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General => Legal => Mensaje iniciado por: KaRe en Septiembre 01, 2011, 09:24:38 am
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Hola, ojalá alguien me pueda asesorar en lo siguiente:
Una pareja está casada legalmente y adquirió una propiedad dentro del matrimonio. En la actualidad dicha propiedad se encuentra a nombre de él (propietario y ella copropietario). La cosa es que van a iniciar el trámite de divorcio. En la actualidad él quiere quedarse con la propiedad, para ello le dará a ella una suma acordada entre ambos, equivalente a lo que le corresponde por el pie y los dividendos ya pagados, y él seguirá pagando los dividendos de lo que ahora será su casa. La pregunta es ¿cómo se desliga ella total y absolutamente de la casa, considerando que ella es codeudor? basta con llegar a un acuerdo verbal y dejarlo estipulado legalmente o además debe hacerse un trámite especial en el banco que les dio el crédito? En el fondo me interesa saber cómo ella se desliga total y absolutamente de la casa, lo cual no la vaya a perjudicar a futuro si el tipo no paga los dividendos, o simplemente para iniciar sin dificultad el proceso de tramitación de un nuevo crédito, en donde no le perjudique estar ligada al crédito anterior de la casa.
Si alguien puede orientarme estaré profundamente agradecida.
Pd. Se me olvidó que esto va en el legal, si alguien quiere cambiarlo no hay problema.
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Cuando hablas de "copropietario", ¿es porque ella firmó como aval (codeudor) al momento de firmar el hipotecario?
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Claro, como aval.
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preguntas
1) que regimen patrimonial tienen los conyuges
2) quien es el titular de la deuda
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separación de bienes y él es el titular de la deuda.
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Ella no es dueña de NADA de la casa, NO ES copropietaria, solo es CODEUDORA DEL CREDITO QUE PIDIO SU MARIDO ya que estan casados en separacion de bienes, en separacion de bienes, los bienes del marido son DEL MARIDO y los bienes de la mujer son DE LA MUJER.
En la sociedad conyugal los bienes del marido SON DE LOS DOS, y los bienes de la mujer, si trabaja (art 150 codigo civil) SON DE LA MUJER.
(asi que mujeres ya saben si se casan, SOCIEDAD CONYUGAL)
La unica forma de que ella deje de ser deudora y se desligue del tema, es que el marido, pague la totalidad del credito, y pida uno en que el sea el unico deudor o bien consiga a otro codeudor, ya que el banco no va a liberarla de su obligacion de codeudora.
Como probablemente otro credito no le daran asi rapidamente, probablemente la casa deba venderse
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La casa es de propiedad de los dos, son copropietarios, en la escritura debiera decir que son dueños por partes iguales.
Debe haber alguna figura legal que permita el traspaso de la mitad al marido.
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:cop2: :cop2: :cop2: FALSO, el regimen matrimonial no tiene nada que ver con la propiedad de la casa, eso queda consignado en la escritura :cop2: :cop2: :cop2:
Ella no es dueña de NADA de la casa, NO ES copropietaria, solo es CODEUDORA DEL CREDITO QUE PIDIO SU MARIDO ya que estan casados en separacion de bienes, en separacion de bienes, los bienes del marido son DEL MARIDO y los bienes de la mujer son DE LA MUJER.
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:cop2: :cop2: :cop2: FALSO, el regimen matrimonial no tiene nada que ver con la propiedad de la casa, eso queda consignado en la escritura :cop2: :cop2: :cop2:
Parece que estas mal informado... el regimen matrimonial tiene que ver TODO con la propiedad... aunque la casa fuera solo del hombre antes de casarse, si es sociedad conyugal, pasa a ser un bien de la sociedad... "lo mio es tuyo y lo tuyo es mio"... y con separacion de bienes lo mio es mio y lo tuyo es tuyo... De hecho si el hombre llegase a morir antes de divorciarse, la mujer recibe el 50% de la propiedad por derecho de la sociedad y del restante 50% recibe lo que le corresponda por herencia, o sea en total aprox un 75% si hubiesen hijos.
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:cop2: :cop2: :cop2: FALSO, el regimen matrimonial no tiene nada que ver con la propiedad de la casa, eso queda consignado en la escritura :cop2: :cop2: :cop2:
Estimado..que tu te hayas casado con una persona que de leyes sabe mas que el promedio y que en la escritura haya tomado la precaucion que queden ambos como propietarios, es valido, pero la formula normal y la que normalmente se usa es FULANITO PEREZ LOPEZ, casado, bajo regimen de separacion de bienes con FULANITA GOMEZ CORREA en la individualizacion de las partes, pero en la parte de quien compra dice FULANITO PEREZ LOPEZ, compra para si la propiedad antes individualizada. y en otro acapite se habla del credito y alli aparece fulanita como codeudora, pero la DEUDA es DIFERENTE a la propiedad y salvo escrituras en que la mujer es abogado, egresada de derecho o bien tiene familiares cercanos en el area (estos casos son los mas comunes), o bien tomo la precaucion de consultar a un leguleyo por su cuenta antes (caso muy raro, normalmente la gente se confia en que el banco les dice que esta todo ok, y al banco le da lo mismo como quede la propiedad, al banco le interesa que la hipoteca quede a firme), la formula estandar es que compra el marido y solo el marido, independiente que los conyuges quedan como codeudores solidarios.
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Por cierto un analisis a la escritura (vulvo a insistir hay que leerla, no porque la firmen los dos compran los dos, firman los dos porque los dos son codeudores pero no necesariamente propietarios), y un certificado de dominio de la propiedad aclaran todas las dudas, pero si la casa la compro el marido, 99% de posibilidades que solo el marido sea dueño y la mujer solo codeudora
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O sea dices tu, que si yo me caso con una mina que no sabe de leyes, entonces me pongo de acuerdo con el ejecutivo para quedarme con la casa cuando nos separemos? :risa2: :risa2: :risa2:
Por Dios hombre como puedes ser asi, crees que todo el mundo anda por la vida estafando a los demas? Al menos yo me casé para toda la vida y precisamente por eso es que compramos la casa en copropiedad, de hecho ni siquiera era necesario complementar rentas, salvo que hubieramos querido comprarnos una casa de 10.000 uf o algo asi :cop2:
El Banco por default hace la escritura de forma que ambos queden como propietarios, de lo contrario sienta un mal precedente porque pone en riesgo el patromonio de la mujer, ningun banco decente va a aceptar una cosa tan distorsionada como la que planteas, porque eso significaría perjudicar deliberadamente a sus clientes por lo cual podría ser objeto de una demanda civil por daños y perjuicios.
Ahora si tu tienes antecedentes de que los bancos encurren en esas practicas esperamos los antecedentes para poner la demanda correspondiente :diablo:
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Parece que estas mal informado... el regimen matrimonial tiene que ver TODO con la propiedad... aunque la casa fuera solo del hombre antes de casarse, si es sociedad conyugal, pasa a ser un bien de la sociedad... "lo mio es tuyo y lo tuyo es mio"... y con separacion de bienes lo mio es mio y lo tuyo es tuyo... De hecho si el hombre llegase a morir antes de divorciarse, la mujer recibe el 50% de la propiedad por derecho de la sociedad y del restante 50% recibe lo que le corresponda por herencia, o sea en total aprox un 75% si hubiesen hijos.
Si eso lo se viejo, lo que quiero decir es que la propiedad de la casa y el regimen matrimonial son cosas distintas. Tu puedes comprar la casa en copropiedad o solo para ti, independientemente de como estas casado.
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O sea dices tu, que si yo me caso con una mina que no sabe de leyes, entonces me pongo de acuerdo con el ejecutivo para quedarme con la casa cuando nos separemos? :risa2: :risa2: :risa2:
Por Dios hombre como puedes ser asi, crees que todo el mundo anda por la vida estafando a los demas? Al menos yo me casé para toda la vida y precisamente por eso es que compramos la casa en copropiedad, de hecho ni siquiera era necesario complementar rentas, salvo que hubieramos querido comprarnos una casa de 10.000 uf o algo asi :cop2:
El Banco por default hace la escritura de forma que ambos queden como propietarios, de lo contrario sienta un mal precedente porque pone en riesgo el patromonio de la mujer, ningun banco decente va a aceptar una cosa tan distorsionada como la que planteas, porque eso significaría perjudicar deliberadamente a sus clientes por lo cual podría ser objeto de una demanda civil por daños y perjuicios.
Ahora si tu tienes antecedentes de que los bancos encurren en esas practicas esperamos los antecedentes para poner la demanda correspondiente :diablo:
he asesorado a muchas mujeres en la compra de propiedades, tanto a mujeres solteras, casadas, como separadas de hecho, y en el 60% de los casos he rechazado el borrador de escritura, porque la escritura viene con "Luis compra, y Luis y Loreto se obligan a pagar constituyendose en codeudores solidarios", estando los conyuges separados de bienes; hay otro 30% repartido en casos como que de buena o mala fe se omite dejar constancia de que la mujer esta adquiriendo la propiedad actuando separada de bienes segun los terminos del articulo 150 del codigo civil, en el caso de mujeres casadas en sociedad conyugal, o casos en que comprando el marido "y la mujer", pero aparece que solo compra el marido, pero ambos se constituyen en codeudores solidarios, no es de relevancia dado que estan casados en sociedad conyugal por ende si compra el marido, SIEMPRE sera de la mujer el 50%, incluso si no comparece a la escritura, salvo que este usando el derecho de sustitucion de un bien raiz adquirido antes del inicio de la sociedad conyugal, pero en ese caso naturalmente solo aplica a compras al contado, y no cuando hay un endeudamiento.
No podria asegurar que hay una mala fe, pero lo he visto
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No tengo porque dudar de tu palabra pero me parece raro, porque nosotros no tuvimos que hacer ningun ajuste a la escritura y estamos casados con separación de bienes. Y repito que me parece raro que un banco acepte algo así, *porque le podría resultar perjudicial*.
Y por otro lado que triste que hayan minas que se casan con wnes en los que no confian.
he asesorado a muchas mujeres en la compra de propiedades, tanto a mujeres solteras, casadas, como separadas de hecho, y en el 60% de los casos he rechazado el borrador de escritura, porque la escritura viene con "Luis compra, y Luis y Loreto se obligan a pagar constituyendose en codeudores solidarios", estando los conyuges separados de bienes; hay otro 30% repartido en casos como que de buena o mala fe se omite dejar constancia de que la mujer esta adquiriendo la propiedad actuando separada de bienes segun los terminos del articulo 150 del codigo civil, en el caso de mujeres casadas en sociedad conyugal, o casos en que comprando el marido "y la mujer", pero aparece que solo compra el marido, pero ambos se constituyen en codeudores solidarios, no es de relevancia dado que estan casados en sociedad conyugal por ende si compra el marido, SIEMPRE sera de la mujer el 50%, incluso si no comparece a la escritura, salvo que este usando el derecho de sustitucion de un bien raiz adquirido antes del inicio de la sociedad conyugal, pero en ese caso naturalmente solo aplica a compras al contado, y no cuando hay un endeudamiento.
No podria asegurar que hay una mala fe, pero lo he visto
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A ver entonces si me quedó claro.
No tiene derecho a absolutamente nada, desde el momento que adquirió la propiedad bajo el régimen patrimonial de separación de bienes, sumado a la titularidad que tiene él sobre la casa. Por lo mismo no es copropietario, más bien codeudor, ya que es aval y el banco no va a perder jamás. Desde ese punto de vista una de las opciones sería, entonces, conseguir otro codeudor, que asuma el rol que hasta ahora ella tiene, de esa manera, quedaría ya libre de lo que es el crédito y la deuda actual de la casa.
Segundo lugar, me llama la atención la verdadera ignorancia que uno tiene en cuanto a leyes. Resulta que a veces lo que consideramos que es la mejor opción, no lo es para nada.
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Y por otro lado que triste que hayan minas que se casan con wnes en los que no confian.
Che, no creo que sea porque uno no confía. La mayoría se casa para toda la vida, lo que pasa es que es bueno resguardarte ante posibles conflictos que pueden aparecer posterior al matrimonio y que terminen en divorcio. La mayoría de los matrimonios de desconocen durante el proceso de separación, por ello concuerdo con ese dicho que dice "sabes con quién te casas, pero no de quien te separas". Lamentable, pero es así la mayoría de las veces.
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Siempre uno de los dos es titular, pero la propiedad es compartida, en alguna caratula de la escritura debiera decir "son dueños por partes iguales". Sino es asi, no tengo mas que decir que, Plop, exijo una explicación.
A ver entonces si me quedó claro.
No tiene derecho a absolutamente nada, desde el momento que adquirió la propiedad bajo el régimen patrimonial de separación de bienes, sumado a la titularidad que tiene él sobre la casa. Por lo mismo no es copropietario, más bien codeudor, ya que es aval y el banco no va a perder jamás. Desde ese punto de vista una de las opciones sería, entonces, conseguir otro codeudor, que asuma el rol que hasta ahora ella tiene, de esa manera, quedaría ya libre de lo que es el crédito y la deuda actual de la casa.
Segundo lugar, me llama la atención la verdadera ignorancia que uno tiene en cuanto a leyes. Resulta que a veces lo que consideramos que es la mejor opción, no lo es para nada.
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Siempre uno de los dos es titular, pero la propiedad es compartida, en alguna caratula de la escritura debiera decir "son dueños por partes iguales". Sino es asi, no tengo mas que decir que, Plop, exijo una explicación.
Sí, la verdad es que yo nunca pensé que fuera tan drástico como decir que el codeudor con suerte tiene derecho a un gracias, pero lamentablemente las leyes no las hace uno. Igual le voy a decir que busque lo que dices de que son dueños en partes iguales, porque yo lo encontraría bien injusto, pero según lo que dice Andrés, igual tiene sentido. Gracias.
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Por lo mismo no es copropietario, más bien codeudor, ya que es aval y el banco no va a perder jamás
Borré lo que acabo de escribir porque no había cachado la respuesta de Kare asi que parto de nuevo.
Al ser aval toda la historia de sociedad conyugal, separación de bienes, etc... no tiene validez en este caso. Cargarán con ella si el perico no paga y lo único que puede hacer es que cambien el aval.
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colgandome del tema.. tengo una duda..
mis suegros estan separados hace como 10 meses y mi suegra tiene las intenciones de divorciarse..
ahora la duda que tengo yo es... tienen un bien común que es un departamento.. sin embargo.. este departamento.. o su credito esta a nombre de mi suegra, la cual trabaja establemente y paga el credito y todo, por otra parte.. luego de separados.. mi suegro se compro un auto...
si ellos se divorciaran ahora... EL no tiene derecho alguno sobre la propiedad? y ella si tiene derecho al 50% de ese auto?
estan casado bajo regimen de sociedad conyugal..
si alguien me pudiese aclarar eso seria genial
gracias
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deejayfox, la respuesta está en los posteos referentes al tema anterior. Habiendo sociedad conyugal cada uno es dueño del 50% independiente de quién aparezca como dueño de la propiedad o bien. El tema pasa por los acuerdos a los que lleguen en el trámite de divorcio que es el momento en donde oficial y legalmente se reparten las cosas como ellos estimen conveniente.
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deejayfox, la respuesta está en los posteos referentes al tema anterior. Habiendo sociedad conyugal cada uno es dueño del 50% independiente de quién aparezca como dueño de la propiedad o bien. El tema pasa por los acuerdos a los que lleguen en el trámite de divorcio que es el momento en donde oficial y legalmente se reparten las cosas como ellos estimen conveniente.
grax rommel.. es que no habia quedado claro
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A ver entonces si me quedó claro.
No tiene derecho a absolutamente nada, desde el momento que adquirió la propiedad bajo el régimen patrimonial de separación de bienes, sumado a la titularidad que tiene él sobre la casa. Por lo mismo no es copropietario, más bien codeudor, ya que es aval y el banco no va a perder jamás. Desde ese punto de vista una de las opciones sería, entonces, conseguir otro codeudor, que asuma el rol que hasta ahora ella tiene, de esa manera, quedaría ya libre de lo que es el crédito y la deuda actual de la casa.
Segundo lugar, me llama la atención la verdadera ignorancia que uno tiene en cuanto a leyes. Resulta que a veces lo que consideramos que es la mejor opción, no lo es para nada.
Vuelvo a insistir la forma de saberlo a ciencia cierta si es comunera o solo es codeudora, es sacandole un certificado de dominio o viendo las escrituras, si aparece que compra el marido nomas, no tiene derechos, si aparece que ambos compran tiene derechos
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pero la formula normal y la que normalmente se usa es FULANITO PEREZ LOPEZ, casado, bajo regimen de separacion de bienes con FULANITA GOMEZ CORREA en la individualizacion de las partes, pero en la parte de quien compra dice FULANITO PEREZ LOPEZ, compra para si la propiedad antes individualizada. y en otro acapite se habla del credito y alli aparece fulanita como codeudora, pero la DEUDA es DIFERENTE a la propiedad y salvo escrituras en que la mujer es abogado, egresada de derecho o bien tiene familiares cercanos en el area (estos casos son los mas comunes), o bien tomo la precaucion de consultar a un leguleyo por su cuenta antes (caso muy raro, normalmente la gente se confia en que el banco les dice que esta todo ok, y al banco le da lo mismo como quede la propiedad, al banco le interesa que la hipoteca quede a firme), la formula estandar es que compra el marido y solo el marido, independiente que los conyuges quedan como codeudores solidarios.
Si la parejita está con comunidad de bienes da lo mismo, porque además el varón es el que administra los bienes, pero si no es así puedo afirmar con 27 años de banca que lo que Andres afirma es la práctica habitual y si cualquiera de los dos conyuges no se preocupa de quedar incluído en la propiedad pierde como en la guerra, y mas encima quedando como aval de un bien que no es suyo, lo único que salva a este aval es que la propiedad queda hipotecada y su posible remate pudiera alentar al eventual propietario a cancelar la deuda liberando al aval de su compromiso. De no ser así el aval debiera tener la suerte de que el valor del remate logre cubrir el saldo de la deuda cosa que en muchos casos no se da, especialmente cuando a pasado poco tiempo en el servicio de la deuda.
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deejayfox, la respuesta está en los posteos referentes al tema anterior. Habiendo sociedad conyugal cada uno es dueño del 50% independiente de quién aparezca como dueño de la propiedad o bien. El tema pasa por los acuerdos a los que lleguen en el trámite de divorcio que es el momento en donde oficial y legalmente se reparten las cosas como ellos estimen conveniente.
Como es sociedad conyugal (el regimen que mas ventajas da a la mujer)
Si la mujer trabaja en algo separada del marido y paso por el 150 la compra (o tiene como demostrar en la liquidacion de la sociedad conyugal que lo obtuvo y pago con su propio trabajo, el depto es de ELLA SOLITA
Con respecto al auto.. el auto es DE LOS DOS, y no hay NADA que hacer alli, por el simple hecho de haberlo adqurido el hombre despues del matrimonio es de los dos y san se acabo
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esta bueno el tema, tengo la siguiente duda, yo soy soltero y con mi pareja estamos haciendo todos los tramites para comprar una casa, hay alguna forma de dejarnos a ambos como dueños? lo que pasa es que aun no nos casamos y por lo que recuerdo de derecho de familia, si la propiedad esta a mi nombre por ejemplo y nos casamos, igual sera mia ante una eventual separacion, cosa poco justa si desde un principio la pagamos juntos.
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Ningun prolema
en la escritura en vez de poner Djweezyng compra y adquiere para si... ponen Djweezyng y Djweezyngna compran y adquieren para si en comunidad y por partes iguales....
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Vuelvo a insistir la forma de saberlo a ciencia cierta si es comunera o solo es codeudora, es sacandole un certificado de dominio o viendo las escrituras, si aparece que compra el marido nomas, no tiene derechos, si aparece que ambos compran tiene derechos
Andrés, y en caso de que la escritura acredite que la compra los incluye a ambos entonces .... a qué tipo de derechos podría apelar?
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Andrés, y en caso de que la escritura acredite que la compra los incluye a ambos entonces .... a qué tipo de derechos podría apelar?
El derecho a la propiedad de la mitad, que este hipotecada es otra historia.
Y si no aparece como propietaria (me extraña que no haya una ley que prohiba semejante aberración) el marido debiera devolverle lo pagado.
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Ningun prolema
en la escritura en vez de poner Djweezyng compra y adquiere para si... ponen Djweezyng y Djweezyngna compran y adquieren para si en comunidad y por partes iguales....
^-^ :thumbsup: :reverencia:
te pasaste
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Andrés, y en caso de que la escritura acredite que la compra los incluye a ambos entonces .... a qué tipo de derechos podría apelar?
50% del valor de la casa
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50% del valor de la casa
Ahá!!! no es malo!!. Gracias Andrés :)
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El derecho a la propiedad de la mitad, que este hipotecada es otra historia.
Y si no aparece como propietaria (me extraña que no haya una ley que prohiba semejante aberración) el marido debiera devolverle lo pagado.
No media hipoteca.
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No media hipoteca.
es SUPER extraño eso... ningun banco te presta la cantmas idad de millones que necesitas pa comprar una casa sin dejar hipoteca..
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No, no, yo entendí mal. Lo qué dices es así.
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No, no, yo entendí mal. Lo qué dices es así.
Entonces al final que pasó, la casa está a nombre de los dos en la escritura?
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Entonces al final que pasó, la casa está a nombre de los dos en la escritura?
Creo que se refiere a que la casa si esta hipotecada
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Entonces al final que pasó, la casa está a nombre de los dos en la escritura?
está en la pega así que tiene que llegar a la casa para leer la escritura. Ojalá que figuren ambos con derecho sobre la propiedad, pues así la mujer puede respirar más tranquila. De lo contrario va a tener que aceptar lo que le está ofreciendo, que dentro de todo no está tan mal.
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y que paso al final?
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y que paso al final?
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Si, queremos saber al final de la historia...
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Bueno, en realidad la historia aún no llega a su final, sin embargo puedo adelantar lo siguiente... efectivamente a ella le correspondía NADA de la casa, hablo en términos legales, pues ella puso la mitad del pie y la mitad de los dividendos que hasta este momento ya correspondían a 3 años. Llegaron a un acuerdo verbal que aún no se ha concretado en términos materiales. Sin embargo, el acuerdo fue que él se queda con la casa y sigue pagando los dividendos desde el momento del acuerdo, y ella recibe algo así como 1/4 de lo que costó la casa al momento de la compra. la cantidad no es una suma para nada despreciable, considerando lo que costó la casa. Sin embargo, es bastante menos creo yo, de lo que a ella le correspondería, pues la casa ahora tiene un valor mucho mayor a cuando la compraron, pues se hicieron un montón de arreglos, prácticamente con esfuerzo y lucas de ella. Entonces la casa quedó maravillosa!. En fin... ahora hay que esperar que este otro cumpla su palabra no más. Gracias por la preocupación ;)
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Que exija que se pague el credito, 20 años es MUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUCHO tiempo para seguir siendo codeudor de alguien con quien ya te divorciaste, y que el primer credito que dejara de pagar en caso de sera el que tiene alguien mas como codeudor (a diferencia del avalista, el codeudor no tiene dereho a repetir)...
Y que si no paga puede perder SU casa (que se compre con lo que le den aunque sera mucho menos) o SU auto...
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Que exija que se pague el credito, 20 años es MUUUUUUUUUUUUUUUUUUUUCHO tiempo para seguir siendo codeudor de alguien con quien ya te divorciaste, y que el primer credito que dejara de pagar en caso de sera el que tiene alguien mas como codeudor (a diferencia del avalista, el codeudor no tiene dereho a repetir)...
Y que si no paga puede perder SU casa (que se compre con lo que le den aunque sera mucho menos) o SU auto...
Si, pero tenía entendido que se traspasará la deuda, para que otra persona figure como codeudor.