siempre escribo en estos temas, llego a la mitad y leo lo que escribo y mucho tecnisismo y dijo aahh nooo...
Mira en resumen, si tienes los mismos derechos que los que tenia el banco o el dueño del credito original
y el tipo se puede defender casi igual que si fuera el banco, retail o el malo de turno. (mismas excepciones, comun prescripcion, mismos incidentes, comun nulidad de la notificacion por el art. 44, tercerias de posesion, etc.)