Conduce Chile
General => Legal => Mensaje iniciado por: Hitokiri en Agosto 11, 2010, 17:24:26 pm
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espero me puedan orientar en este caso :)
resulta que a mi hermano le llego una citacion al 2do juzgado de policia .
articulo 114 transitar sin televia en autopista central
fecha de infraccion :26/10/2009
citace a el dia 16/8/2010
segun mi hermano ha pagado todas las pasadas que hizo el vehiculo en el tiempo que lo tenia antes de ser vendido en marzo de este año.
pero tiene un comprobante por transito la fecha 26/11/09
sera posible ver en autopista central si se ha pagado o si bien la misma autpista no aviso de esta infraccion?
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a hora veo en la pagina y aparece impaga .
pero lamentablemnte estas no salen avisadas .
que se deberia hacer primero?
pagar a la autopista lo que sale en la pagina (12.000) y despues ver cuando se debe pagar en le juzgado ?
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Pagar cuanto antes la deuda con la autopista y después ir al juzgado con el comprobante de pago y una copia impresa de la ley donde dice que hay 6 meses para notificar una infracción y sino está prescrita.
en el primer tema del foro está clarito:
http://www.conducechile.cl/sitio/foro/index.php?topic=4109.0 (http://www.conducechile.cl/sitio/foro/index.php?topic=4109.0)
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thanks!!