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General => Legal => Mensaje iniciado por: jbofi en Octubre 29, 2015, 08:04:29 am

Título: Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: jbofi en Octubre 29, 2015, 08:04:29 am
Buenos días, consulta un vehículo puede circular con orden de embargo dictado por el tribunal hace ya 3 años y causa está actualmente archivada?; en el caso de poder que cuidados se debe tener...

Gracias
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: kemp en Octubre 30, 2015, 12:11:00 pm
Aparece la inscripción en el registro civil como prohibición de celebrar actos o contratos?

Puedes circular perfectamente.

Lo que te recomendaría es que si ya han pasado alrededor de tres años desde la ultima resolución recaída en alguna gestión útil en el juicio, podría solicitarse el abandono de procedimiento y luego de resuelto, solicitar el alzamiento.
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: ROMMEL en Octubre 30, 2015, 14:46:39 pm
Aparece la inscripción en el registro civil como prohibición de celebrar actos o contratos?

Puedes circular perfectamente.

Lo que te recomendaría es que si ya han pasado alrededor de tres años desde la ultima resolución recaída en alguna gestión útil en el juicio, podría solicitarse el abandono de procedimiento y luego de resuelto, solicitar el alzamiento.

De hecho el abandono de prcodemiento se puede solicitar despues 6 meses de haber estado la causa sin movimiento.
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: kemp en Octubre 30, 2015, 16:09:49 pm
De hecho el abandono de prcodemiento se puede solicitar despues 6 meses de haber estado la causa sin movimiento.
ROMMEL, al hablar de embargo, se me viene a la mente el juicio ejecutivo.
Si bien, la regla general es 6 meses; en el juicio ejecutivo hay una excepción, ya que el plazo es de 3 años, contados desde la última gestión útil, luego de ejecutoriada la sentencia definitiva o vencido el plazo para oponer excepciones.
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: ROMMEL en Octubre 30, 2015, 16:58:39 pm
ROMMEL, al hablar de embargo, se me viene a la mente el juicio ejecutivo.
Si bien, la regla general es 6 meses; en el juicio ejecutivo hay una excepción, ya que el plazo es de 3 años, contados desde la última gestión útil, luego de ejecutoriada la sentencia definitiva o vencido el plazo para oponer excepciones.

De acuerdo, pero a lo que voy es que igual lo puedes pedir pasados los 6 meses y si de la otra parte no hubo señal alguna en respuesta a esa solicitud , el tribunal puede igualmente acogerla .
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: kemp en Octubre 31, 2015, 13:05:47 pm
De acuerdo, pero a lo que voy es que igual lo puedes pedir pasados los 6 meses y si de la otra parte no hubo señal alguna en respuesta a esa solicitud , el tribunal puede igualmente acogerla .
En la generalidad de los casos si.

Pero si no vamos al caso especial que comento del juicio ejecutivo, no. Debes esperar los 3 años, de lo contrario, aunque la contraria no se pronuncie, el tribunal lo rechazara porque hay norma expresa.
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: jdomingo91 en Junio 22, 2016, 00:02:43 am
perdón por revivir el tema, pero, que pasa si uno circula con un vehiculo con orden de embargo y es controlado por carabineros? existe opcion de que te lo quiten?

qué pasa si uno compra estos vehiculos con prenda, haciendo el poder en la notaria "de haberlo recibido a cambio de x plata" existe alguna forma de que te lo quiten ?
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: publitv en Junio 22, 2016, 06:41:28 am
perdón por revivir el tema, pero, que pasa si uno circula con un vehiculo con orden de embargo y es controlado por carabineros? existe opcion de que te lo quiten?

qué pasa si uno compra estos vehiculos con prenda, haciendo el poder en la notaria "de haberlo recibido a cambio de x plata" existe alguna forma de que te lo quiten ?

hay que ser el guaripola de los huexx para comprar un vehiculo en prenda
la unica posibilidad puede ser, segun el caso, con alzamiento de prenda en tramite, pero eso de "haberlo recibido a cambio de x plata" es ser huexx y mas encima huexx ante notario
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: ROMMEL en Junio 22, 2016, 08:13:01 am
perdón por revivir el tema, pero, que pasa si uno circula con un vehiculo con orden de embargo y es controlado por carabineros? existe opcion de que te lo quiten?

qué pasa si uno compra estos vehiculos con prenda, haciendo el poder en la notaria "de haberlo recibido a cambio de x plata" existe alguna forma de que te lo quiten ?

Respondiendo a la primera pregunta la respuesta es sí, existe  posiblidad de que te lo quiten si el auto ya está con la orden generada por el Servicio de Encargo y Búsqueda de Carabineros.  Eso quiere decir que al momento de que te controlen pueden suceder dos cosas,  que sea un control de rutina y solo te piden los documentos para comprobar que los papeles están correctos o que además se les ocurra investigar la matrícula en su computador.  En realidad es azar pero la posibilidad existe.

Respecto a la segunda pregunta comparto la respuesta del chino wn porque en realidad eso es algo que nadie con dos dedos de frente debería hacer e independiente de los comprobantes de pago, contratos firmados o lo que sea,  si el auto está en prenda y con encargo,  cagaste te mandó saludos.
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: publitv en Junio 22, 2016, 08:43:33 am
Respondiendo a la primera pregunta la respuesta es sí, existe  posiblidad de que te lo quiten si el auto ya está con la orden generada por el Servicio de Encargo y Búsqueda de Carabineros.  Eso quiere decir que al momento de que te controlen pueden suceder dos cosas,  que sea un control de rutina y solo te piden los documentos para comprobar que los papeles están correctos o que además se les ocurra investigar la matrícula en su computador.  En realidad es azar pero la posibilidad existe.

Respecto a la segunda pregunta comparto la respuesta del chino wn porque en realidad eso es algo que nadie con dos dedos de frente debería hacer e independiente de los comprobantes de pago, contratos firmados o lo que sea,  si el auto está en prenda y con encargo,  cagaste te mandó saludos.

el viejo pelao esta perdido, el sebv nada que ver aca, un auto con orden de embargo tiene eso, un embargo, en donde el depositario es el ser humano en quien recae el tema judicial. Un elemento embargado puede ser usado, eso no es ilegal.
si el bien tiene ya orden de retiro de especie, es el tribunal el que le da la orden al receptor judicial y este va al domicilio a retirar el bien. si no esta el bien en el domicilio, el demandado pasa a ser depositario alzado y ahi el tema es mas complejo, pero no tiene relacion con la labor del sebv.

en lo que si le achunto el calvo dictador es en darme la razon... porque la tengo en ese punto :yaoming: :yaoming: :yaoming:
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: jdomingo91 en Junio 22, 2016, 10:12:25 am
o sea que los pacos nunca te lo podriam quitar si no esta en el domicilio?  :yaoming:
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: publitv en Junio 22, 2016, 11:09:28 am
o sea que los pacos nunca te lo podriam quitar si no esta en el domicilio?  :yaoming:


Otra vez.... los pacos como les llamas, no te van a quitar nada, eso lo hace el receptor judicial, acompañado de fuerza pública por si te pones shoro, como tú quedas como depositario del bien embargado, al no ubicarte en el domicilio se te cita para que entregues el bien embargado, si no lo haces quedas como depositario alzado, con las penas que eso implica
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: ROMMEL en Junio 23, 2016, 08:56:52 am
el viejo pelao esta perdido, el sebv nada que ver aca, un auto con orden de embargo tiene eso, un embargo, en donde el depositario es el ser humano en quien recae el tema judicial. Un elemento embargado puede ser usado, eso no es ilegal.
si el bien tiene ya orden de retiro de especie, es el tribunal el que le da la orden al receptor judicial y este va al domicilio a retirar el bien. si no esta el bien en el domicilio, el demandado pasa a ser depositario alzado y ahi el tema es mas complejo, pero no tiene relacion con la labor del sebv.

en lo que si le achunto el calvo dictador es en darme la razon... porque la tengo en ese punto :yaoming: :yaoming: :yaoming:

Wn porfiado . El compadre acá solo sabe que está embargado pero no tiene idea si ya está con orden de retiro y el equivocado eres tú porque el año 89 me quitaron el camión en la calle y eso que ni siquiera habian computadores en los radio patrullas.  El auto se lo pueden retirar en cualquier parte si es que tiene orden judicial asi que no porfíes chino wn.
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: publitv en Junio 23, 2016, 09:01:10 am
Wn porfiado . El compadre acá solo sabe que está embargado pero no tiene idea si ya está con orden de retiro y el equivocado eres tú porque el año 89 me quitaron el camión en la calle y eso que ni siquiera habian computadores en los radio patrullas.  El auto se lo pueden retirar en cualquier parte si es que tiene orden judicial asi que no porfíes chino wn.
El año 89, sin reforma


Eso te pasa por ser viejo
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: ROMMEL en Junio 23, 2016, 11:56:28 am
El año 89, sin reforma


Eso te pasa por ser viejo

La reforma no cambió en nada el procedimiento de embargo y retiro de especies, que en el caso de ser BIENES MUEBLES  obviamente los retiran del domicilio en donde se traba el embargo.  Pero cuando se trata de vehículos la cosa es diferente por razones obvias y al no haber puesto excepciones al embargo el procedimiento continúa con el retiro de la especie.   

El embargo de bienes muebles los realiza el receptor judicial en el domicilio registrado por el deudor y  se anotan los bienes embargados hasta completar el total de la deuda.  En caso de no pagar se realiza el retiro de las especies embargadas por orden judicial.   En el caso de los vehículos es diferente y si bién el retiro se intenta en el domicilio por primera vez o dos o tres y no es habido, el demandante puede solicitar al juez que se emane la orden de retención del mismo al Servicio de Encargo y Búsqueda de Carabineros y si bien es una pega que no realizan con mucha dedicación , la mala suerte puede darse igual. Tal vez no ocurra en un control de rutina pero si llega a tener cualquier problema de tránsito en donde  se ingrese su placa patente, si o si aparecerá la luz roja en pantalla.

No existe ninguna modificación en este tema con la reforma procesal .
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: publitv en Junio 23, 2016, 12:26:33 pm
 :megusta:

Igual eres un viejo pelao
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: ROMMEL en Junio 23, 2016, 12:44:48 pm
:megusta:

Igual eres un viejo pelao

Pelao nomás wn  :enojao:
Título: Re:Circulación auto con orden de embargo
Publicado por: ROMMEL en Julio 05, 2016, 15:47:23 pm
Hoy estaba leyendo la página 8 de LUN en donde se anunciaba la compra de una nueva partida de Dodge Charger para Carabineros ya que habían dado muy buenos resultados. 

Dentro de las características especiales de este vehículo es que posee 4 cámaras video en el techo que captan el radio total por donde transita y capta las patentes de los vehículos .  En caso de que una de esas patentes tenga algún encargo por robo o JUDICIAL, inmediatamente se enciende la alarma en el computador de la cabina.