Conduce Chile
General => Legal => Mensaje iniciado por: sajo en Mayo 29, 2018, 15:00:00 pm
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Hola a todos, disculpen si la pregunta es básica, es que no encuentro información sobre que derechos se pagan al realizar una permuta de vehículos (si es que existe esta figura)
La duda es si cada una de las partes cancelan la inscripción de los vehículos que se traspasan o se cancela un impuesto común?
Atento a sus comentarios
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Mi opinión es que debe hacerse una compraventa normal pagando c/u el impuesto correspondiente al vehiculo que adquiere. El valor utilizado para este intercambio puede ser el avalúo fiscal, para efecto del calculo del impuesto.
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Van ambos al registro civil y cada uno paga la inscripción del auto que está adquiriendo, por lo general el cálculo lo hacen sobre la tasación del S.I.I. del vehículo en cuestión, que generalmente es inferior al valor comercial que le da cada vendedor o incluso el precio de compra acordado.
Saludos.
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Gracias por sus comentarios, queda mas clara la película.
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No estoy seguro, pero creo que el impuesto que se paga es el 1.5% del valor más alto entre la tasación y el monto de la compra, por lo que en éste caso creo conveniente acordar un monto simbólico bajo...