Autor Tema: Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo ) Actualizado  (Leído 7990 veces)

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Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo ) Actualizado
« en: Noviembre 24, 2011, 08:51:36 am »
Sres. quiero solicitar vuestra ayuda. un trabajador con contrato por 6 meses tomó una licencia el día x por 12 días y estando asuente anunciaron que la pega se acababa a fin de mes. Le dicen que vaya firmar el finiquito pero no le quieren pagar la licencia entonces ella no ha firmado su finiquito y no sabe que hacer. en el sitio de la inspección del trabajo se hacen denuncias pero es necesario poner hasta el mail de la empresa, obligatorio, también el rut de la comunidad, el rut del representante legal, den ustedes mismos un vistazo.

(    Rut Rep Legal Requerido
    Nombre Rep Legal Requerido
    Nombre Contacto Requerido
    Teléfono de Contacto Requerido
    Teléfono Requerido
    E-mail Requerido
    Confirme E-mail Requerido)

Se nota que la idea es facilitarle las cosas al trabajador  :cop2: :cop2:

El Rut ya lo tengo, pero el representante legal y esos datos no... cómo se podrán averiguar?

gracias.

« Última modificación: Diciembre 07, 2011, 16:47:11 pm por Citation-X »


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Desconectado JOYO

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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo )
« Respuesta #1 en: Noviembre 24, 2011, 09:39:40 am »
1)  que VAYA  a la inspeccion a denunciar...

2) a menos que sea funcionario publico, las licencias las paga el sistema de prevision de salud  (isapre o fonasa)  no el empleador
Apoya la causa mapuche??  bueno, sea consecuente, averigue que comunidad mapuche vivia en el sector donde esta su casa, ubique a su lider y haga una donacion irrevocable de sus propiedades

Desconectado ROMMEL

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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo )
« Respuesta #2 en: Noviembre 24, 2011, 10:52:11 am »
¿No se supone que en el contrato de trabajo debería aparecer el nombre y rut del representante legal?

Para el resto de los datos, con un poco de suerte se pueden encontrar en google colocando el nombre de la empresa.
No vivas tanto dando explicaciones. Tus amigos no las necesitan, tus enemigos no las creen y los idiotas no las entienden

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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo )
« Respuesta #3 en: Noviembre 24, 2011, 12:38:31 pm »
1)  que VAYA  a la inspeccion a denunciar...

2) a menos que sea funcionario publico, las licencias las paga el sistema de prevision de salud  (isapre o fonasa)  no el empleador

sobre el punto 2... yo pensaba lo mismo, no se iba a reclamar al compin o algo así? ellaa estaba contratada como conserje, en ee caso los doce días de licencia quién los paga?

¿No se supone que en el contrato de trabajo debería aparecer el nombre y rut del representante legal?

Para el resto de los datos, con un poco de suerte se pueden encontrar en google colocando el nombre de la empresa.

ahora que lo mencionas es lo lógico... le voy a preguntar, a lo mejor nunca le dieron su copia.



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Desconectado Claudio Tuerca

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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo )
« Respuesta #4 en: Noviembre 28, 2011, 13:13:42 pm »
Pero tu estas preguntando para ayudar al empleador o al trabajador??

Si es por el trabajador, comentas que tiene contrato por seis meses, por lo tanto, no es por obra, es por plazo, a no ser que estes equivocado y que el contrato sea por obra y que hayan mencionado que seria por 6 meses aproximadamente. En tal caso, deben pagarle los seis meses o bien, llegar aun acuerdo. De otro modo, si es por obra y la obra termina este fin de mes, nada que hacer.

El pago de la licencia no la hace el empleador, asi que no veo por que se niegue a firmar el contrato por ese motivo. Ese pago lo hace la isapre o el ministerio de salud en caso de fonasa, adicionalmente tambie hace el pago de la AFP proporcional a los dias de licencia.

Segun lo que comentas, las razones en las que no firmaria el finiquito serian:

Contrato a plazo fijo, y no me paguen lo correspondiente hasta terminar el periodo del contrato
Contrato por obra, y no me tengan saldado mi sueldo completo
Pago de imposiciones sin estar al dia
Rompimiento de clausulas propias o especificas del contrato.´

saludos

mmmm, por ahora nada...

Conectado negrogiro

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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo )
« Respuesta #5 en: Noviembre 29, 2011, 15:26:49 pm »
De lo que aca leo se desprende que:
1.- si elcontrato es a plazo fijo deben pagarle hasta el tèrmino del contrato ( es decir los 6 meses).
2.- La licencia mèdica se la debe cancelar la isapre o fonasa  segun corresponda
3.- mientras esté con licencia mèdica no puede ser despedida.
En realidad mientras no aclare bien su situacion no debe firmar ningun finiquito y le aconsejaría acercarse a preguntar su situacion personalmente en la Inspeccion del Trabajo.

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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo )
« Respuesta #6 en: Noviembre 29, 2011, 22:21:09 pm »
Yo pregunto para ayudar al empleado. Al final preguntando la licencia debieran pagársela en la caja de compensación. El problema es que ella presentó su licencia pero al parecer este documento no llegó a la caja de compensación y si no llegó no hay pago.
Una vecina de la comunidad le dijo que no firmara el finiquito porque de lo contario perdía su derecho a pataleo.

recapitulando, ella fue contratada por un administrador por 6 meses. Ese admin fue removido o bien cambiado y el nuevo admin. puso fin a esos contratos y les hizo el finiquito, pero no se sabe si el otro admin tramitó la licencia.

gracias.



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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo )
« Respuesta #7 en: Noviembre 30, 2011, 11:16:22 am »
No importa que el Administrador sea cambiado,su contrato debe ser respetado pero habria que ver quién aparece como empleador ya que me da la impresión que se trata de un edificio y de ser así la comunidad es tan responsable como el administrador en todo lo que concierne con los trabajadores aun cuando estos sean contratados por el administrador y no por la comunidad o edificio,en cuanto a la licencia médica, si el trabajador la presento dentro de los plazos legales a su empleador, este debe hacerse responsable si la licencia no fué presentada o es rechazada por presentacion fuera de plazo al organismo de salud respectivo (llamese Caja de Compensacion, Compin o Isapre), para esto es fundamental que tenga la colilla de la licencia que debe haberle timbrado el empleador cuandose la presentó, por lo tanto, en este caso, la recomendación sigue siendo la misma,que se presente a la Inspeccion del Trabajo y ahí busque asesoría.

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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo )
« Respuesta #8 en: Noviembre 30, 2011, 11:45:47 am »
Yo pregunto para ayudar al empleado. Al final preguntando la licencia debieran pagársela en la caja de compensación. El problema es que ella presentó su licencia pero al parecer este documento no llegó a la caja de compensación y si no llegó no hay pago.
Una vecina de la comunidad le dijo que no firmara el finiquito porque de lo contario perdía su derecho a pataleo.

recapitulando, ella fue contratada por un administrador por 6 meses. Ese admin fue removido o bien cambiado y el nuevo admin. puso fin a esos contratos y les hizo el finiquito, pero no se sabe si el otro admin tramitó la licencia.

gracias.

si la finiquita antes le tiene que pagar  lños 6 meses igual

sobre la licencia...  si el empleador no la presento  a la isapre o fonasa,  es el empleador el que debe asumir la licencia y pagarla, si el empleador la presento y la tramito como corresponde, es lio de la trabajadora con el ente pagador y el empleador na que hacer..
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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo )
« Respuesta #9 en: Noviembre 30, 2011, 12:05:52 pm »
Ok. me queda claro. agradecido de las opiniones.

gracias  :thumbsup:



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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo ) Actualizado
« Respuesta #10 en: Diciembre 07, 2011, 16:51:51 pm »
Lo último acontecido.

La trabajadora fue a la Inspección de San Miguel creo e hizo la denuncia con la colilla fiormada y timbrada por el ex administrador del edificio.

Se constató que la licencia no fue presentada por dicha persona por lo que no existe registro alguno y menos un pago para ella en la caja de compensación.

Ahora tienen que contactar al administrador que como se dijo antes, ya no administra el edificio y no es un trigo muy limpio. Sólo existe un teléfono dónde llamarlo pero no responde. El tipo ha sido removido como admin. de otros edificios por irregularidades por lo que yo veo una negra perspectiva de que a ella le paguen su licencia.

Según lo que dijeron, quién es responsable en definitiva. ¿el administrador o la comunidad del edificio?
Si no ubican al administrador significa que perdió con las lucas?

gracias.



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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo ) Actualizado
« Respuesta #11 en: Diciembre 07, 2011, 18:31:57 pm »
Lo último acontecido.

La trabajadora fue a la Inspección de San Miguel creo e hizo la denuncia con la colilla fiormada y timbrada por el ex administrador del edificio.

Se constató que la licencia no fue presentada por dicha persona por lo que no existe registro alguno y menos un pago para ella en la caja de compensación.

Ahora tienen que contactar al administrador que como se dijo antes, ya no administra el edificio y no es un trigo muy limpio. Sólo existe un teléfono dónde llamarlo pero no responde. El tipo ha sido removido como admin. de otros edificios por irregularidades por lo que yo veo una negra perspectiva de que a ella le paguen su licencia.

Según lo que dijeron, quién es responsable en definitiva. ¿el administrador o la comunidad del edificio?
Si no ubican al administrador significa que perdió con las lucas?

gracias.

El responsable es el empleador,  si el mpkeador de la trabajadora es pedro peres, pedro peres debe pagar  si el empleador es la comunidad la comunidad  debe responder  por el condoro de su trabajador
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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo ) Actualizado
« Respuesta #12 en: Diciembre 07, 2011, 21:19:33 pm »
El responsable es el empleador,  si el mpkeador de la trabajadora es pedro peres, pedro peres debe pagar  si el empleador es la comunidad la comunidad  debe responder  por el condoro de su trabajador

 :thumbsup:  Siempre es el empleador y en el caso de una comunidad llámese edificio, condominio, etc.. existe una junta de vigilancia de la cuál el presidente de la misma normalmente es el representante.

Independiente a las cagadas que haya hecho el administrador, este no tiene responsabilidad alguna respecto a las obligaciones previsionales de los trabajadores. Si se fue para el monte con las lucas esa es cuestión judicial entre él y la junta de vigilancia pero todo lo que tenga que ver con temas laborales correspondientes a conserjes, auxiliares, etc.. desde el punto de vista legal, los únicos responsables son los empleadores y en este caso, por ejemplo: Comunidad Edificio Las Condes que es en definitiva el empleador y si el administrador no pagó las imposiciones ni la caja de compensación por 20 años, esos 20 años los deberá pagar el empleador , o sea, la Comunidad o como se llamen legalmente. 

La estafa, ida pal monte, malversación y resto de las trucherías que haya cometido el administrador, que de paso hayan afectado a los trabajadores, son tema judicial entre ellos pero no de los trabajadores.
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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo ) Actualizado
« Respuesta #13 en: Diciembre 07, 2011, 22:39:36 pm »
Yap. Gracias por las aclaraciones. No entiendo entonces por qué comunidad no le paga y se ahorra el lío, en cambio el nuevo administrador la presiona para que firme, es decir, se la quieren cag... ya sabemos.

y lo otro, qué razón habrá tenido el ex administrador para no entregar la licencia? si las cotizaciones están al día no veo en que le afectaba.

gracias de nuevo.



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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo ) Actualizado
« Respuesta #14 en: Diciembre 13, 2011, 09:19:11 am »
¿Y en que quedó esto?

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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo ) Actualizado
« Respuesta #15 en: Diciembre 16, 2011, 08:49:04 am »
Sigue su curso. hoy tenía un comparendo con el ex administrador. esa figura no la entiendo porque ahora hay otro administrador y ese debiera tener la continuidad legal porque represanta a la comunidad del edificio no?

Cuando sepa que resultó de eso lo comento.


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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo ) Actualizado
« Respuesta #16 en: Diciembre 16, 2011, 08:53:11 am »
exacto...

a  menos que  el contrato sea con el ex administrador y no con el edificio  el que debe ir es el actual administrador


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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo ) Actualizado
« Respuesta #17 en: Diciembre 16, 2011, 09:27:00 am »
exacto...

a  menos que  el contrato sea con el ex administrador y no con el edificio  el que debe ir es el actual administrador

Y sería primera vez en mi vida que vería algo así.  :pozozipy:  Bastante extraña e irregular la situación.
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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo ) Actualizado
« Respuesta #18 en: Diciembre 16, 2011, 10:03:39 am »
Y sería primera vez en mi vida que vería algo así.  :pozozipy:  Bastante extraña e irregular la situación.

Yo he visto mas de  un caso
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Re:Rut de Comunidad (Inspección del Trabajo ) Actualizado
« Respuesta #19 en: Diciembre 16, 2011, 11:48:33 am »
Yo he visto mas de  un caso

Pero sigue siendo irregular.

Me acordé cuando los trabajadores me demandaron a mí como persona natural, en vez de demandar a la empresa como su empleador legal y eso que el abogado era de la Chile .  :risa2:
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