Conduce Chile
General => De Todo Un Poco => Mensaje iniciado por: Bombero330 en Abril 19, 2011, 10:10:58 am
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Lo habia puesto el el foro Legal....pero no hubo peske...asi que lo pongo aqui mejor:
Estimados:
Una consulta:
El año pasado en enero yo fui a comprar un Spark (el de la bruja) a Osorno, aquella vez con la vendedora fuimos a una notaria e hicimos un poder para mi, que puedo transferir, vender,permutar etc con el auto. La idea era que yo llegando a Puerto Montt le transfiriera el Spark a la bruja..... bueno de puro dejado no lo hemos hecho...
Este poder tiene algun plazo? o vencimiento? en el mismo poder no hace referencia ni a plazos ni fechas.
saludos
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No tieen fecha, pero, por practica, pasado unos años puede ser que no lo pesquen... estas a tiempo, sal al tiro del tramite.
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Yo compre mi sharis asi, pero me dijeron q el poder de la notaria duraba 30 dias nomas .... mejor pregunta en el Registro Civil :victory:
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depende exclusivamente de si le dieron la pasada o le dejaron pagando a la persona que te atienda, aunque por lo general nisiquiera una atendedora que tuvo 50 orgasmos la noche anterior deja pasar uno con mas de un año, o mas de 30 dias si el auto es muy caro.
Malo esta, JAMAS se compra un auto con "poder para transferirlo", puede venderlo despues denuevo barato a otra persona, y lo encarga por robado, y no tienes como demostrar tu inocencia.
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pero segun entendi...el auto nunca entonces a sido tuyo???
osea aun esta a nombre de la otra persona???
por que si es asi...puedes meterte en tremendo cacho, ya que si el papel no sirve...por que ya caduco...tendras que rogarle a la otra persona que se junten y si no quiere no lo hace no mas...
ahora para la otra persona tambien es un cacho...ya que si tu te metes en un lio, tecnicamente ella es la responsable...
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pero segun entendi...el auto nunca entonces a sido tuyo???
osea aun esta a nombre de la otra persona???
por que si es asi...puedes meterte en tremendo cacho, ya que si el papel no sirve...por que ya caduco...tendras que rogarle a la otra persona que se junten y si no quiere no lo hace no mas...
ahora para la otra persona tambien es un cacho...ya que si tu te metes en un lio, tecnicamente ella es la responsable...
No es así, el auto es un bien mueble y se entiende vendido cuando las partes así lo acuerdan, dinero v/s llaves (por lo que recuerdo de mis clases de derecho) y el no escriturar es un lio legal administrativo que no tiene que ver con la propiedad del bien.
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No es así, el auto es un bien mueble y se entiende vendido cuando las partes así lo acuerdan, dinero v/s llaves (por lo que recuerdo de mis clases de derecho) y el no escriturar es un lio legal administrativo que no tiene que ver con la propiedad del bien.
exacto, po lo menos eso me dijo un profe de dº
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Lo que pasa es que el sistema chileno de vehiculos motorizados es derechamente malo
lleva a que la gente que no sabe derecho confunda la transferencia del dominio, el contrato de compraventa, la entrega material y la inscripcion en una misma cosa que le llaman comunmente "La transferencia"
y si a eso le agregamos el tema de la Prueba más complicado se vuelve.
Tenemos por una parte que el contrato de compra venta es consensual y que se perfecciona con el mero acuerdo de las partes, pero por otra tenemos el lado practico que las obligaciones de mas de X cantidad de plata deben constar por escrito (entonces el contrato existe pero si no esta por escrito no tienes como probarlo en juicio)
Por otra parte tenemos que el DOMINIO SE TRANSFIERE por la entrega material del auto. que es distinta a la INSCRIPCION en el registro de vehiculos motorizados pero que a su vez es una presuncion LEGAL del dominio del vehiculo y que a su vez admite prueba en contrario.
Y a eso le agregamos que efectivamente uno puede otorgar poder a otra persona para vender el auto a nombre mio, PERO eso en la practica se usa para EVADIR impuestos, al final un auto ha pasado por 10 dueños pero en el registro figura con 3 dueños
Como el ajo
Si van a vender/comprar un auto porque no celebran por escrito el contrato en la notaria o en el mismo registro civil y inscriben seguidamente el auto a nombre del nuevo dueño.
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No es así, el auto es un bien mueble y se entiende vendido cuando las partes así lo acuerdan, dinero v/s llaves (por lo que recuerdo de mis clases de derecho) y el no escriturar es un lio legal administrativo que no tiene que ver con la propiedad del bien.
claro pero esa es la parte legal....
que es muy distinta a la parte practica...
ya que al final lo que se vera es a nombre de quien esta ela uto es cuestion...
independiente que despues por medio de un juicio demuestre lo contraio...lo que es una soberana paja....
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Lo que pasa es que el sistema chileno de vehiculos motorizados es derechamente malo
lleva a que la gente que no sabe derecho confunda la transferencia del dominio, el contrato de compraventa, la entrega material y la inscripcion en una misma cosa que le llaman comunmente "La transferencia"
y si a eso le agregamos el tema de la Prueba más complicado se vuelve.
Tenemos por una parte que el contrato de compra venta es consensual y que se perfecciona con el mero acuerdo de las partes, pero por otra tenemos el lado practico que las obligaciones de mas de X cantidad de plata deben constar por escrito (entonces el contrato existe pero si no esta por escrito no tienes como probarlo en juicio)
Por otra parte tenemos que el DOMINIO SE TRANSFIERE por la entrega material del auto. que es distinta a la INSCRIPCION en el registro de vehiculos motorizados pero que a su vez es una presuncion LEGAL del dominio del vehiculo y que a su vez admite prueba en contrario.
Y a eso le agregamos que efectivamente uno puede otorgar poder a otra persona para vender el auto a nombre mio, PERO eso en la practica se usa para EVADIR impuestos, al final un auto ha pasado por 10 dueños pero en el registro figura con 3 dueños
Como el ajo
Si van a vender/comprar un auto porque no celebran por escrito el contrato en la notaria o en el mismo registro civil y inscriben seguidamente el auto a nombre del nuevo dueño.
ya pero ... cuanto dura el papelito?? ;D
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No es así, el auto es un bien mueble y se entiende vendido cuando las partes así lo acuerdan, dinero v/s llaves (por lo que recuerdo de mis clases de derecho) y el no escriturar es un lio legal administrativo que no tiene que ver con la propiedad del bien.
no se admite la prueba testimonial para probar la compraventa debienes que valen mas de 2 utm que por ley debe constar por escrito, y ojo, un mandato o poder para venta es eso, no una prueba de compraventa como si seria una servilleta firmada por ambas partes
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ya pero ... cuanto dura el papelito?? ;D
Dura lo que las partes acuerden
:tumtum:
Para evadir impuestos no dura nada porque es ilegal para esos fines
:tumtum:
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Bueno...debo reconocer que me deje estar... para aclarar bien el tema, yo fui a Osorno un dia en la tarde y se lo compre a una mina, la mina :baba:(filete) trabaja en..... y salio apurada a una notaria que estaba a punto de cerrar , hicimos este poder, por que yo llegando a Puerto Montt se lo iba a transferir a la bruja....y bueno a pasado el tiempo y no he hecho....ahora lo vamos a hacer, y viendo el poder este no indica ninguna fecha de vencimiento de dicho poder.
Incluso, la ex-dueña me pregunto si habia hecho la transferencia (un dia que tuve que pasar a su casa a buscar el manual y la 2º llave :wub:) y yo le dije que la iba a hacer...
Bueno si el papel ya caduco voy a tener que viajar de nuevo a Osorno a buscar a la ex-dueña (filete 1º corte) :risa3:
No creo que me ponga trabas :silvador: :wub:
saludos y gracias por responder...
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Bueno...debo reconocer que me deje estar... para aclarar bien el tema, yo fui a Osorno un dia en la tarde y se lo compre a una mina, la mina :baba:(filete) trabaja en..... y salio apurada a una notaria que estaba a punto de cerrar , hicimos este poder, por que yo llegando a Puerto Montt se lo iba a transferir a la bruja....y bueno a pasado el tiempo y no he hecho....ahora lo vamos a hacer, y viendo el poder este no indica ninguna fecha de vencimiento de dicho poder.
Incluso, la ex-dueña me pregunto si habia hecho la transferencia (un dia que tuve que pasar a su casa a buscar el manual y la 2º llave :wub:) y yo le dije que la iba a hacer...
Bueno si el papel ya caduco voy a tener que viajar de nuevo a Osorno a buscar a la ex-dueña (filete 1º corte) :risa3:
No creo que me ponga trabas :silvador: :wub:
saludos y gracias por responder...
O sea, admitelo!!! .... qeris puro q el papel este vencido :risa2: