no entendi el tema de la camioneta, pero:
Si la posesión se tramitó y otorgó ante el Servicio, concurres al Servicio (de reg. civil) y este resuelve, no hay plazo
Si la posesión la resolvió un Tribunal, es ante el Tribunal que debe pedirse la ampliación, tampoco hay plazo, solo se pide desarchivo si fue archivada la causa voluntaria.