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General => Ruedas => Mensaje iniciado por: brayatan en Abril 10, 2011, 12:43:10 pm

Título: a una amiga le llegó parte de infracción del 26-05-2010... ESTÁ CADUCADO????
Publicado por: brayatan en Abril 10, 2011, 12:43:10 pm
Hola!!!

Encuentro insólito que le llegue un parte casi 1 año después. Ahora el tema es que si puede "sacárselo" por alguna vía legal o de otra forma.

Agradecido de los que me brinden su ayuda.

Saludos.
Título: Re:a una amiga le llegó parte de infracción del 26-05-2010... ESTÁ CADUCADO????
Publicado por: The South Face en Abril 10, 2011, 14:30:08 pm
hay 2 instancias para estar caducado, una es 6 meses para el plazo de notificación del denunciante al JPL, y otras es 12 meses desde que ya está en el JPL n proceso; sumadas ambas son 18 meses; luego de ese plazo es seguro que está caducado, antes no.
Título: Re:a una amiga le llegó parte de infracción del 26-05-2010... ESTÁ CADUCADO????
Publicado por: brayatan en Abril 10, 2011, 15:59:05 pm
Gracias!!!!  :tumtum:
Título: Re:a una amiga le llegó parte de infracción del 26-05-2010... ESTÁ CADUCADO????
Publicado por: ddieguito en Abril 10, 2011, 16:09:27 pm
Me cuelgo del tema, hace dos meses me llegó un parte del JPL de Conchalí, indicándome que cometí un infracción el día 16/09/2006, y tengo citación para la audiencia el día 12/04/2011, acompañado con un mensaje que dice: "bajo apercibimiento de proceder en rebeldía y dictar sentencia sin más trámite" ¿este parte está caducado o que ocurre en verdad?. Gracias.
Título: Re:a una amiga le llegó parte de infracción del 26-05-2010... ESTÁ CADUCADO????
Publicado por: The South Face en Abril 10, 2011, 23:50:51 pm
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Me cuelgo del tema, hace dos meses me llegó un parte del JPL de Conchalí, indicándome que cometí un infracción el día 16/09/2006, y tengo citación para la audiencia el día 12/04/2011, acompañado con un mensaje que dice: "bajo apercibimiento de proceder en rebeldía y dictar sentencia sin más trámite" ¿este parte está caducado o que ocurre en verdad?. Gracias.
está caducado sí y solo sí la sentencia del jpl fue posterior al plazo que tienen para traitar la inrfacción, si la sentencia es anterior a ese plazo pueden demorar mas en cobrar, acá creo, no estoy seguro, que después de 5 años vencería esa deuda y caducaría también;
En el jpl son tan ignorantes en temas legales como la gran mayoría de los automovilistas, ellos muchas veces mandan infracciones que saben que están caducadas solo porque algunos pagan sin informarse o apelar; entoncces aprovecha la ignorancia de varios de ellos, adjuntas un escrito con el número de ley y artículo que hace referencia a la caducidad y pides la nulidad de éste, en una de esas pasa colado el reclamo y te dejan sin efecto la multa, aunque sea correcta la cobranza ya que está dentro del plazo.