Conduce Chile
General => Legal => Mensaje iniciado por: parc1965 en Octubre 18, 2017, 16:34:41 pm
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Muy buenas tardes, soy Patricio y me gustaría comentar y preguntar lo siguiente:
He buscado algún complemento a la Ficha Acción Nº12 de CONASET, que dice relación a Obstáculos Visuales y no he podido encontrar nada al respecto.
Si bien es cierto la ficha es bastante informativa y sugiere recomendaciones, no aporta en el sentido de cómo enfrentar un cruce regulado con este tipo de obstáculos, especialmente por vehículos mal estacionados, que no permiten solución definitiva como es el caso de la poda de un árbol o eliminar algo de forma permanente.
Si como dice la ficha "las estadísticas muestran que aproximadamente un 80% de los accidentes se producen en intersecciones urbanas, y muchas veces por situaciones de mala visibilidad.” ¿No sería importante educar al respecto?
Finalmente solicito a Uds. si pueden responder ¿Cuál es la forma correcta de enfrentar un cruce con estas características?
Saludos
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Deberías primero acudir al departamento del tránsito de esa municipalidad, ellos deben velar por la seguridad vial
Saludos
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y aprovechando que estamos en epoca de elecciones...
quien regula que este la cara de la soa beatriz sanshé o del imputado por todos lados, incluido los cruces o bandejones centrales?
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y aprovechando que estamos en epoca de elecciones...
quien regula que este la cara de la soa beatriz sanshé o del imputado por todos lados, incluido los cruces o bandejones centrales?
creo entender que con la ultima modificacion legal quedo prohibida cualquier intervencion en la via publica, con la excepción de plazas y lugares que autorice cada muni.. yo (al menos por ahora) no he visto una sola paloma en lugares donde inundaban bandejones y carteles en postes de luz
http://www.latercera.com/noticia/las-nuevas-reglas-del-juego-para-la-politica/ (http://www.latercera.com/noticia/las-nuevas-reglas-del-juego-para-la-politica/)
Respecto de la propaganda impresa, se prohíben las gigantografías de más de dos metros cuadrados en espacios públicos, y se establece un tamaño máximo de seis metros cuadrados en espacios privados. Todo esto estará más restringido, impidiéndose la publicidad electoral en espacios públicos, salvo excepciones reguladas y autorizadas por el Servel.
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pagina 14
http://www.24horas.cl/incoming/article2489222.ece/BINARY/Manual_de_Propaganda_Electoral_21-08-2017.pdf (http://www.24horas.cl/incoming/article2489222.ece/BINARY/Manual_de_Propaganda_Electoral_21-08-2017.pdf)
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Nunca mas volvió y le siguen respondiendo a alguien que ni siquiera se presentó :yaoming:
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Nunca mas volvió y le siguen respondiendo a alguien que ni siquiera se presentó :yaoming:
cierto, yo respondi el offtopic del usuario camilonate... nisiquiera entendi el post inicial; preguntando como enfrentar un disco pare sin visual, eso es de autoescuela
(http://media.giphy.com/media/SEp6Zq6ZkzUNW/giphy.gif)