Estimados, en julio del año pasado me compré una joyita para el negocio, justamente porque en unas semanas más comenzaba un proyecto grande, una Berlingo 2012 que duró como 3 semanas buena. El asunto es que se la compré a una empresa que trafica vehículos de flotas (según ellos son un Leasing, pero me da la impresión que son rifleros de vehículos rematados de leasings grandes). El asunto es que la compré mediante contrato notarial, y en la venta me indicaron que la camioneta tenía un contrato vigente de tag, que la use hasta obtener el mío, que ellos me mandaban la cuenta. Cuento corto, la camioneta circuló por autopistas 5 días del mes de julio, como la misma se echó a perder a los pocos días, olvidé el tema relacionado con ese "macetero". Hasta ahora, que tengo otra camioneta similar también de mi empresa, con la que obtuve un TAG usando el contrato de compra-venta, y para mi sorpresa, como del titular de las camionetas es el mismo, me llegaron las cuentas del macetero correspondientes a Autopista Central, por lo que busqué tránsitos sin TAG por las otras concesionarias, donde efectivamente figura la camioneta con tránsitos no facturados. Me comuniqué con Vespucio Sur, y en su respuesta me indican lo siguiente:
[spoiler]De nuestra consideración,
En efecto, registramos tránsitos sin medios de pago habilitado en nuestra concesionaria del vehículo patente DYPDXX, para el(los) día(s)
14-07-2018
15-07-2018
18-07-2018
20-07-2018
Los propietarios de los vehículos que circulen por una Autopista con Sistema de Telepeaje de Santiago sin un medio de cobro habilitado (TAG o Pase Diario Único Interoperable), incurren en las siguientes infracciones:
La indicada en el Artículo 114 de la Ley de Tránsito N° 18.290, exponiéndose al eventual pago de una multa en beneficio fiscal por parte del Juzgado de Policía Local respectivo.
La relacionada con el Artículo 42 de la Ley de Concesiones, que faculta a la Sociedad Concesionaria para el cobro de los peajes adeudados contra quienes no cumplan con el pago de la tarifa por el uso de la vía y establece sanciones por el incumplimiento, las que debe aplicar el juez de Policía Local del territorio del domicilio del usuario.
Para acceder a este acuerdo prejudicial le rogamos dirigirse a nuestras oficinas ubicadas en:
- Oficina Central de Vespucio Sur, Av. Américo Vespucio 4665, Macul, frente a metro Las Torres. El horario de atención es de lunes a viernes de 08:30 a 17:30 horas y sábado de 9:00 a 13:00 horas.
- Oficinas Central de Independencia: General Prieto 1430, con atención de Lunes a Viernes de 8:30 a 17:00 horas y el día Sábado de 9:00 a 13:00 horas.
El pago de este acuerdo prejudicial asociado al Artículo 42 de la Ley de Concesiones de Obras Públicas regulariza la situación solamente con nuestra concesionaria y no lo libera que otras autopistas exijan idéntico pago. Del mismo- modo, el pago de esta obligación no lo libera de la multa en beneficio fiscal asociada al Artículo 114 de la Ley de Tránsito antes mencionada.
Si su domicilio no es en la Región Metropolitana, podemos coordinar la emisión del documento de pago asociado a este acuerdo prejudicial asociado al Artículo 42 de la Ley de Concesiones de Obras Públicas con el fin de ser enviado por correo electrónico y facilitar su pago en cualquier sucursal de Servipag (después de 24 horas de emitida la boleta en cuestión).
Si desea optar por esto último, le rogamos indicarnos:
- RUT del propietario del vehículo conforme al Registro Nacional de Vehículos Motorizados
- Nombre completo del propietario del vehículo conforme al Registro Nacional de Vehículos Motorizados
- Patente del vehículo
- Domicilio completo
- Comuna
- Fono contacto red fija
- Fono contacto celular
- Correo electrónico de contacto para remitir la boleta
Si el propietario es una persona Jurídica, se debe indicar
- Razón Social
- RUT de la Persona Jurídica
- Patente:
- Giro
- RUT Representante Legal
- Nombre Representante Legal
- Dirección Comercial completa remiendo
- Comuna
- Su nombre completo y cargo (quien se contacta con nosotros, dueño de e-mail)
- Fono contacto red fija
- Fono contacto celular
- Correo electrónico de contacto para remitir la boleta.
Quedando a su disposición se despide atentamente,
Sociedad Concesionaria Autopista Nueva Vespucio Sur S.A.[/spoiler]
Ahora mi consulta...
¿En dicho "acuerdo pre judicial", me pueden cobrar hasta 40X lo adeudado, como quedó estipulado en la época del Emperador Ricardo Primero?.
¿Desde julio a la fecha, es probable que el caso ya haya pasado a los correspondientes JPL? (Por lo menos para obtener el Permiso de Circulación, por lo tanto en base a información hasta noviembre, no tengo multas).
Cuando regularice con las concesionarias, ¿cómo saber si hay alguna multa en un JPL?.
Saludos y muchas gracias.