Buenos días, alguien será entendido en declaración de renta? Tengo dudas con el CÁLCULO DE CRÉDITO POR GASTOS EN EDUCACIÓN , textualmente dice:
A continuación, indique si cumple o no con el requisito de que la suma anual de las rentas totales del padre y la madre, por hijo, NO superan la cantidad equivalente a 792 U.F. anuales ($ 21.224.127 al 31-12-2017).
Sin embargo en otra parte dice:
• Que la suma anual de las rentas totales del padre y de la madre, sea que éstas se hayan o no gravado con los IUSC o IGC y sean percibidas por uno sólo de los padres, o por ambos, no excedan de la cantidad equivalente a 792 UF, según el valor de la misma al término del ejercicio.
• Cabe hacer presente que si la suma anual de las rentas totales del padre y de la madre, exceden de la cantidad equivalente a 792 UF, ninguno de ellos tendrá derecho al citado crédito, ni siquiera en forma proporcional o en una parte de éste.
• Tener uno o más hijos, menores de 25 años de edad, entendiéndose por tal, aquél que no haya cumplido dicha edad en el año calendario por el cual se invoca el referido crédito.
En una parte claramente dice que es por hijo, pero en otras 4 partes no menciona que sea por hijo, algún experto que sepa realmente cómo es?
Gracias como siempre.