Autor Tema: despues del divorcio que?  (Leído 5111 veces)

Desconectado andrea_divorciada

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despues del divorcio que?
« en: Agosto 20, 2012, 21:30:44 pm »
debo necesariamente hacerlo con un abogado? ademas sigo siendo carga familiar de mi ex esposo, onda cobra familiar por mi...y aun estoy en fonasa...que debe hacer para borrarme de sus "listas". Lo de la disolucion me interesa bastante, pues tenemos una casa (que en realidad es de el) pero estabamos casados bajo sociedad conyugal...y yo ahora....quiero postular al subsidio habitacional...se que para eso no debo tener inscrita una vivienda a mi nombre...pero los abogados cobran carisimo...ayuda!!!! :chan:

Desconectado JOYO

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Re:despues del divorcio que?
« Respuesta #1 en: Agosto 20, 2012, 22:44:07 pm »
necesitas un abogado que  redacte la escritura...

probablemente en la caj de tu comuna te puedan ayudar..
Apoya la causa mapuche??  bueno, sea consecuente, averigue que comunidad mapuche vivia en el sector donde esta su casa, ubique a su lider y haga una donacion irrevocable de sus propiedades

Desconectado Metal Gear

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Re:despues del divorcio que?
« Respuesta #2 en: Agosto 20, 2012, 23:07:27 pm »
Abogados:

http://www.cajmetro.cl/

O pagados (dicen las malas lenguas que de vez en cuando comen y tienen familias que alimentar)



"Sólo escuchen con atención los [sutiles] matices ideológicos en Radio 4, la televisión de la BBC, y el servicio mundial de ésta última [BBC World Service], y se darán cuenta de que el comunismo no es un credo moribundo". -Oleg Antonovich Gordievski

Desconectado Andrés

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Re:despues del divorcio que?
« Respuesta #3 en: Agosto 20, 2012, 23:23:49 pm »
Ja, ja, ja y dicen que algunos son honestos.
También de que no es necesario tener isapre o Fonasa y comprar un bono para que te atiendan y les plantees tu problema

Desconectado migue89

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Re:despues del divorcio que?
« Respuesta #4 en: Septiembre 01, 2012, 11:22:07 am »
¿Estás en Stgo? de ser así, en la clínica de mi U te pueden ayudar con eso de manera gratuita y más rápido que la CAJ. Mándame un MP y te cuento más detalles, pues dependiendo de las condiciones en que se dio la separación, se puede llegar a un arreglo y mantener beneficios previsionales u otros, hay que ver como viene la cosa.

Desconectado LtColRedfield

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Re:despues del divorcio que?
« Respuesta #5 en: Septiembre 03, 2012, 12:38:49 pm »
debo necesariamente hacerlo con un abogado? ademas sigo siendo carga familiar de mi ex esposo, onda cobra familiar por mi...y aun estoy en fonasa...que debe hacer para borrarme de sus "listas". Lo de la disolucion me interesa bastante, pues tenemos una casa (que en realidad es de el) pero estabamos casados bajo sociedad conyugal...y yo ahora....quiero postular al subsidio habitacional...se que para eso no debo tener inscrita una vivienda a mi nombre...pero los abogados cobran carisimo...ayuda!!!! :chan:


Si, necesitas un abogado para comparecer en tribunales, segun lo establecido en la ley 18.120 sobre comparecencia en juicio.

Si, es verdad que algunos comemos y tenemos familias que alimentar.

Si, es verdad que en las clinicas juridicas hay atencion gratuitas, con ciertas condiciones.

Si, es verdad que en las Ues hay clinicas juridicas que pueden ayudarte gratuitamente, si calificas en sus parametros.

Si, es verdad que hay abogados malos y careros, tambien hay profesores, medicos e ingenieros en la misma condicion.


De cualquier manera, hay una serie de distinciones que hacer. Por lo pronto, para divorciarte necesitas un cese efectivo de la convivencia de 3 años si las partes no estan de acuerdo en el divorcio, y de 1 año si ambas partes lo estan. Que me perdonen los colegas que lean esto, pero la idea es no perder a la señora en el argot legal.

Por cierto, debe liquidarse la sociedad conyugal, regular el tema de alimentos, la relacion directa y regular (visitas) y el cuidado personal (comunmente conocido como patria postestad, tuicio u otros terminos, todos mas empleados, pero para entendernos, quien tendra a su cargo el menor)...es mejor que en estos temas haya un abogado que se haga cargo de todo, sin perjuicio de la medicacion a la que forzosamente deben asistir en estos temas...



Espero haber ayudado en algo.
« Última modificación: Septiembre 03, 2012, 12:55:32 pm por LtColRedfield »

Desconectado rodrally

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Re:despues del divorcio que?
« Respuesta #6 en: Septiembre 03, 2012, 22:43:38 pm »
Teniente coronel, se le olvido leer bien el post, ya que la señorita (ahora lo es) tiene el estado civil de divorciada.  ;)
Saludos,

RoD

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Desconectado Patagonia

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Re:despues del divorcio que?
« Respuesta #7 en: Septiembre 03, 2012, 23:13:49 pm »
 ;D ;D

Está bueno el tema, aporto con aclarar (aunque no sea el caso de la Srta. Andrea) que el cese de convivencia tiene que ser demostrable, esto se facilita por ejemplo dejando constancia en carabineros de que uno de los 2 tiene una nueva dirección, etc...igual piden testigos pero más fácil con datos duros.


Desconectado JOYO

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Re:despues del divorcio que?
« Respuesta #8 en: Septiembre 03, 2012, 23:27:49 pm »
Depende de en que fecha se contrajo el matrimonio la forma de probar el cese de convivencia...

despues del 17 de noviembre del 2004  solo con acta de cese de convivencia  notificada judicialmente o con juicio de alimentos...

matrimonios antes de esa fecha  con cualquier medio posible, incluido testigos...
Apoya la causa mapuche??  bueno, sea consecuente, averigue que comunidad mapuche vivia en el sector donde esta su casa, ubique a su lider y haga una donacion irrevocable de sus propiedades

Desconectado LEX

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Re:despues del divorcio que?
« Respuesta #9 en: Septiembre 04, 2012, 09:14:08 am »
Estimados:

Para ser más precisos:

1. Antes del 17 de noviembre de 2004, Andrés tiene toda la razón. En otras palabras, se requiere por todo medio de prueba que pueda formar plena convicción para acreditar el cese.

2. Después de la fecha indicada anteriormente, se puede tener como fecha cierta del cese las siguientes circunstancias:

a) Por acuerdo entre los cónyuges que regule sus relaciones mutuas (alimentos, cuidado personal, etc.), que conste por: 1) escritura pública, o acta extendida y protocolizada ante notario público; 2) acta extendida ante un Oficial del Registro
Civil, ó 3) transacción aprobada judicialmente.

b) A falta de acuerdo en las materias de relaciones mutuas, también existe fecha cierta del cese, cuando se notifica una demanda de alimentos por ejemplo.

c) No habiendo acuerdo ni demanda, cuando uno de los cónyuges expresando su voluntad de poner fin a la convivencia a través de cualquiera de los instrumentos señalados en los números 1) y 2) de la letra a) o dejado constancia de dicha
intención ante el juzgado correspondiente, se notifique al otro cónyuge.

Si el divorcio es culposo son otros los hechos a probar.

Saludos cordiales,


Desconectado migue89

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Re:despues del divorcio que?
« Respuesta #10 en: Octubre 01, 2012, 01:23:55 am »
Depende de en que fecha se contrajo el matrimonio la forma de probar el cese de convivencia...

despues del 17 de noviembre del 2004  solo con acta de cese de convivencia  notificada judicialmente o con juicio de alimentos...

matrimonios antes de esa fecha  con cualquier medio posible, incluido testigos...

con la nueva ley aparte del acta de cese ante oficial del RC, también puede ser escritura pública o acta protocolizada (esta última es mejor opción pq sale más barata) ;) ;)

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