En efecto MTAD, el vendedor que no cumple con la obligacion de no hacer puede tener consecuencias, pero para eso el acreedor sea GMAC o Forum tiene que acreeditar el perjuicio causado y en este caso más que perjuicio es un beneficio porque reciben el pago de una sola vez. Distinto es si fuera yo quien otorgo el prestamo a un amigo y por X razones acordamos que no venda, pero para el caso del foro me imagino que se refieren a Gmac, Forum, CMR Automotriz, BCI, Etc. (los más comunes)
Sobre el segundo parrafo concuerdo contigo, lo ideal seria que fuera en un solo acto y por un instrumento, pero en la practica Forum o Gmac (por nombrar los más comunes) tendran el animo de concurrir a una notaria ? (pregunto porque no tengo idea como funcionan)