Autor Tema: consulta sobre aval  (Leído 5263 veces)

Desconectado nicval1

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consulta sobre aval
« en: Diciembre 18, 2013, 22:14:55 pm »
consulta:
puede demandar un aval que pagó la deuda al otro aval??..
si es así, tendría alguna posibilidad de defenderse el aval demandado legalmente...(obviamente con abogado), pero como sería en la práctica su defensa...con excepciones, incidentes..??

gracias.

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Re:consulta sobre aval
« Respuesta #1 en: Diciembre 18, 2013, 23:14:14 pm »
El aval es solidario por lo que tiene la misma responsabilidad que el beneficiario (deudor principal) frente al titular, incluso el titular puede pedir el pago al aval sin siquiera antes pedir pago al deudor principal...lo que pasa generalmente cuando se sabe que el aval tiene mejor situación económica.

Es decir el aval no se puede sacar la responsabilidad de pago pero si puede, posteriormente a haber pagado, demandar al beneficiario  para tratar de recuperar su plata.




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Re:consulta sobre aval
« Respuesta #2 en: Diciembre 18, 2013, 23:30:26 pm »
siempre escribo en estos temas, llego a la mitad y leo lo que escribo y mucho tecnisismo y dijo aahh nooo...

Mira en resumen, si tienes los mismos derechos que los que tenia el banco o el dueño del credito original
y el tipo se puede defender casi igual que si fuera el banco, retail o el malo de turno. (mismas excepciones, comun prescripcion, mismos incidentes, comun nulidad de la notificacion por el art. 44, tercerias de posesion, etc.)



"Sólo escuchen con atención los [sutiles] matices ideológicos en Radio 4, la televisión de la BBC, y el servicio mundial de ésta última [BBC World Service], y se darán cuenta de que el comunismo no es un credo moribundo". -Oleg Antonovich Gordievski

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Re:consulta sobre aval
« Respuesta #3 en: Diciembre 20, 2013, 05:50:02 am »
siempre escribo en estos temas, llego a la mitad y leo lo que escribo y mucho tecnisismo y dijo aahh nooo...

Mira en resumen, si tienes los mismos derechos que los que tenia el banco o el dueño del credito original
y el tipo se puede defender casi igual que si fuera el banco, retail o el malo de turno. (mismas excepciones, comun prescripcion, mismos incidentes, comun nulidad de la notificacion por el art. 44, tercerias de posesion, etc.)

si, pero segun el 1º post, no hay como sacarsela de encima, entonces las excepciones o incidentes serían para alargar más el juicio.....

el caso es medio raro, pero es el siguiente: una persona pidio un prestamo y era con 2 avales (a y b), el deudor principal dejo de pagar y le empezaron a cobrar a los 2 avales, sin embargo el otro aval (b) renuncio a la pega sin sacar nada  de indemn.
en el tiempo el 1º aval (a)habia sacado igual un prestamo, con sus respectivos avales (c y d), el aval (a) dejo de pagar, repartiendose la deuda entre los avales (c y d)....(c) a pagado como el prestamo normalmente por descueto por planilla, sin embargo (d) no ha pagado nada, pero ahora fue a sacar un prestamo y se encontró que estaba en dicom y con la deuda, por lo que amenazó con demandar..como resumen (d) quiere demandar a (a)..medio raro de explicar con letras que con palabras...me llama la atencion que quiera demandar si aún no ha pagado el prestamo.....
cualquier ayuda sirve..

Desconectado Patagonia

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Re:consulta sobre aval
« Respuesta #4 en: Diciembre 20, 2013, 09:31:49 am »
Eso, está bien todo lo puesto arriba, lo que yo digo es que siendo aval tienes la misma responsabilidad que el pidió la deuda, eso no puedes hacerle el quite y eres a absolutamente responsable de la deuda.

Lo que te pone Metal Gear son las herramientas que tienes siempre para enfrentar el pago de una deuda una vez que el titular te la cobra a tí...

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Re:consulta sobre aval
« Respuesta #5 en: Diciembre 20, 2013, 20:23:57 pm »
Eso, está bien todo lo puesto arriba, lo que yo digo es que siendo aval tienes la misma responsabilidad que el pidió la deuda, eso no puedes hacerle el quite y eres a absolutamente responsable de la deuda.

Lo que te pone Metal Gear son las herramientas que tienes siempre para enfrentar el pago de una deuda una vez que el titular te la cobra a tí...

la deuda es de una amigo de la pega por siaca....

lo que me llama la atencion es que porque demandaría ese aval si aun no ha pagado la deuda...el fue a sacar un prestamo y se lo negaron por tener una deuda del primer aval...por eso se enojó y lo amenaza con la demanda...sería por perjuicios?

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Re:consulta sobre aval
« Respuesta #6 en: Diciembre 20, 2013, 21:41:08 pm »
No puede demandar pues, que va a demandar? que la firma y la huella no son suyas?
ahi el que tiene accion es el banco/retail/malo de turno.

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Re:consulta sobre aval
« Respuesta #7 en: Enero 15, 2014, 08:10:20 am »
la deuda es de una amigo de la pega por siaca....

lo que me llama la atencion es que porque demandaría ese aval si aun no ha pagado la deuda...el fue a sacar un prestamo y se lo negaron por tener una deuda del primer aval...por eso se enojó y lo amenaza con la demanda...sería por perjuicios?
[/quote

De poder demandar, siempre puede demandar. Pero ningún abogado serio presentaría una demanda al respecto, no tiene fundamento alguno en que sostenerse.

Saludos,

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consulta sobre aval
« Respuesta #8 en: Enero 15, 2014, 14:39:23 pm »
Me cuelgo del tema...
 Cual es la diferencia entre aval y codeudor  solidario?

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José Saramago

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Re:consulta sobre aval
« Respuesta #9 en: Enero 15, 2014, 14:42:32 pm »
y fiador?

Desconectado Patagonia

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Re:consulta sobre aval
« Respuesta #10 en: Enero 15, 2014, 15:07:31 pm »
Fiador puede exigir que primero se agoten las instancias de cobro con el deudor primario, aval y deudor solidario son similares, ese es el concepto aunque desconozco la definición legal que hay en Chile.

 

Desconectado DON QUELO

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Re:consulta sobre aval
« Respuesta #11 en: Enero 15, 2014, 16:49:33 pm »
Yo tenía entendido que aval y fiador eran lo mismo, que primero se agotan las instancias de cobro con el titular y ahí recién te molestan, en tanto que el codeudor es tan responsable como el deudor desde el primer minuto.

Si alguien puede aclararlo sería bueno :)


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José Saramago

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Re:consulta sobre aval
« Respuesta #12 en: Enero 16, 2014, 07:51:29 am »
Es como se comentó más arriba, ser aval implica asumir todas las responsabilidades de la deuda, incluso el acreedor puede cobrar al aval sin antes cobrar al deudor principal si así lo estima.

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