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General => Legal => Mensaje iniciado por: BetoDM en Marzo 20, 2017, 10:22:09 am
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Amigos, cuento corto: me separé y estoy en trámite del divorcio en "común acuerdo". Luego de varias conversaciones y considerando que ella se fue de la casa en parte obligada por mí, ya que tenía otra pareja, quedamos en firmar un "Acuerdo completo y suficiente" para acceder al divorcio, que, entre otras cosas, conlleva cederle mi querido chinito.
Ahora, la duda es la siguiente: al hacer la transferencia hay alguna manera de hacerlo no como venta sino como cesión por la situación descrita; y además si se hace igual en el registro civil y si vale y demora lo mismo que una transferencia normal.
Se agradece ayuda... saludos!
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Primero , abogado... no hay otra manera es lamentable , pero hay que hacerlo asi, no lo hagas de buena fe, lo otro, no mires el valor de lo que entregas , mira el valor de tu tranquilidad y eso no tiene precio.
segundo, el abogado te dirá con mayor exactitud, pero creo que ese tipo de cosas se hace en notaria
saludos y suerte.
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Primero , abogado... no hay otra manera es lamentable , pero hay que hacerlo asi, no lo hagas de buena fe, lo otro, no mires el valor de lo que entregas , mira el valor de tu tranquilidad y eso no tiene precio.
segundo, el abogado te dirá con mayor exactitud, pero creo que ese tipo de cosas se hace en notaria
saludos y suerte.
De hecho todo se hizo con abogado y en notaría, pero el tema que tengo ahora es la transferencia del auto particularmente. Voy a tener que consultarle al abogado entonces mejor... saludos
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Se puede, y de lo he hecho, pero debes hacer el acuerdo completo y suficiente por escritura pública, y dejar la transferencia sujeta a la condición suspensiva de que se declare el divorcio, pues mientras esto no ocurra tienes objeto ilicito y no te lo van a inscribir.
Luego vas al registro civil con copia de la escritura publica y de la sentencia de divorcio con certificación de ejecutoriada.
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Se puede, y de lo he hecho, pero debes hacer el acuerdo completo y suficiente por escritura pública, y dejar la transferencia sujeta a la condición suspensiva de que se declare el divorcio, pues mientras esto no ocurra tienes objeto ilicito y no te lo van a inscribir.
Luego vas al registro civil con copia de la escritura publica y de la sentencia de divorcio con certificación de ejecutoriada.
Aportazo, gracias colega!
Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk
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pregunto por aprender..
en estos casos no es mas viable vender y repartir o ceder lo que corresponda en dinero efectivo. cual es la ganancia de ceder el bien en vez de transferir normalmente o hacer ese pago en dinero efectivo ? cual es la diferencia entre ceder o transferir como se haria normalmente en una compra/venta.?
aclaro que pregunto por desconocimiento y mera curiosidad del tema
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pregunto por aprender..
en estos casos no es mas viable vender y repartir o ceder lo que corresponda en dinero efectivo. cual es la ganancia de ceder el bien en vez de transferir normalmente o hacer ese pago en dinero efectivo ? cual es la diferencia entre ceder o transferir como se haria normalmente en una compra/venta.?
aclaro que pregunto por desconocimiento y mera curiosidad del tema
En mi caso amigo ella tenía un autito viejo que justo pasó a mejor vida y trabaja fuera de Rancagua, por lo que necesitaba con urgencia un auto, no la plata y como yo quería el divorcio y ella no logramos negociar con ese acuerdo de cesión, al menos ese es mi caso
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Además, entre cónyuges no existe la venta
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Eso, lo aclaro publi, entre cónyuges no puedes vender, por tanto mientras no esté el divorcio no es opción si ella se quiere quedar con el auto.
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Gracias a todos amigos, he quedado bastante claro con el tema.
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y en matrimonio con separacion de bienes ?
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Es lo mismo...
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quede claro, no entendia la parte de que no se pudiera transferir/vender..
gracias a todos y a BetoDM por responder con buena onda mi pregunta rara... saludos