Conduce Chile
General => Legal => Mensaje iniciado por: Mr.Piston en Julio 09, 2018, 00:05:37 am
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Amigos, les comento
Estoy a punto de arrendar un local para mi pequeño emprendimiento y tengo unas dudas que ni SII me ha aclarado en su página.
Tenemos el precio acordado con el dueño, pero...
El valor está afecto a IVA? de tener IVA (descontando o agregando al precio, da igual) esto debo registrarlo como gasto en la empresa? Cómo debo hacerlo?
El monto no es menor, entonces no sería chiste que a final del año fiscal SII asuma que es utilidad porque jamás se registró el gasto.
Ayuda... por favor...
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arriendo de local pelado, es exento de IVA, arriendo de local con instalaciones es afecto a iva.
en cualquiera de los casos debe reflejarse contablemente ya que si no contabilizas el gasto, como sacas la plata para pagar??
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Jejeje
La plata para pagar sale de los ingresos del restaurante.
La contadora me pide el comprobante que emite el dueño y dice que así lo ingresa como gasto.
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Exactamente, la partida quedaría Arriendo/Banco
En una cuenta de gastos contra banco
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arriendo de local pelado, es exento de IVA, arriendo de local con instalaciones es afecto a iva.
en cualquiera de los casos debe reflejarse contablemente ya que si no contabilizas el gasto, como sacas la plata para pagar??
Asi no mas, toda la razón el chino won
para aclarar la ley nunca menciona que la factura es el único medio para acreditar un gasto, por lo que perfectamente puede estar respaldado con el contrato de arriendo mas el comprobante.
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Asi no mas, toda la razón el chino won
para aclarar la ley nunca menciona que la factura es el único medio para acreditar un gasto, por lo que perfectamente puede estar respaldado con el contrato de arriendo mas el comprobante.
Permiso, me cuelgo del tema...
¿Y qué ocurre con los que estamos acogidos al Régimen de Tributación Simplificada (14 TER) ?. Si yo con mi EIRL quisiera que el arriendo de un local quede como gasto, ¿la única opción que tendría sería que el dueño me facture un local equipado, de acuerdo a lo que dice Danilo?. Gracias!!
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Permiso, me cuelgo del tema...
¿Y qué ocurre con los que estamos acogidos al Régimen de Tributación Simplificada (14 TER) ?. Si yo con mi EIRL quisiera que el arriendo de un local quede como gasto, ¿la única opción que tendría sería que el dueño me facture un local equipado, de acuerdo a lo que dice Danilo?. Gracias!!
Nop anaranjado amigo, el 14 ter te permite rebajar todos tus desembolsos lo cuales debes ser acreditados con la factura o en le caso del ejemplo con el contrato de arriendo.
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Mi SPA igual está en el 14 ter...
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Nop anaranjado amigo, el 14 ter te permite rebajar todos tus desembolsos lo cuales debes ser acreditados con la factura o en le caso del ejemplo con el contrato de arriendo.
Muchas gracias Milo! Voy a hacerle las consultas a mí contadora. No la conozco aún pero creo que es tiempo de tener una :risa2:
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Muchas gracias Milo! Voy a hacerle las consultas a mí contadora. No la conozco aún pero creo que es tiempo de tener una :risa2:
yo te puedo no-recomendar una!