Buenas,a ver si me pueden ayudar en el marco legal con un tema, les cuento:
Soy profesor, pero estoy contratado por una ley especial de subvención preferencial, la cual permite hacer contrataciones, comprar materiales, pagar por talleres, etc. a las escuelas de manera directa (ley SEP), el tema es que al estar contratado por esta ley estoy como monitor de aula, por lo tanto me rigo por el código laboral de trabajo y no por el estatuto del resto de los profesores.
Aquí va la consulta, ahora en marzo comienza mi tercer contrato, que hay de cierto en que al firmar por tercera vez un contrato plazo fijo debería pasar el contrato a indefinido?
Por otra parte escuché que la escuela nos hizo el contrato a partir del 3 de marzo, por lo tanto hubo un corte en el contrato, ya que el anterior duraba hasta el 28 de febrero? es obligación que me paguen finiquito independiente que me contraten 2 días después con el mismo empleador?
Saludos y atento a sus respuestas!
