Desde el 2010 las aclaraciones son gratuitas.- Y las instituciones financieras tienen la obligación de aclarar ellas las deudas canceladas. esto lo deben hacer a la semana siguiente del pag, los dias martes.-
D.S 998
A contar del día 1° de enero del año 2010, las publicaciones de las aclaraciones de la nómina de deudores morosos, de los protestos de cheques, letras de cambio y pagarés, y de las letras de cambio y pagarés a las que se refiere la letra a) del numeral 6) del artículo 1, cuando aparecieren indudablemente pagadas, o cuando las obligaciones derivadas de tales documentos se hubieren extinguido de otro modo legal, se efectuarán sin costo alguno para los interesados, cualquiera sea su monto, debiendo la Cámara de Comercio efectuar tales aclaraciones en base a la información que, conforme al artículo 19 de la ley N° 19.628, le deben entregar los acreedores, pudiendo los interesados, en todo caso, solicitar siempre la aclaración.".