si chocaste por detras a un vehiculo detenido la culpa es casi en el 100% de los casos de quien choca por no estar atento a las condiciones del camino.
En tu caso existiria una responsabilidad civil de tu parte y deberas cubrir los daños. en el peor de los casos podrias tener una responsabildad penal tambien:
Artículo 130.- El conductor deberá mantener, con respecto al vehículo que lo antecede, una distancia razonable y prudente que le permita detener el suyo ante cualquier emergencia.
Artículo 172.- En los accidentes del tránsito, constituyen presunción de responsabilidad del
conductor, los siguientes casos:
2.- No estar atento a las condiciones del tránsito del momento;
el asunto que el auto detenido no haya tenido dispositivos para advertir su detencion es solo una simple infraccion en el peor de los casos. es casi imposible probar una responsabilidad civil por parte de un vehiculo detenido:
Artículo 162.- Todo vehículo estacionado en una vía pública, sin alumbrado público inmediato, deberá mantener encedidas sus luces de estacionamiento o luces de emergencia durante la noche o cuando las condiciones de visibilidad lo requieran.
Los conductores de vehículos estacionados accidentalmente por averías, desperfectos mecánicos u otras causas similares, deberán advertir el hecho mediante los dispositivos para casos de emergencia que determine el reglamento.
en cualquier accidente de transito, independiente que se llegue a un acuerdo es obligatorio dejar una constancia en carabineros.
Artículo 173.- En todo accidente del tránsito en que se produzcan daños el o los participantes estarán obligados a dar cuenta de inmediato a la autoridad policial más próxima.
Se presumirá la culpabilidad del o de los que no lo hicieren y abandonaren el lugar del accidente.