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General => Legal => Mensaje iniciado por: DATSUN_FOREVER en Febrero 20, 2013, 10:48:57 am
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Me llegò una circular que dice que por ley desde 1997, todos los departamentos (no las àreas comunes, que las tenemos aseguradas por 118.000 UF) deben tener un seguro pagado por el
propietario.
Tengo plazo hasta el 23 de febrero para presentar mi seguro, pero como avisaron a ùltima hora,
no queda màs que aceptar que cobren por gastos comunes (ni idea cùanto sale ni en cuàntas cuotas).
Han cotizado ustedes este tipo de seguros para un depto de 62 m2 y dos dormitorios?
Saludos
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Me llegò una circular que dice que por ley desde 1997, todos los departamentos (no las àreas comunes, que las tenemos aseguradas por 118.000 UF) deben tener un seguro pagado por el
propietario.
Tengo plazo hasta el 23 de febrero para presentar mi seguro, pero como avisaron a ùltima hora,
no queda màs que aceptar que cobren por gastos comunes (ni idea cùanto sale ni en cuàntas cuotas).
Han cotizado ustedes este tipo de seguros para un depto de 62 m2 y dos dormitorios?
Saludos
por lo que tengo entendido cuando sacas el hipotecario te ofrecen seguro contra incendio, sismo y degravamen
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Deja que lo tome la comunidad. deberia salir mas barato que lo que te costaria x tu cuenta ya que negocian por paquete.
p.d: es un moco de plata pero si no lo quisieras podrias ver si tu reglamento de copropiedad te exime de tal obligacion.
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una casa... tal vez no... pero un departamento si o si lo tendria asegurado contra sismo e incendio, robo quizas omitiria esa cobertura.
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Este tema aparece regulado en el articulo 36 de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria 19537:
http://www.usi.cl/archivos/ley_copropiedad_inmobiliaria.pdf (http://www.usi.cl/archivos/ley_copropiedad_inmobiliaria.pdf)
Como dicen las respuestas previas, efectivamente las administraciones por lo general negocian mejor que un propietario en particular, y si tienes crédito hipotecario es posible que ya estas pagando el seguro. Eso si me parece que el seguro que saca el edificio no incluye sismo que es mucho mas caro, sobre todo a partir del 27F 2010, por lo que si lo quieres tomar desconozco si te lo ofrecen como opcional.
A propósito del mencionado artículo 36, ojo que la mayoría de los edificios no cumplen en cuanto a mantener los planos de servicios ni planes de emergencia.
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una casa... tal vez no... pero un departamento si o si lo tendria asegurado contra sismo e incendio, robo quizas omitiria esa cobertura.
consulta: supongamos que yo tengo mi casa (depto) pagada, pero mis vecinos no, si un incendio comienza en mi casa y se quema una que esta con hipotecario.. me llegaria el garrotazo a mi??? de ser asi, en la misma situacion anterior si mi casa esta asegurada contra incendio... cubre a terceros (casa del lado)?
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una casa... tal vez no... pero un departamento si o si lo tendria asegurado contra sismo e incendio, robo quizas omitiria esa cobertura.
¿Por qué no una casa? ¿O te refieres a la obligación legal?
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Don Quelo, buenas preguntas haciendo analogía con los seguros de autos.
No tengo la respuesta formal, pero entiendo que la idea es que cada uno tenga su seguro, cosa que si se produce un incendio, existan los fondos para reparar cada unidad y no quede una mancha negra que afecte a todos los vecinos. Por lo tanto intuyo que que cada seguro cubre la propiedad afectada, no obstante las posteriores acciones contra los responsables.
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¿Por qué no una casa? ¿O te refieres a la obligación legal?
porque en una casa, el terreno vale y harto, tan en pelota no quedai, por ultimo vendes el terreno y compras algo...
(especialmente en algunos sectores) si se cae con terremoto el terreno sigue siendo tuyo, en edificio, tu porcentaje de dominio sobre el terreno es tan bajo
que con cueva sacai cien lucas si se cae el edificio...
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porque en una casa, el terreno vale y harto, tan en pelota no quedai, por ultimo vendes el terreno y compras algo...
(especialmente en algunos sectores) si se cae con terremoto el terreno sigue siendo tuyo, en edificio, tu porcentaje de dominio sobre el terreno es tan bajo
que con cueva sacai cien lucas si se cae el edificio...
Ah vale, lo había entendido bien entonces.
No, yo no lo veo así. Yo recomiendo a cualquiera que tenga una propiedad que la asegure contra sismo y contra incendio. Tengo el caso cercano de quienes perdieron todo por un incendio, y creeme: quedas en pelota igual. El terreno no te sirve como para venderlo en dos días y así comprar una nueva casa. La ropa y esas cosas "duelen menos", que tener que vivir de allegado en el mejor de los casos, donde un familiar.
En el caso de un bien con hipotecario, incendio, sismo, desgravamen y cesantía. Juan Segura vivió muchos años, y vivió bien. :thumbsup:
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porque en una casa, el terreno vale y harto, tan en pelota no quedai, por ultimo vendes el terreno y compras algo...
(especialmente en algunos sectores) si se cae con terremoto el terreno sigue siendo tuyo, en edificio, tu porcentaje de dominio sobre el terreno es tan bajo
que con cueva sacai cien lucas si se cae el edificio...
"así que con cuea sacai 100 lucas..." :sconf: se nota que las matemáticas no son lo tuyo
cuál es el afan de desinformar?
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y como son los costos de un seguro contra incendio y sismo entre una casa y un departamento? me imagino que en casa es mas barato o no?
no sabia que era obligatorio para departamentos, aunque tendria igual.
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porque en una casa, el terreno vale y harto, tan en pelota no quedai, por ultimo vendes el terreno y compras algo...
(especialmente en algunos sectores) si se cae con terremoto el terreno sigue siendo tuyo, en edificio, tu porcentaje de dominio sobre el terreno es tan bajo
que con cueva sacai cien lucas si se cae el edificio...
en general los terrenos donde estan los edificios son bien caros, dificil que tu monto prorrateado tenga menos de 7 numeros.
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en general los terrenos donde estan los edificios son bien caros, dificil que tu monto prorrateado tenga menos de 7 numeros.
descuenta los costos de demolicion y remocion de escombros, que son de cargo de los comuneros....
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es evidente que es recomendable igual el seguro de sismo e incendio y CONTRATARLO UNO, contratado por uno y no por el banco,
por que? simple
el banco al poner monto asegurado es "valor de la deuda", si el seguro lo sacas tu, es "valor comercial" cual es la diferencia, especialmente al dar un pie o llevar un resto de tiempo pagandola...
que en caso de siniestro que determinen perdida total del bien, y la aseguradora decida indemnizar en dinero por perdida total y no en reparacion del bien raiz, si el monto asegurado es "valor adeudado" tu quedas en 0, si el monto asegurado es "valor comercial" te pasan el vuelto
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es evidente que es recomendable igual el seguro de sismo e incendio y CONTRATARLO UNO, contratado por uno y no por el banco,
por que? simple
el banco al poner monto asegurado es "valor de la deuda", si el seguro lo sacas tu, es "valor comercial" cual es la diferencia, especialmente al dar un pie o llevar un resto de tiempo pagandola...
que en caso de siniestro que determinen perdida total del bien, y la aseguradora decida indemnizar en dinero por perdida total y no en reparacion del bien raiz, si el monto asegurado es "valor adeudado" tu quedas en 0, si el monto asegurado es "valor comercial" te pasan el vuelto
eso me hace mucho sentido
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Amigos, gracias.
Al final , son 10 cuotas de $3500 por parte del edificio (ademàs del hipotecario)
Por ende, es mucho màs conveniente este seguro "externo", ya que no està relacionado con la deuda.
Saludos