Conduce Chile
General => De Todo Un Poco => Mensaje iniciado por: Don Bob en Julio 27, 2015, 21:59:50 pm
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bueno, eso po. basicamente, quizas, me cambie de pega pero pasaria a boletear... y no cacho na como se hace esta custiom.
alguien de buen cucharon que me explique con manzanas?
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sigues cotizando como independiente .
para hacerlo más fácil , te registras en previred .
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Ese es el método moderno, el método antiguo es ir a tu AFP y decir " ...quiero seguir cotizando pero independiente" y lo mismo en la isapre, eso.
:abuelo: :teje:
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ok, comprendo. pero hay un minimo, maximo, porcentaje del bruto... no cacho ni coipo!!
me retienen el 10% igual????
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desde el sueldo mínimo hacia arriba .
va a depender de tu conveniencia , si necesitas demostrar renta ,
si tienes plan con isapre , etc .
yo en mi caso lo hago por el sueldo mínimo ...son anti AFP y no les
regalo mi dinero ..
saludos .
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desde el sueldo mínimo hacia arriba .
va a depender de tu conveniencia , si necesitas demostrar renta ,
si tienes plan con isapre , etc .
yo en mi caso lo hago por el sueldo mínimo ...son anti AFP y no les
regalo mi dinero ..
saludos .
mmm... intedezante... solo me interesa mas q nada el tema fonasa.
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Para aclarar algunas dudas espero que se entienda lo que detallo a continuacion:
- La boleta que emitas debera llevar consigo el pago del impuesto respectivo (por ejemplo una boleta con retencion del 10%)
- El empleador o receptor de la boleta debera pagar ese impuesto retenido cada mes y declararlo con el formulario 1879 hasta el 14 de marzo del año siguiente, el cual debera hacerlo llegar a los receptores y enviarlo antes del 26 de marzo al sii, para que vaya incluido en la declaracion de renta respectiva (debe hacerte llegar el detalle con todos los montos imponibles y los impuestos respectivos pagados al SII con el factor de actualizacion respectivo).
- Ahora a contar del año 2015 es obligatorio el que los perceptores de rentas por honorarios, deben realizar cotizaciones previsionales (ahora junto con emitir la boleta debes considerar el descuento de la cotizacion a la AFP).
- Si nunca has cotizado pasaras actualmente a Planvital (quien se gano la ultima concesion en post de modelo).
- Si no has pagado las cotizaciones, no te preocupes que papa fisco te las va a descontar si o si en la declaracion de renta 2015 (la que se declara y paga en abril del 2016) :yaoming: :yaoming: :yaoming: y alli muchos se va a encontrar recien con la sorpresita :trollface: :trollface:
Algunos links de interes
http://www.sii.cl/pagina/intermedia/cotizacion/cotizacion_previsional.html (http://www.sii.cl/pagina/intermedia/cotizacion/cotizacion_previsional.html)
http://www.previsionsocial.gob.cl/cotizacion-honorarios/ (http://www.previsionsocial.gob.cl/cotizacion-honorarios/)
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Para aclarar algunas dudas espero que se entienda lo que detallo a continuacion:
- La boleta que emitas debera llevar consigo el pago del impuesto respectivo (por ejemplo una boleta con retencion del 10%)
- El empleador o receptor de la boleta debera pagar ese impuesto retenido cada mes y declararlo con el formulario 1879 hasta el 14 de marzo del año siguiente, el cual debera hacerlo llegar a los receptores y enviarlo antes del 26 de marzo al sii, para que vaya incluido en la declaracion de renta respectiva (debe hacerte llegar el detalle con todos los montos imponibles y los impuestos respectivos pagados al SII con el factor de actualizacion respectivo).
- Ahora a contar del año 2015 es obligatorio el que los perceptores de rentas por honorarios, deben realizar cotizaciones previsionales (ahora junto con emitir la boleta debes considerar el descuento de la cotizacion a la AFP).
- Si nunca has cotizado pasaras actualmente a Planvital (quien se gano la ultima concesion en post de modelo).
- Si no has pagado las cotizaciones, no te preocupes que papa fisco te las va a descontar si o si en la declaracion de renta 2015 (la que se declara y paga en abril del 2016) :yaoming: :yaoming: :yaoming: y alli muchos se va a encontrar recien con la sorpresita :trollface: :trollface:
Algunos links de interes
http://www.sii.cl/pagina/intermedia/cotizacion/cotizacion_previsional.html (http://www.sii.cl/pagina/intermedia/cotizacion/cotizacion_previsional.html)
http://www.previsionsocial.gob.cl/cotizacion-honorarios/ (http://www.previsionsocial.gob.cl/cotizacion-honorarios/)
ehhhh......
(http://cdn.meme.am/images/300x/4876081.jpg)
a ver:
1) me retienen igual el 10%, que se ira a mi afp en mayo, ya no a mis bolsillos.
2) de lo que quede, me debo cotizar mes a mes para fines de salud y prevision (fonasa + provida, en mi caso), o en si defecto lo hará igual a quien le boletee
3) o sea, del 100% del ingreso bruto... debo restarle como el 30% entre retencion, salud y afp.
eso??? x q si es asi, que el estado me venga a lamer las bolas.
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ehhhh......
(http://cdn.meme.am/images/300x/4876081.jpg)
a ver:
1) me retienen igual el 10%, que se ira a mi afp en mayo, ya no a mis bolsillos.
2) de lo que quede, me debo cotizar mes a mes para fines de salud y prevision (fonasa + provida, en mi caso), o en si defecto lo hará igual a quien le boletee
3) o sea, del 100% del ingreso bruto... debo restarle como el 30% entre retencion, salud y afp.
eso??? x q si es asi, que el estado me venga a lamer las bolas.
:risa2: :risa2: :risa2: :risa2:
juntemonosnos y te cuento como es la cosa por el lado impositivo al menos
no es como lo planteas deberia ser no mas del 20 % normal que todos pagamos