiarme en un desconocido.
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asi mismo funciona, se desplazan donde tu estas, en unas "motitos plegable", la guardan en la maleta y conducen tu auto.
Pal dia de san calentin, estaba en el patio del bella, y una mina bien rica vestida de angelito me entrego una tarjeta ofreciendo el servicio. El nombre de la empresa: http://www.tuangelito.cl/ (http://www.tuangelito.cl/)
tarifa: 17ooo-23ooo
¿y por todo servicio?
::) ::)
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Estimado Don Chapu , aca esta el articulo correspondiente a lo mencionado en la Ley de transito.
saludos
Artículo 91.- Prohíbese a los conductores de estos vehículos:
1.- Proveerlos de combustible con personas en su interior;
2.- Llevar pasajeros en las pisaderas y no mantener cerradas las puertas del vehículo cuando se encuentre en movimiento;
3.- Admitir individuos ebrios, desaseados, que fumen o que no guarden compostura debida, o que ejerzan la mendicidad o cualquier clase de comercio en el vehículo;
4.- Admitir canastos, bultos o paquetes que molesten a los pasajeros o que impidan la circulación por el pasillo del vehículo;
5.- Ponerlo en movimiento o no detenerlo completamente cuando hayan pasajeros que deseen subir o bajar del vehículo;
6.- Aumentar o disminuir la velocidad del vehículo con el objeto de disputarse pasajeros, entorpeciendo la circulación y el buen servicio, y
7.- Fumar en el interior del vehículo.
De los pasajeros de vehículos de locomoción colectiva
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Estimado Don Chapu , aca esta el articulo correspondiente a lo mencionado en la Ley de transito.
saludos
Artículo 91.- Prohíbese a los conductores de estos vehículos:
1.- Proveerlos de combustible con personas en su interior;
2.- Llevar pasajeros en las pisaderas y no mantener cerradas las puertas del vehículo cuando se encuentre en movimiento;
3.- Admitir individuos ebrios, desaseados, que fumen o que no guarden compostura debida, o que ejerzan la mendicidad o cualquier clase de comercio en el vehículo;
4.- Admitir canastos, bultos o paquetes que molesten a los pasajeros o que impidan la circulación por el pasillo del vehículo;
5.- Ponerlo en movimiento o no detenerlo completamente cuando hayan pasajeros que deseen subir o bajar del vehículo;
6.- Aumentar o disminuir la velocidad del vehículo con el objeto de disputarse pasajeros, entorpeciendo la circulación y el buen servicio, y
7.- Fumar en el interior del vehículo.
De los pasajeros de vehículos de locomoción colectiva
-Ojjojojojoo...
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Se anduvo distorsionando la cosa. Yo no hablo de transportar pendejos curados que dejen la cagá en tu auto, hablo de gente mas adulta, responsable, que simplemente preferirá salir a comer con su señora pagando a alguien que lo transporte , sin necesidad de privarse de lo que a cada cual le agrade. Si le gusta tomar un buen vino en una comida no quiere decir que sea alcohólico, yo no me imagino comiéndome un mariscal en Con Con con agua mineral, prefiero no ir y hacerlo en mi casa, pero si tengo las lucas para pagar un servicio responsable que nos lleve y nos traiga para disfrutar como a mi me gusta y sin tener que andar asustados por los controles.
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Eso no aparece en ninguna parte, es como obvio, si estas curao, te tomas un taxi, de eso se trata la nueva ley
ojo, ojo
que para eso hay qye tener licencia clase A3 y lo mas importante, si te pillan los verdes ejerciendo transporte de pasajeros en vehiculo particular te vas de PARTE.
Esta cosa se ve bien complicada, por hacerla mejor te puede ir peor
FALTAS MENOS GRAVES
28. Hacer taxi colectivo en auto particular (articulo 199-19)
Pero si al cop le dices que vas con amigos (chamullo) ningún problema, ejejeejej. :risa2:
El tata Rommel :abuelo: tiene razón. Se desvirtuó el tópic. Se refiere a gente responsable, que no se va a curar, sino a disfrutar de un buen vino en una rica cena. Yo en ese caso haría de transportador, no así de curagüillas :enojao:
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Estimado Don Chapu , aca esta el articulo correspondiente a lo mencionado en la Ley de transito.
saludos
Artículo 91.- Prohíbese a los conductores de estos vehículos:
1.- Proveerlos de combustible con personas en su interior;
2.- Llevar pasajeros en las pisaderas y no mantener cerradas las puertas del vehículo cuando se encuentre en movimiento;
3.- Admitir individuos ebrios, desaseados, que fumen o que no guarden compostura debida, o que ejerzan la mendicidad o cualquier clase de comercio en el vehículo;
4.- Admitir canastos, bultos o paquetes que molesten a los pasajeros o que impidan la circulación por el pasillo del vehículo;
5.- Ponerlo en movimiento o no detenerlo completamente cuando hayan pasajeros que deseen subir o bajar del vehículo;
6.- Aumentar o disminuir la velocidad del vehículo con el objeto de disputarse pasajeros, entorpeciendo la circulación y el buen servicio, y
7.- Fumar en el interior del vehículo.
De los pasajeros de vehículos de locomoción colectiva
pero esos articulos hacen clara referencia a vehiculos de locomocion colectiva (buses)
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Se anduvo distorsionando la cosa. Yo no hablo de transportar pendejos curados que dejen la cagá en tu auto, hablo de gente mas adulta, responsable, que simplemente preferirá salir a comer con su señora pagando a alguien que lo transporte , sin necesidad de privarse de lo que a cada cual le agrade. Si le gusta tomar un buen vino en una comida no quiere decir que sea alcohólico, yo no me imagino comiéndome un mariscal en Con Con con agua mineral, prefiero no ir y hacerlo en mi casa, pero si tengo las lucas para pagar un servicio responsable que nos lleve y nos traiga para disfrutar como a mi me gusta y sin tener que andar asustados por los controles.
baneo inmediatamente a los giles que no siguen la linea del topic :cop2: :cop2:
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Se anduvo distorsionando la cosa. Yo no hablo de transportar pendejos curados que dejen la cagá en tu auto, hablo de gente mas adulta, responsable, que simplemente preferirá salir a comer con su señora pagando a alguien que lo transporte , sin necesidad de privarse de lo que a cada cual le agrade. Si le gusta tomar un buen vino en una comida no quiere decir que sea alcohólico, yo no me imagino comiéndome un mariscal en Con Con con agua mineral, prefiero no ir y hacerlo en mi casa, pero si tengo las lucas para pagar un servicio responsable que nos lleve y nos traiga para disfrutar como a mi me gusta y sin tener que andar asustados por los controles.
Yo voy a salir en mi autito nomás, y si me pillan tendré que pagar el parte. Total hay que asumir que estas autoridades wnas fiscalizan a la gente decente que no anda haciendo estupideces y la secan a infracciones, mientras que los pastelitos que andan mandandose cagadas en la calle nadie les dice nada. Es el precio de ser weón en una sociedad penca que se caga en la gente que se porta bien.
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Don Chapu, locomocion colectiva incluye a taxis.
saludos
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Rommel, tu propones trabajar de "Transportador":
(http://cdn.shockya.com/news/wp-content/uploads/the_transporter.jpg)
:pozozipy: :pozozipy: :pozozipy: :pozozipy: :pozozipy:
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Don Chapu, locomocion colectiva incluye a taxis.
saludos
Artículo 91.- Prohíbese a los conductores de estos vehículos:
2.- Llevar pasajeros en las pisaderas y no mantener cerradas las puertas del vehículo cuando se encuentre en movimiento;
los taxis no tienen pisaderas
3.- Admitir individuos ebrios, desaseados, que fumen o que no guarden compostura debida, o que ejerzan la mendicidad o cualquier clase de comercio en el vehículo;
no me imagino un mendigo pidiendo o subirse a vender a un taxi
4.- Admitir canastos, bultos o paquetes que molesten a los pasajeros o que impidan la circulación por el pasillo del vehículo;
no conosco un taxi que tenga pasillo donde se puedan colocar bultos
5.- Ponerlo en movimiento o no detenerlo completamente cuando hayan pasajeros que deseen subir o bajar del vehículo;
valido solo para las micros
6.- Aumentar o disminuir la velocidad del vehículo con el objeto de disputarse pasajeros, entorpeciendo la circulación y el buen servicio.
los que corrian para disputarse los pasajeros eran las micros (hasta el fin de las amarillas
estas son reglas generales pero no aplicables 100% para ambos casos
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Rommel, tu propones trabajar de "Transportador":
(http://cdn.shockya.com/news/wp-content/uploads/the_transporter.jpg)
:pozozipy: :pozozipy: :pozozipy: :pozozipy: :pozozipy:
Esa pega me gustó mas :thumbsup: :mafia:
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La gente va a salir igual en sus autos y se va a tomar sus copetes, porque aca el problema NO ES LA LEY (que ya con el 0,5 está más que bien) sino que NO EXISTE FISCALIZACIÓN. Esta nueva ley es puro show no más, porque es inaplicable con la escasa fiscalización que existe.
Con respecto al "negocio" de transportar weones curaos, pa eso están los taxis.
La "gente responsable" como dice el título, se va a cuidar de no tomar o tomar el mínimo, or utilizar el taxi.
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Bueno, este modelito resuelve el problema: Casa y Auto, todo en uno. Si te copeteas no te subes al auto, sino que te vas a tu casa... :pozozipy: :paranoico: :sconf: :velhopozo:
(http://a8.sphotos.ak.fbcdn.net/hphotos-ak-ash4/s320x320/419087_382794601746969_315787638447666_1541016_1805206457_n.jpg)
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Uf, ya me imagino el cumpleaño'e monos que se armaria en ese auto. Yo no lo haria.
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Es una buena idea, pero yo creo la gente responsable va a seguir con el sistema de turnos... O llamando al amigo que prefirió quedarse acostado pa que los vaya a buscar jajajaja
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SI se puede transportar un borracho en un taxi,ya q el paga por el servicio y c va solo o con amigos borrachos asi es q solo el q c lleva el calenton d cabeza es el chofer, no asi el colectivo o bus en q van mas personas, el taxi o radio taxi es un transporte mas privado,lo c por q yo tuve taxis y cuando trabajaba aveces los fds en la noche me tocaba mucho trasladarlos. ahora solo me queda un colectivo y ahí SI esta prohibido trasladar borrachos,personas sucias etc etc.
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Don Chapu y Don Aldom, hagamos una apuesta. que les parece.
$ 5.000.Pesos o 5 lukitas.
Para que no hayan malos entendidos, yo digo que los taxis estan incluidos en lo que se refiere a locomocion colectiva, por lo tanto se rigen con el mismo articulo anteriormente posteado. Y que carabineros puede sacar un parte al conductor o dueño del taxi. Que les parece?
Si ustedes ganan yo pago 5 lukitas a cada uno. si gano yo, cada uno me paga 5 lukitas.
Un abogado por favor que nos aclare estas dudas...... imagino encontraremos en el foro.
quedo atento
saludos
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Don Chapu y Don Aldom, hagamos una apuesta. que les parece.
$ 5.000.Pesos o 5 lukitas.
Para que no hayan malos entendidos, yo digo que los taxis estan incluidos en lo que se refiere a locomocion colectiva, por lo tanto se rigen con el mismo articulo anteriormente posteado. Y que carabineros puede sacar un parte al conductor o dueño del taxi. Que les parece?
Si ustedes ganan yo pago 5 lukitas a cada uno. si gano yo, cada uno me paga 5 lukitas.
Un abogado por favor que nos aclare estas dudas...... imagino encontraremos en el foro.
quedo atento
saludos
Es aplicado a taxis y colectivos!!!
cuando estudiaba tenia un colectivo, lo trabajaba principalmente los fines de semana y en las fiestas...y en un 18 de septiembre trabaje de limache a olmue, iba a la quebrada alvarado donde se hacian rodeos y todas esas actividades diechiocheras de ramadas, huasos y curados....en uno de los viajes, lleve a 3 curados de quebrada alvarado a limache, en el paradero 1 de limache estaban controlando...y me partearon por llevar ebrios en el auto, en recorrido normal (iba con el letrero encendido)
La ley es extensiva, habla de locomocion colectiva, no habla de menor o mayor, ni tampoco de buses o taxis, que hable de las pisaderas, es tambien para especificar, no llevan los autos pero los buses si.
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hace poco salio en las noticias un taxista que llevo a un par de borrachos y lo partearon. Ahi explicaban que no pueden llevarlos.
alguien se gano 10 lucas jaja
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gracias Don Tano y Y Don Claudio por su respuestas y experiencias, es mejor tener bien en claro que dice la la ley, para poder ser bien utilizada por nosotros y despues no encontrarnos con sorpresas desagradables.
saludos
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Algo malo hay en tu relato, puesto que para los dias 18 y 19 de septiembre, esta permitido por fiesta nacional el circular ebrio y tomar en la via publica... aplica para transportarse tambien.
No digo que tu estas mal, sino que el carabinero que te parteo.
Es aplicado a taxis y colectivos!!!
cuando estudiaba tenia un colectivo, lo trabajaba principalmente los fines de semana y en las fiestas...y en un 18 de septiembre trabaje de limache a olmue, iba a la quebrada alvarado donde se hacian rodeos y todas esas actividades diechiocheras de ramadas, huasos y curados....en uno de los viajes, lleve a 3 curados de quebrada alvarado a limache, en el paradero 1 de limache estaban controlando...y me partearon por llevar ebrios en el auto, en recorrido normal (iba con el letrero encendido)
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gracias Don Tano y Y Don Claudio por su respuestas y experiencias, es mejor tener bien en claro que dice la la ley, para poder ser bien utilizada por nosotros y despues no encontrarnos con sorpresas desagradables.
saludos
Vas a tener que devolver la plata porque los taxis no son parte de la locomoción colectiva.
Y cómo lo sé?, súper fácil: LEYENDO LA LEY DEL TRÁNSITO.
Ley 20.388. Artículo 2:
44) Vehículo de locomoción colectiva: Vehículo motorizado,
destinado al uso público, para el transporte remunerado de personas,
exceptuados los taxis que no efectúen servicio colectivo;
La locomoción colectiva de se trata de aquella que colecta pasajeros a lo largo de un recorrido definido.
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Estimado Don Negro antes de devolver la plata tienen que aceptar la apuesta y luego iremos viendo quien miente yeruba.
igual buen punto el tuyo.. algien mas que pueda aportar para aclarar esta interrogante. Que dice la ley en Chile. Creo que un abogado seria de gran ayuda.
saludos
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Estimado Don Negro antes de devolver la plata tienen que aceptar la apuesta y luego iremos viendo quien miente yeruba.
igual buen punto el tuyo.. algien mas que pueda aportar para aclarar esta interrogante. Que dice la ley en Chile. Creo que un abogado seria de gran ayuda.
saludos
Qué que dice la ley en Chile?: lo que puse antes es justamente la Ley en Chile.
El artículo es claro y no hay interrogantes, salvo que tengas mala comprensión de lectura.
Los Taxis no son parte de la locomoción colectiva.
Ahora solo resta que Aldom y Don Chapu te manden sus respectivos números de cuenta corriente para que les deposistes las 5 luquitas. :lero: :lero: :lero:
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Estimado Don Negro, investigando en san google el transporte publico de pasajeros incluye locomocion colectiva , Taxis y colectivos. de todas maneras esperamos mayor informacion por parte de otro forero que nos pueda aclarar la pelicula.
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Estimado Don Negro, investigando en san google el transporte publico de pasajeros incluye locomocion colectiva , Taxis y colectivos. de todas maneras esperamos mayor informacion por parte de otro forero que nos pueda aclarar la pelicula.
Puedes postear todas las experiencias de vida de foreros o todo los artículos que quieras de google.com, chilecomparte.cl, taringa.com, jaidefinichon.com y porlaputa.com, pero lo que vale es la LEY.
Y la ley ya fue posteada.
Vamos pagando sin llorar como dice Don Quelo. :risa2:
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Negro , no tengo problemas de comprension de lectura. No seas prepotente que yo hasta el momento no lo he sido contigo.
por lo tanto ten un poco altura de miras y si realmente te interesa el tema, para aclarar las dudas para nuestro propio beneficio. Aportemos por la finalidad del tema en discusion, mira que 5 lukas picantes hoy dia no nos haran ni mas ricos ni mas pobres. Es solo un incentivo para transparentar esta ley. Las cuales en Chile siempre tienen algo rebuscado.
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Yo soy otro forero... y la ley es la ley...
- Vehículo de locomoción colectiva: Vehículo
motorizado, destinado al uso público, para el transporte
remunerado de personas, exceptuados los taxis que no
efectúen servicio colectivo;
Puede verlo uste mismo en la pagina de la Subsecretaria de Transporte, pagina 4: http://www.subtrans.gob.cl/subtrans/doc/leyes_leydetransito%28ultimaactualizacion%29.pdf (http://www.subtrans.gob.cl/subtrans/doc/leyes_leydetransito%28ultimaactualizacion%29.pdf)
Estimado Don Negro, investigando en san google el transporte publico de pasajeros incluye locomocion colectiva , Taxis y colectivos. de todas maneras esperamos mayor informacion por parte de otro forero que nos pueda aclarar la pelicula.
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Les cuento que yo he hecho esa pega en mi AUTO anterior.
Y me Iba bien, nunca me vomitaron el auto o algo similar, cualquier consulta les cuento, eso si era a conocidos, familiares, gente que necesitaba de alguien que las transporte o las vaya a buscar a tal hora a tal parte.
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Estimado Don Negro antes de devolver la plata tienen que aceptar la apuesta y luego iremos viendo quien miente yeruba.
igual buen punto el tuyo.. algien mas que pueda aportar para aclarar esta interrogante. Que dice la ley en Chile. Creo que un abogado seria de gran ayuda.
saludos
acá está la ley estimado :lero:
http://www.conaset.cl/userfiles/files/DFL_1_2007actual.pdf (http://www.conaset.cl/userfiles/files/DFL_1_2007actual.pdf)
veáse el articulo 44
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Estimado Don Claudino, la apuesta que he efectuado es con respecto si los taxis pueden o no pueden transportar ebrios.
Yo no he apostado si los taxis son locomocion colectiva. Adjunto :
DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS Y DE LOS PASAJEROS DE VEHICULOS DE LOCOMOCION COLECTIVA
Del transporte público de pasajeros (ARTS. 88-91)
Artículo 88.- Ningún vehículo podrá destinarse a ni mantenerse en la prestación de servicio público de transporte de pasajeros sin haber dado cumplimiento a las normas específicas que se determinen para los mismos. En los vehículos de transporte público de pasajeros con capacidad para más de 24 personas, que presten servicio urbano en las ciudades de Santiago, San Bernardo y Puente Alto, quedará prohibido que el conductor desempeñe simultáneamente las funciones de conductor y de cobrador o expendedor de boletos. En estos vehículos, deberá existir un cobrador o instalarse un sistema de cobro automático de la tarifa. En las demás ciudades de más de 200.000 habitantes, el Presidente de la República, por decreto fundado, podrá exigir el cumplimiento de esta obligación en los plazos y condiciones que determine.
Artículo 89.- Los servicios de locomoción colectiva de pasajeros y de taxis, deberán ajustarse en su operación a las normas que para los efectos determine el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Artículo 90.- Al ser requerido por un pasajero, de palabra o mediante la señal correspondiente, o cuando haya personas que deseen subir al vehículo, el conductor estará obligado a detener su marcha completamente en el paradero mas próximo. La detención deberá hacerse siempre al costado derecho de los caminos, sobre la berma, y en la vía urbana, junto a la acera.
Articulo 91.- Prohíbese a los conductores de estos vehículos:
1.- Proveerlos de combustible con personas en su interior;
2.- Llevar pasajeros en las pisaderas y no mantener cerradas las puertas del vehículo cuando se encuentre en movimiento;
3.- Admitir individuos ebrios, desaseados, que fumen o que no guarden compostura debida, o que ejerzan la mendicidad o cualquier clase de comercio en el vehículo;
4.- Admitir animales, canastos, bultos o paquetes que molesten a los pasajeros o que impidan la circulación por el pasillo del vehículo. Exceptúanse de esta prohibición, los perros de asistencia que acompañen a pasajeros con discapacidad.
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mmmmmmmmmmmmm
No faltará el que se especialize en minas ricas ebrias para cobrar en :palmada:
:pozozipy:
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yo tb dije que los taxis no pueden llevar borrachos, ni idea si corresponde o no al transporte publico. Insisto, hace poco salio un taxista reclamando por esto (que me parece justo por lo demás, si no como uno se devuelve?? ^-^) tampoco podian llevar en las micros a los borrachos, o sea, tienen que caminar los weoncitos
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Estimado Don Claudino, la apuesta que he efectuado es con respecto si los taxis pueden o no pueden transportar ebrios.
Yo no he apostado si los taxis son locomocion colectiva. Adjunto :
DEL TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS Y DE LOS PASAJEROS DE VEHICULOS DE LOCOMOCION COLECTIVA
Del transporte público de pasajeros (ARTS. 88-91)
Artículo 88.- Ningún vehículo podrá destinarse a ni mantenerse en la prestación de servicio público de transporte de pasajeros sin haber dado cumplimiento a las normas específicas que se determinen para los mismos. En los vehículos de transporte público de pasajeros con capacidad para más de 24 personas, que presten servicio urbano en las ciudades de Santiago, San Bernardo y Puente Alto, quedará prohibido que el conductor desempeñe simultáneamente las funciones de conductor y de cobrador o expendedor de boletos. En estos vehículos, deberá existir un cobrador o instalarse un sistema de cobro automático de la tarifa. En las demás ciudades de más de 200.000 habitantes, el Presidente de la República, por decreto fundado, podrá exigir el cumplimiento de esta obligación en los plazos y condiciones que determine.
Artículo 89.- Los servicios de locomoción colectiva de pasajeros y de taxis, deberán ajustarse en su operación a las normas que para los efectos determine el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Artículo 90.- Al ser requerido por un pasajero, de palabra o mediante la señal correspondiente, o cuando haya personas que deseen subir al vehículo, el conductor estará obligado a detener su marcha completamente en el paradero mas próximo. La detención deberá hacerse siempre al costado derecho de los caminos, sobre la berma, y en la vía urbana, junto a la acera.
Articulo 91.- Prohíbese a los conductores de estos vehículos:
1.- Proveerlos de combustible con personas en su interior;
2.- Llevar pasajeros en las pisaderas y no mantener cerradas las puertas del vehículo cuando se encuentre en movimiento;
3.- Admitir individuos ebrios, desaseados, que fumen o que no guarden compostura debida, o que ejerzan la mendicidad o cualquier clase de comercio en el vehículo;
4.- Admitir animales, canastos, bultos o paquetes que molesten a los pasajeros o que impidan la circulación por el pasillo del vehículo. Exceptúanse de esta prohibición, los perros de asistencia que acompañen a pasajeros con discapacidad.
chuta que salio duro el hombre.. :risa2:
cuando habla de LOCOMOCION COLECTIVA se refiere a transporte de VARIAS personas, y donde está el punto en discución:
los curaditos en un bus pueden molestar al resto de los pasajeros, lo mismo aplica para un Taxi colectivo donde van mas personas, en el caso del taxi, el curaito se queda dormido en el asiento de atras y no webea a nadie.
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yo tb dije que los taxis no pueden llevar borrachos, ni idea si corresponde o no al transporte publico. Insisto, hace poco salio un taxista reclamando por esto (que me parece justo por lo demás, si no como uno se devuelve?? ^-^) tampoco podian llevar en las micros a los borrachos, o sea, tienen que caminar los weoncitos
Tambien esta prohibido andar borracho en la via publica... jajajaja...
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yo tb dije que los taxis no pueden llevar borrachos, ni idea si corresponde o no al transporte publico. Insisto, hace poco salio un taxista reclamando por esto (que me parece justo por lo demás, si no como uno se devuelve?? ^-^) tampoco podian llevar en las micros a los borrachos, o sea, tienen que caminar los weoncitos
Pues una vez, a mí me quisieron pasar un parte por adelantar en un cruce. El paco me quería hacer la boleta y yo le dije que estaba él estaba equivocado y que leyera bien la ley del tránsito.
Se puso choro y me dijo "Haber cabrito y donde tengo que leer para saber que usted tiene la razón", seguramente el paco pensó que yo no tenía idea pero le dije que leyera el artículo 127 (que actualmente es el 123) y quedó para adentro. El paco no andaba trayendo la ley (fail) así que llamó por radio a la comisaría para que le leyeran el mencionado artículo, el cual decía:
Ningún vehículo podrá adelantar o sobrepasar a otro en un paso de peatones ni en un cruce, salvo que éstos se encuentren regulados.
Resulta que me dijo que llevaba toda la mañana sacandole parte al los wns que adelantaban en ese cruce, el cual era regulado porque tenía semáforo. Se cagó como a 20 wn y se sorprendió de que estaba equivocado.
Bueno, en conclusión, puedes contar miles de anécdotas de partes. Seguramente los wns que partearon antes que yo, quedaron con la idea de que no se puede adelantar ahí, y también podría apostar que ninguno de ellos se leyó la ley para cachar si era así o no.
Pero el cuento es que lo que vale es la ley.
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:pozozipy:
Para ir avanzando y definiendo una discusión que de acuerdo a los argumentos concretos que se han entregado , basados en las fuentes legales correspondientes y no en meras apreciaciones personales, se concluye que:
Los taxis básicos NO se consideran locomoción colectiva, por tanto no tienen la misma reglamentación partiendo de la base que el conductor de un taxi tiene la facultad de llevar o no llevar a quien se le de la gana.
En todo caso, mi idea nunca fue para comprarse un taxi sino que para aprovechar el propio vehículo. :cop2:
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:pozozipy:
Para ir avanzando y definiendo una discusión que de acuerdo a los argumentos concretos que se han entregado , basados en las fuentes legales correspondientes y no en meras apreciaciones personales, se concluye que:
Los taxis básicos NO se consideran locomoción colectiva, por tanto no tienen la misma reglamentación partiendo de la base que el conductor de un taxi tiene la facultad de llevar o no llevar a quien se le de la gana.
En todo caso, mi idea nunca fue para comprarse un taxi sino que para aprovechar el propio vehículo. :cop2:
Yo cacho que saldría más a cuenta usar el auto del compadre que necesita q lo trasladen, no el de uno, onda "sosito venga a buscarme al hic... (donde sea que esté sentado/botado, etc), yo le paso las llaves y las lucas..." Eso es lo que entendí yo del servicio de Los Angelitos o como sea que se llamen...
::)
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... partiendo de la base que el conductor de un taxi tiene la facultad de llevar o no llevar a quien se le de la gana.
Discrepo de esto ultimo... el no tiene la facultad de llevar o no, a quien se le de la gana. Claramente se reserva el derecho de admision, si estas en estado de ebriedad o causando desorden.
Pero solo eso, no puede negar a llevarte, simplemente porque le caiste mal, o te encuentra viejo o feo. :thumbsup: :thumbsup:
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el tema de la ley de transito se presta para varias interpretaciones.
hay un tema bien controversial respecto al uso del automovil particular y hace mencion en mi primera intervencion en el topic y se refiere al lucro ofreciendo un servicio.
si bien cualquiera puede llevar a quien se le de la gana en su vehiculo (porque es particular) y por el hecho de "cobrar" ya sea para la bencina, estas infringiendo la ley.
hay un caso muy puntual y ocurre en el aeropuerto, en que los cops partean a los particulares que pasan a dejar a alguien a las puertas de acceso, estos señores dicen que "estas haciendo transporte de pasajeros" en auto particular, mas aún si te ven tirandoles unas lukitas al chofer (quien puede ser un amigo paleteado que te llevo).
la única manera mas segura es llegar conduciendo en tu propio vehiculo, bajarte y que se lo lleve la otra persona.
cuento esto porque me pasó una vez en AMB, un cops se me acercó y me queria webear aluciendo transporte publico en vehiculo particular, le dije..
como voy a hacer transporte publico si el auto es mio (gil, para mis adentro) y me vengo a dejar yo mismo, ahora el que se lleva el auto es mi hermano, ¿asi que donde está la falta?, obviamente con el padron en mano.
ahí quedo..
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Yo cacho que saldría más a cuenta usar el auto del compadre que necesita q lo trasladen, no el de uno, onda "sosito venga a buscarme al hic... (donde sea que esté sentado/botado, etc), yo le paso las llaves y las lucas..." Eso es lo que entendí yo del servicio de Los Angelitos o como sea que se llamen...
::)
Ningún curado volteado va a tener la facultad de discernir su estado como para llegar a un grado de responsabilidad como el que mencionas. Por el contrario, ahí es cuando se ponen mas mañosos y juran que están bien y que incluso manejan mejor que sobrios. No, esa no es la idea. El negocio va segmentado a gente responsable que quiere salir , tomarse sus copetes tranquilos y que los lleven y los traigan sanos o no sanos pero salvos , ahora , que quieran contratar solo el servicio de conducción en su propio vehículo o el servicio completo es otro cuento.
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el tema de la ley de transito se presta para varias interpretaciones.
hay un tema bien controversial respecto al uso del automovil particular y hace mencion en mi primera intervencion en el topic y se refiere al lucro ofreciendo un servicio.
si bien cualquiera puede llevar a quien se le de la gana en su vehiculo (porque es particular) y por el hecho de "cobrar" ya sea para la bencina, estas infringiendo la ley.
hay un caso muy puntual y ocurre en el aeropuerto, en que los cops partean a los particulares que pasan a dejar a alguien a las puertas de acceso, estos señores dicen que "estas haciendo transporte de pasajeros" en auto particular, mas aún si te ven tirandoles unas lukitas al chofer (quien puede ser un amigo paleteado que te llevo).
la única manera mas segura es llegar conduciendo en tu propio vehiculo, bajarte y que se lo lleve la otra persona.
cuento esto porque me pasó una vez en AMB, un cops se me acercó y me queria webear aluciendo transporte publico en vehiculo particular, le dije..
como voy a hacer transporte publico si el auto es mio (gil, para mis adentro) y me vengo a dejar yo mismo, ahora el que se lleva el auto es mi hermano, ¿asi que donde está la falta?, obviamente con el padron en mano.
ahí quedo..
Eso es correcto y por lo mismo es que habría que desarrollarlo dentro de un círculo de personas puntuales que tengan la opción de "contratar" el servicio como "picada" especial nomas.
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Algo malo hay en tu relato, puesto que para los dias 18 y 19 de septiembre, esta permitido por fiesta nacional el circular ebrio y tomar en la via publica... aplica para transportarse tambien.
No digo que tu estas mal, sino que el carabinero que te parteo.
no se de donde esta esa normativa regulacion o como lo llames...pero la verdad, no tenia idea que se podia andar curao por las calles esos dias????
Yo soy otro forero... y la ley es la ley...
- Vehículo de locomoción colectiva: Vehículo
motorizado, destinado al uso público, para el transporte
remunerado de personas, exceptuados los taxis que no
efectúen servicio colectivo;
Puede verlo uste mismo en la pagina de la Subsecretaria de Transporte, pagina 4: http://www.subtrans.gob.cl/subtrans/doc/leyes_leydetransito%28ultimaactualizacion%29.pdf (http://www.subtrans.gob.cl/subtrans/doc/leyes_leydetransito%28ultimaactualizacion%29.pdf)
Ojo, que los taxis tienen varias definiciones, principalmente de turismo, basico y colectivo...
ademas se estan basando en la normativa general de transito, cuando la normativa que debe analizarse es la que regula el transporte colectivo el decreto 212 http://www.subtrans.gob.cl/subtrans/site/artic/20080401/asocfile/20080401085302/dec_212_1992.pdf (http://www.subtrans.gob.cl/subtrans/site/artic/20080401/asocfile/20080401085302/dec_212_1992.pdf)
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no se de donde esta esa normativa regulacion o como lo llames...pero la verdad, no tenia idea que se podia andar curao por las calles esos dias????
Lo vimos en la U, en clases de legislacion laboral, el profesor era abogado, y salio como tema en clases.
Pero es cosa de buscar, capaz que salga hasta en la consitucion del pais... hip...
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Eso es correcto y por lo mismo es que habría que desarrollarlo dentro de un círculo de personas puntuales que tengan la opción de "contratar" el servicio como "picada" especial nomas.
Como diría Don Rommel, solo llevando Gente Como Uno :risa2:
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Como diría Don Rommel, solo llevando Gente Como Uno :risa2:
A eso me refería 8)
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A eso me refería 8)
Conozco ese lenguaje... o sea me entiendo con los codigos de la GCU... aunque no soy uno de ellos :D a ti se te sale demasiado lo GCU :risa2: :cop2:
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Conozco ese lenguaje... o sea me entiendo con los codigos de la GCU... aunque no soy uno de ellos :D a ti se te sale demasiado lo GCU :risa2: :cop2:
Y dale con la w..... :risa2:, entiende que yo soy un wn pobre y sencillo... :cop2:
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Parte de los codigos de la GCU es negar su condicion de GCU :risa2:
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Ahora solo resta que Aldom y Don Chapu te manden sus respectivos números de cuenta corriente para que les deposistes las 5 luquitas.
ANOTA : bco estado n 425000084___ :risa2: naaaaaaa bromas.
yo sabia q tenia la razón ;D
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Con ims amigos nos turnamos, hay choferes designados, se cobra la bencina por cabeza y se va de carrete, despues el los deja a todos y se va, el que maneja no toma, despues el otro fds le toca a otro y asi.
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Estimado Rommel yo una vez le pregunte al chofer del colectivo si hacia viajes especiales y cosas así , así que de ahí hasta ahora cada ves que lo necesitamos lo llamo a la hora que sea y me sale super conveniente,un ejemplo cuando voy al jumbo los taxis ahí cobran $3700 y el chofer del colectivo me cobra $2500.. así que no tengo donde perderme.