Autor Tema: consulta SII  (Leído 3215 veces)

Desconectado canallin

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consulta SII
« en: Mayo 24, 2013, 20:59:47 pm »
Estimados,tengo una duda...
tengo una caja llena de facturas emitidas y en blanco del año 2007;en ese entonces tuve camiones y luego hice el término de giro.
mi duda es ...  puedo botar ya esos documentos ?
tengo entendido que ley obliga a tenerlos 5 años..
pienso regalarle los talonarios en blanco a mis hijas para que jueguen.. jejejeje
ya no creo que joda SII verdad ?
saludos.
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Desconectado KekoCh

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Re:consulta SII
« Respuesta #1 en: Mayo 24, 2013, 21:15:12 pm »
Mira...un amigo mio, de apellido Murphy, me dice que al día siguiente que botes esos papeles te va a llegar una carta del SII pidiéndote justamente ESOS documentos so penas del infierno de los evasores de impuestos y bla bla bla.  :-[

Por tranquilidad mental mejor llevarlos a una oficina del SII y preguntarles a ellos si sirven o no...y si te dicen que no...que lo hagan por escrito.
El que nunca ha pasado de 120 km/hr en carretera que lance la primera piedra...

Desconectado chunchos

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Re:consulta SII
« Respuesta #2 en: Mayo 24, 2013, 21:37:16 pm »
Uff, yo soy del Sii... te comento que POR NINGUN MOTIVO hagas tal como dices... las facturas emitidas te las pueden pedir por cualquier cosa, como por ejemplo una verificación de un tercero... minimo 6 años, y si es penal podrían ser hasta 10 años... por ptra parte las facturas en blanco... olvidate, eso es más peligroso que un cheque... las en blanco vas y las entregas al sii para su destrucción, te van/TIENEN QUE  dar copia del acta de destrucción y listo.
Cualquier otra cosa que hagas puede ser un CACHO mayusculo.... y no es chiste.
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Desconectado GatoR

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Re:consulta SII
« Respuesta #3 en: Mayo 24, 2013, 21:43:17 pm »
Chuta. Hasta yo me asusté.

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Desconectado Duraznov

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Re:consulta SII
« Respuesta #4 en: Mayo 24, 2013, 22:07:25 pm »
Chucha yo igual, y eso que no tengo facturas. Voy a ir al SII a que me las destruyan igual, de forma preventiva...

Desconectado migue89

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Re:consulta SII
« Respuesta #5 en: Mayo 24, 2013, 22:11:08 pm »
chunchos ya lo dijo todo....

las facturas no son juego aunq un día compré una sopaipilla en república y la "servilleta" era un pedazo de factura

Desconectado mutombo

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Re:consulta SII
« Respuesta #6 en: Mayo 25, 2013, 09:26:02 am »
Uff, yo soy del Sii... te comento que POR NINGUN MOTIVO hagas tal como dices... las facturas emitidas te las pueden pedir por cualquier cosa, como por ejemplo una verificación de un tercero... minimo 6 años, y si es penal podrían ser hasta 10 años... por ptra parte las facturas en blanco... olvidate, eso es más peligroso que un cheque... las en blanco vas y las entregas al sii para su destrucción, te van/TIENEN QUE  dar copia del acta de destrucción y listo.
Cualquier otra cosa que hagas puede ser un CACHO mayusculo.... y no es chiste.

chunchos una consulta...

tu hablas de 10 años que te pueden pedir...

yo comence mi negocio el 2002...

es un cacho esto del almacenaje de facturas y boletas...

hoy en el año 2013 que estamos...podria eliminar ya las del 2002 o igual debo guardarlas????

onda todos los años cuando abro la bodega para meter las del año en curso, puedo botar/destruir/quemar las del "año 11" para hacer espacio???

Milo la otra vez tambien me dijo que no botara nada por que podian pedir hasta 10 años...ahora que ya los cumpli me entra la duda...
« Última modificación: Mayo 25, 2013, 09:31:46 am por mutombo »
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Desconectado Milo

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Re:consulta SII
« Respuesta #7 en: Mayo 25, 2013, 09:50:40 am »
Mutombo en tu caso, yo te recomendaría que las botes, solo son boletas, es mas complejo si emitieras facturas

Desconectado mutombo

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Re:consulta SII
« Respuesta #8 en: Mayo 25, 2013, 09:53:19 am »
Mutombo en tu caso, yo te recomendaría que las botes, solo son boletas, es mas complejo si emitieras facturas

perfecto... solo las del año 11 cierto???

ahora yo no emito facturas, pero recibo...

puedo tambien eliminar las facturas recibidas a partir del año 11???
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Desconectado mechanix

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Re:consulta SII
« Respuesta #9 en: Mayo 25, 2013, 12:37:58 pm »
Oye wn no asusti a la gente!!! ;)



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Desconectado chunchos

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Re:consulta SII
« Respuesta #10 en: Mayo 25, 2013, 19:56:58 pm »
Mira, si tu -tu sociedad- tiene FUT, o perdidas, debes contar con el respaldo documentario aunque sea de 30 años atras... si no es del caso, elimina del año 11.
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Desconectado Alejandra

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Re:consulta SII
« Respuesta #11 en: Mayo 25, 2013, 20:00:49 pm »
Es atroz.... Yo he tenido q rehacer fut's con papiros xD

Desconectado Marcelo S.

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Re:consulta SII
« Respuesta #12 en: Mayo 25, 2013, 22:18:54 pm »
Me toco revisar un remanente antiquisimo y no pudieron demostrarlo por botar las facturas, lamentabemente tuve que rebajar 3 millones de ese remanente, para el monto final no era tanto, pero, SON 3 PALOS que no pudieron demostrar por botar los documentos.

En el papel la cosa es simple (tratando solo de IVA, renta es otro cuento). Si no tienes ni un solo error, NIUNO solo y eres perfecto en tu contabilidad tenemos derecho a revisar 3 años, si en esos tres años encontramos algo que afecte los impuestos nos pegamos el salto a los 6 años y ese seria nuestro tope, pero como dice Chunchos, si el tema es delito, caemos en el tema penal y todo delito prescribe a los 10 años, se puede revisar hasta los 10 años, a menos, que exista remanente y para que el contribuyente respalde el salto actual, debe respaldar desde el origen, lo cual nos puede llevar a superar facilmente los 10 años.

Por supuesto si quieren eliminar algo, deben hacerlo en el sii para que quede realmente repaldada y autorizada la destrucción de documentos.

En general el que nada malo hace siempre esta asustado, pero el que es "chanta" y tiene algo oscuro, generalmente no tiene los documentos para respaldar, extrañamente siempre pierde aquellos que necesitamos. Pero eso es pega, nada que ustedes como CM deban temer.

Desconectado DATSUN_FOREVER

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Re:consulta SII
« Respuesta #13 en: Mayo 27, 2013, 09:02:03 am »
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En el papel la cosa es simple (tratando solo de IVA, renta es otro cuento). Si no tienes ni un solo error, NIUNO solo y eres perfecto en tu contabilidad tenemos derecho a revisar 3 años, si en esos tres años encontramos algo que afecte los impuestos nos pegamos el salto a los 6 años y ese seria nuestro tope, pero como dice Chunchos, si el tema es delito, caemos en el tema penal y todo delito prescribe a los 10 años, se puede revisar hasta los 10 años, a menos, que exista remanente y para que el contribuyente respalde el salto actual, debe respaldar desde el origen, lo cual nos puede llevar a superar facilmente los 10 años.

Por supuesto si quieren eliminar algo, deben hacerlo en el sii para que quede realmente repaldada y autorizada la destrucción de documentos.

Por eso pedimos un lote pequeño de facturas timbradas para casos en que fallen los computadores.

Eso explica por qué en una oficina de un conocido (que al parecer, es heredero pero sigue con la sociedad) encontré facturas de 1989...

En el caso de la factura electronica, si empecé en jun. 2010, debo guardar los documentos en papel (facturas emitidas) por al menos 30 años?
Estamos sin observaciones.

El  11 Agosto, a las 20:55:42, cumplo 2 años aportando creatividad y entretención.

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