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General => Legal => Mensaje iniciado por: pincel600 en Noviembre 08, 2013, 16:15:02 pm
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Se presenta la oportunidad de un vehículo con medida precautoria, por deuda. El tema es que el dueño paga la deuda con la venta del mismo vehículo, se levanta la medida y se hace el traspaso del cacharro, según entiendo y me comenta el mismo vendedor en este caso, todo ante el juez en un trámite que no debiese demorar más de una hora o dos.
Pregunta: ¿muy leseado el asunto?¿vale la pena? considerando que el auto está costando un 70% del valor comercial y está en buen estado
Saludos
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Qué dice el CAV? si tiene anotación
por deuda por estar en prenda de crédito por ejemplo no demora menos de 15 en levantarse para poder hacer traspaso. Yo compré así y para asegurarme dejamos en custodia de notario un cheque del vendedor a mi nombre por el valor total del auto, el que podía yo retirar pasado 45 días o la vendedora presentando el padrón a mi nombre (u otro papel que acreditara la transferencia no recuerdo bien) . Así si la transferencia no salía se anulaba el negocio. Claro que un cheque igual es riesgo pero menos ya...
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Registro de multas limpio, no he podido ver el CAV porque no tengo como comprarlo por interné, llegando a la casa lo reviso.
El tema es básicamente porque tengo entendido que puede ocurrir necesitar un trabajo judicial contra el demandante o en este caso, quien embarga.
No m quiero arriesgar porque igual debo vender el mio para tener el espacio y guardarlo, pero hay una plata que puedo utilizar y por el costo, es posible que una reventa mas adelante me genere 600 lucas
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Es mentira que es en una o dos horas y que es tan rapido. (se puede desmorar hasta un mes dependiendo del juzgado)
Si no tiene inscrito nada en el registro civil compralo altiro (puede estar solicitada la medida prejudicial pero no inscrita, si no esta inscrita puedes transferirlo en el registro civil)
Hay que presentar un escrito y te tienen que autorizar, ademas le van a dar traslado a la otra parte.
Incluso si llegan a un acuerdo con la otra parte igual se tienen que esperar
Lo puedes comprar pero con acuerdo de la parte que presento la medida, con un abogado que vea bien el expediente
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Es mentira que es en una o dos horas y que es tan rapido. (se puede desmorar hasta un mes dependiendo del juzgado)
Si no tiene inscrito nada en el registro civil compralo altiro (puede estar solicitada la medida prejudicial pero no inscrita, si no esta inscrita puedes transferirlo en el registro civil)
Hay que presentar un escrito y te tienen que autorizar, ademas le van a dar traslado a la otra parte.
Incluso si llegan a un acuerdo con la otra parte igual se tienen que esperar
Lo puedes comprar pero con acuerdo de la parte que presento la medida, con un abogado que vea bien el expediente
+1... Y eso en el caso que todo vaya bien, pues si hay problemas... cooperaste.
La deuda cuanto es del valor del auto... si fuera poca plata le pago eso nomás y el resto contra la inscripción a tu nombre... si fuera mucha plata, paso, busco otro opción es mucho el riesgo... y con eso "que en dos horas queda listo da pa penar que el tipo es fresco, te vio cara de h___ón, y te quiere meter el.... en el ojo...
Medida precautoria... implica NO PODER hacer nada sin permiso del juez, y si se hace, fuera de poder constituir un delito te deja con el poto en el aire en terminos jurídicos - no tenís nada que alegar, ni posibiidad de hacerlo en el procedimiento vigente-... El Derecho no protege a los tontos, le dicen...
CACHO :pozozipy:
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Por ultimo quien te dice que el gallo va a pagar la deuda? :-[ El que paga mal paga dos veces... el objeto de las precautorias es evitar que los bienes se vendan...
Lo único que podría hacerse y que te permitiría pagar tranquilo es un avenimiento hecho ante el juez, en el que los demandantes acepten un cambio de deudor, novación por cambio de deudor, o una diputación para el pago, acepten el pago, levanten la precautoria y se señale que tu te haces dueño del vehículo, a titulo de provisión de fondos... sólo hací yo me lo pensaría... sino nica. :thumbsup: Eso se hace con abogados si o si.
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Si tiene una precautoria es porque ya está en juicio el asunto... yo buscaría otra opciones menos cacho. Que es totalmente diferente a solo levantar una prenda.
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Si me lo imaginaba... el tema pasaba básicamente por un tema de valores, costo beneficio y etc... antes he comprado autos con tema judicial encima, prenda o problemas de transferencia por asunto de dominio y no fueron problema ni mucho menos, pero me hablaron de medida precautoria y ahí quedé colgado esta vez
Gracias
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El tema es que la prenda es judicial, por lo que es un albur si va a ser facil levantarla, y en caso contrario "el que paga mal, paga dos veces" no tienes nada que hacer, porque esta prohibido por un juez... hasta puede constituir delito :sconf: