Autor Tema: Me pueden asesorar legalmente?  (Leído 3470 veces)

Desconectado mechanix

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Me pueden asesorar legalmente?
« en: Noviembre 09, 2014, 14:08:28 pm »
Resulta que mi polola nunca conoció a su papa y tampoco nunca le hablaron de el,el tipo hizo la wawa y arranco....hoy la paloma tiene 34 años y el viernes apareció por su casa, la que era la esposa de este señor y un hijo,ósea medio hermano ,el viejujo murió hace muchos años y ellos no sabían que tenía una hija por ahí (ósea la paloma)solo lo supieron cuando estaban vendiendo una casa y el banco les paró la compra venta porque aparecía una heredera la cual también debía firmar

Hay dos posibilidades ,una,la paloma firma y listo o,firma pero tienen que darle la parte que le corresponde y en este último caso que se debe hacer?quien asegura que firmando le van a pagar?que pasa si el viejujo dejo mas propiedades?

Mas menos eso es

Muchas gracias


Mechanix
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Desconectado Jack2010

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Re:Me pueden asesorar legalmente?
« Respuesta #1 en: Noviembre 09, 2014, 15:20:05 pm »
Tiene que recibir sus lucas la polola !!
Es lo que corresponde legalmente !!

Si son 2 hijos y la Sra
A la Paloma le correspondería 1/4

Con un buen asesor , tratar de "negociar- muñequear" más lucas por las pensiones alimenticias que nunca recibió
1/3 es lo justo

Firmar por $0 peso nica!!!


quien asegura que firmando le van a pagar?que pasa si el viejujo dejo mas propiedades?

En mi humilde opinión:
En la Escritura de venta . Debiera quedar estipulado ..Paloma vende sus derechos en tanto .
En las instrucciones notariales se establece que sólo ella puede retirar el vale vista

¿Si el viejujo dejó más lucas? Eso debiera estar en la posesión efectiva... consíguela y sabrás
« Última modificación: Noviembre 09, 2014, 15:36:18 pm por Jack2010 »

Desconectado Franky

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Re:Me pueden asesorar legalmente?
« Respuesta #2 en: Noviembre 09, 2014, 23:11:37 pm »
Que se asesore bien con un abogado y parta por la posesión efectiva. Si el padre nunca estuvo, por lo menos que reciba las lucas que le corresponde por derecho.  :thumbsup:
« Última modificación: Noviembre 10, 2014, 13:58:39 pm por Franky »
Mejor que todos los regalos debajo del árbol de navidad es la presencia de una familia feliz.   ^-^

Desconectado sammy6465

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Re:Me pueden asesorar legalmente?
« Respuesta #3 en: Noviembre 10, 2014, 07:47:30 am »
Estimado:  La situación es bien clara.  La Paloma como usted la llama es heredera forzosa y como tal puede pedir una copia de la posesión efectiva en el Registro Civil para lo cual requiere presentarse con su documento de identidad en cualquier oficina de dicha institución, es muy barato +o- $800.  En ese documento se detallan todos los bienes del difunto y lo que también es muy importante establece los porcentajes que le corresponden a cada heredero que dependen de varias circunstancias.  Por lo tanto antes de asegurar que le corresponde un porcentaje X es indispensable conocer dicho documento pues usted no indica si el difunto estaba o no casado legalmente, si existía separación de bienes entre los cónyuges de existir matrimonio, la cantidad de hijos, sean del matrimonio otros fuera del mismo pues todos ellos son herederos forzosos. 
No olvide que también conforman parte de la herencia otros bienes entre los cuales cabe mencionar depósitos bancarios, saldos en cuenta corriente, vehículos, aportes previsionales, bienes muebles, etc.  Por eso es indispensable conocer la posesión efectiva que da cuenta de todo aquello.
Respecto a las precauciones a adoptar frente a una operación de compraventa, realizada la partición de bienes e inscrita la misma en el CBR (en lo que a bienes raíces se refiere), es relativamente fácil asegurar el pago del precio de venta bastando sólo que en el texto de la escritura de compraventa se dejen establecidas la forma y porcentaje de pago del o los bienes raíces a lo que debe agregarse en las respectivas instrucciones notariales señalando la cantidad que le correspondería a cada heredero dejando un valevista bancario nominativo a nombre de cada uno de ellos en custodia del Notario quien lo entregaría a cada uno de ellos previa inscripción de dominio del bien raíz a favor del comprador.
Nota: el cobro de pensiones de alimentos está absolutamente prescrito,más aún si no fueron fijadas por un Tribunal
« Última modificación: Noviembre 10, 2014, 07:52:47 am por sammy6465 »
Sammy6465
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Desconectado mechanix

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Re:Me pueden asesorar legalmente?
« Respuesta #4 en: Noviembre 10, 2014, 08:11:28 am »
muchas gracias a todos ah,Sammy y la copia de la posición efectiva como se pide? Hay que tener algún dato del papa? Por otra parte ,no estuvo casado con la mama de la paloma ,solo la reconoció y huyo

Gracias


Mechanix 
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Desconectado sammy6465

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Re:Me pueden asesorar legalmente?
« Respuesta #5 en: Noviembre 10, 2014, 10:35:18 am »
Estimado:  La posesión efectiva se pide en cualquier oficina del Registro Civil.  La debe pedir cualquier heredero con su cédula de identidad, en este caso, la Paloma como usted dice. Respecto al nombre del padre y su RUT , este sale en el certificado de nacimiento de la Paloma.  Son certificados baratos los de de la posesión y los otros que se necesitan.
Respecto a lo del matrimonio, me refería a los otros herederos pues al parecer este señor se casó y tuvo hijos y vaya a saber cuantos del matrimonio, reconocidos y otros dejó regados por allí.  Sólo con la posesión efectiva se sabrá quienes y cuantos son los herederos y el porcentaje que le corresponde a cada uno de ellos y lo más importante para ustedes, el patrimonio del causante.
Hagan el trámite y todas vuestras preguntas tendrán una respuesta.
Saludos y éxito en las gestiones
Sammy6465
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Desconectado Cacike

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Re:Me pueden asesorar legalmente?
« Respuesta #6 en: Noviembre 10, 2014, 11:10:31 am »
No leí todo, pero...
es POSESIÓN efectiva, no posicion  :truestory:

y me llama la atencion que "el banco paró la venta porque les aparece otra heredera" la calidad de heredera la tendrá ya? como para que el banco la haya advertido... luego, pedir la posesion efectiva sera inoficioso...
 :truestory:


eso dejo por aqui... y me voy a laburar de nuevo  :nothing:

Desconectado sammy6465

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Re:Me pueden asesorar legalmente?
« Respuesta #7 en: Noviembre 10, 2014, 14:32:03 pm »
Aclaremos porque parece que don Cacique no entendió.  La posesión efectiva es un trámite que se realiza ante el Registro Civil frente a una herencia intestada pues aquellas donde existe testamento es materia de los Tribunales de Justicia.  Una vez el R. Civil revisa sus registros de nacimientos, matrimonios, defunciones etc., y establece el orden de sucesión de los potenciales herederos emitiendo la correspondiente Resolución que determina quienes son efectivamente los herederos y la alicuota que le corresponde a cada uno de ellos.  El trámite inicial puede efectuarlo cualquiera de los potenciales herederos dándose el caso que en muchas ocasiones el peticionario no le avisa al resto de los potenciales herederos creyendo erróneamente que se los podrá madrugar. 
En el caso que nos preocupa doña Paloma aparentemente se da la situación antes señalada, pues según lo informado ella ya tiene la calidad de heredera.  Los herederos forzosos de la otra parte quisieron vender una propiedad pero el banco que financiaría la operación no la cursó pues en la posesión efectiva y por ende en la inscripción de la misma en el CBR apareció el nombre de doña Paloma a quien no habían considerado.  Doña Paloma para determinar cual es su participación y adoptar la decisión en forma informada debe pedir un ejemplar de la Posesión efectiva documento donde podrá comprobar cual es su alicuota y por tanto determinar el monto de lo que le corresponde y por tanto negociar con todos los antecedentes en su mano.
Finalmente sólo los herederos determinados por el Registro Civil con carnet en mano pueden pedir una copia de la resolución que concede la Posesión efectiva no pudiendo terceros solicitar copia de dicho documento.
« Última modificación: Noviembre 10, 2014, 14:34:36 pm por sammy6465 »
Sammy6465
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Desconectado mechanix

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Re:Me pueden asesorar legalmente?
« Respuesta #8 en: Noviembre 10, 2014, 14:50:33 pm »
Aclaremos porque parece que don Cacique no entendió.  La posesión efectiva es un trámite que se realiza ante el Registro Civil frente a una herencia intestada pues aquellas donde existe testamento es materia de los Tribunales de Justicia.  Una vez el R. Civil revisa sus registros de nacimientos, matrimonios, defunciones etc., y establece el orden de sucesión de los potenciales herederos emitiendo la correspondiente Resolución que determina quienes son efectivamente los herederos y la alicuota que le corresponde a cada uno de ellos.  El trámite inicial puede efectuarlo cualquiera de los potenciales herederos dándose el caso que en muchas ocasiones el peticionario no le avisa al resto de los potenciales herederos creyendo erróneamente que se los podrá madrugar. 
En el caso que nos preocupa doña Paloma aparentemente se da la situación antes señalada, pues según lo informado ella ya tiene la calidad de heredera.  Los herederos forzosos de la otra parte quisieron vender una propiedad pero el banco que financiaría la operación no la cursó pues en la posesión efectiva y por ende en la inscripción de la misma en el CBR apareció el nombre de doña Paloma a quien no habían considerado.  Doña Paloma para determinar cual es su participación y adoptar la decisión en forma informada debe pedir un ejemplar de la Posesión efectiva documento donde podrá comprobar cual es su alicuota y por tanto determinar el monto de lo que le corresponde y por tanto negociar con todos los antecedentes en su mano.
Finalmente sólo los herederos determinados por el Registro Civil con carnet en mano pueden pedir una copia de la resolución que concede la Posesión efectiva no pudiendo terceros solicitar copia de dicho documento.



Jejejejejejejejeje ,yo quede muy claro ,teniendo ese papelito les cuento como es la cosa

Gracias


Mechanix
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Re:Me pueden asesorar legalmente?
« Respuesta #9 en: Noviembre 10, 2014, 19:34:46 pm »
Hoy la pss efectiva se hace ante el Registro civil que cruza la info familiar del causante e incorpora a todos los herederos con derecho. Si la Paloma figura como hija la incorporaron a la sucesión de una. Si el taita estaba casado, y está la viuda y dos hijos en total, la herencia se divide en cuartos y a la Paloma le toca 1/4. lo lógico y simple es que en la escritura de venta se indique el precio es la suma de 100 que se reparte en la siguiente forma... para doña Paloma la suma de 25. Ahí, sale de la notaría con el vale vista... corta.
"Lo que usted afirma me parece disparatado, pero defendería con mi vida su derecho a decirlo"

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Re:Me pueden asesorar legalmente?
« Respuesta #10 en: Noviembre 10, 2014, 21:12:15 pm »
Perfectirijillo
                   La paloma ta media complicada por lo que significa todo esto y yo, estoy frotándome las manos >:D

Jajaja muchas gracias,les voy comentando y pidiendo que me asesoren a medida que vayan pasando cosas


Saludos

Gracias


Mechanix
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Re:Me pueden asesorar legalmente?
« Respuesta #11 en: Noviembre 11, 2014, 07:38:31 am »
Hoy la pss efectiva se hace ante el Registro civil que cruza la info familiar del causante e incorpora a todos los herederos con derecho. Si la Paloma figura como hija la incorporaron a la sucesión de una. Si el taita estaba casado, y está la viuda y dos hijos en total, la herencia se divide en cuartos y a la Paloma le toca 1/4. lo lógico y simple es que en la escritura de venta se indique el precio es la suma de 100 que se reparte en la siguiente forma... para doña Paloma la suma de 25. Ahí, sale de la notaría con el vale vista... corta.

a eso me referia... la calidad de heredera ya está y es por eso...


Desconectado chunchos

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Re:Me pueden asesorar legalmente?
« Respuesta #12 en: Noviembre 12, 2014, 06:05:32 am »
a eso me referia... la calidad de heredera ya está y es por eso...
saphe!!!  :thumbsup:
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Desconectado Vinicius

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Re:Me pueden asesorar legalmente?
« Respuesta #13 en: Noviembre 14, 2014, 06:29:28 am »
Buen día.
La respuesta de Sammy me parece la más apropiada, incluido lo relativo a los alimentos.
Creo que aclarando que porcentaje le toca a Paloma, deben exigir que el pago se realice en vale vistas separados, pudiendo ella retirar la parte que le corresponde.
Ahora, viendo el certificado de posesión efectiva, queda claro que bienes hay, y si eventualmente ya se los han gastado... Por ahí si que abría que negociar su firma, para que le entreguen lo que corresponde. Lo peor para la sucesión, seria entrar en un juicio de partición.
Slds
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