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Acogerse a ley de exención Permiso Circulación

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Fito:
Hola, buenas.
Escribo por una consulta bien específica:
El próximo año sacaré un vehículo del país y quisiera acogerme a la ley 18.440, que permite eximirse del pago del Permiso de Circulación. Entiendo que solo se debe firmar una declaración jurada, pero desconozco bien cómo opera y qué tan discrecional es la decisión. ¿Qué otros antecedentes se deben presentar y si es en caso de una negativa, es apelable?
Por lo que leí el documento se debía presentar antes del 30 de noviembre, por lo cual ya no lo podré hacer para el 2024, pero esperaría hacerlo para los años posteriores.

Hace unos años saqué una motocicleta del país, y estuvo 5 años sin pagar permiso. Al traerla de vuelta, tuve que regularizar y se me acumuló un buen monto... además de revisión técnica, etc.

Agradecería si alguno tiene experiencia en el tema.
Saludos,

publitv:

--- Cita de: Fito en Diciembre 14, 2023, 09:48:12 am ---Hola, buenas.
Escribo por una consulta bien específica:
El próximo año sacaré un vehículo del país y quisiera acogerme a la ley 18.440, que permite eximirse del pago del Permiso de Circulación. Entiendo que solo se debe firmar una declaración jurada, pero desconozco bien cómo opera y qué tan discrecional es la decisión. ¿Qué otros antecedentes se deben presentar y si es en caso de una negativa, es apelable?
Por lo que leí el documento se debía presentar antes del 30 de noviembre, por lo cual ya no lo podré hacer para el 2024, pero esperaría hacerlo para los años posteriores.

Hace unos años saqué una motocicleta del país, y estuvo 5 años sin pagar permiso. Al traerla de vuelta, tuve que regularizar y se me acumuló un buen monto... además de revisión técnica, etc.

Agradecería si alguno tiene experiencia en el tema.
Saludos,

--- Fin de la cita ---
averigua directo en la muni del permiso actual, a veces se ponen tan creativos esos wnes

kemp:
Efectivamente con una declaración jurada presentada en la Municipalidad que sacaste el último permiso de circulación. No es discrecional que te den o no la autorización ya que la presentas indicando que no circularás por x motivo.

La ley indica lo siguiente:
Tampoco será exigible el pago del impuesto respecto de cualquier tipo de vehículos, si en uno o más años completos ha estado fuera de circulación y ello se acredita mediante declaración jurada simple que deberá entregarse a la municipalidad respectiva, a más tardar el 30 de noviembre del año a que corresponda pagar el impuesto.

Preséntalo.
No te pongas el parche antes de la herida. Estás dentro de plazo si es que estarás fuera el próximo año.

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