De la ley de tránsito:
-Cruce regulado: Aquél en que existe semáforo funcionando normalmente, excluyendo la intermitencia; o hay Carabinero dirigiendo el tránsito.
Derecho preferente de paso
Artículo 143.-
Todo vehículo que se aproxime a un cruce deberá hacerlo a velocidad razonable y prudente, deteniéndose si fuere necesario, y el de la izquierda cederá el paso al vehículo que se acerque al cruce por la derecha, el que tendrá derecho preferente de paso. El conductor del vehículo de la izquierda reiniciará la marcha e ingresará a la intersección sólo cuando se asegure que no hay riesgos de accidente, en atención a la distancia, visibilidad y velocidad de los otros vehículos que se aproximen por la derecha. Este derecho preferente de paso no regirá en los siguientes casos:
1.- En los cruces regulados;
2.- En aquellos cruces donde se haya determinada la preferencia mediante signos "PARE" o "CEDA EL PASO";
3.- En las zonas rurales, donde tendrá preferencia el conductor del vehículo que circule por un camino principal, con respecto al que se aproxime o llegue por una vía secundaria. Se entenderá por camino principal, el que tenga pavimento de concreto, asfalto, macadam bituminoso definitivo o los que expresamente determine y señalice la Dirección de Vialidad, y
4.- Respecto de los vehículos que se vayan a incorporar a una zona de
tránsito en rotación.
Acá no hay cruce regulado, solo el 2.- Recomiendo revisar la norma de los discos Pare, me parece (no estoy seguro) que al haber un disco Pare debe haber una línea de detención en el suelo y por lo tanto aunque no esté el letrero el otro conductor de ir atento debería haber notado esto (Además del poste vacío) y extremar precauciones.
De todas formas queda el vacío que otra veces he mcomentado sin respuesta clara, cuando enfrentas una intersección como puedes saber que sañalización tiene la otra calle???
De la misma ley:
Artículo 100.-
La instalación y mantención de la señalización del tránsito en las zonas urbanas corresponderá a las Municipalidades. La misma obligación tendrá la Dirección de Vialidad respecto en las vías sujetas a su cuidado.