En el sistema penal antiguo, cerrado el sumario, existe un plazo para solicitar reapertura (pidiendo diligencias). Denegada la reapertura, se puede apelar, y ahí se pasará 1 año al menos, luego de lo cual, de confirmarse la resolución, el juez podrá dictar acusación en contra de los procesados; El(los) querellante(s) podrán adherirse a la acusación o acusar particularmente (por ej, estiman que es un tipo penal distinto a la de la acusación, o un grado de participación distinto; Los querellantes, si están legitimados podrán demandar civilmente; Luego viene la contestación de la acusación (y acusaciones particulares, si las hay); Término probatorio; Sentencia.
En resumen, mínimo unos 2 años más de primera instancia.