Es facil darse cuenta de la diferencia entre un resonador y un silenciador original.
Los dueños de esas maquinas podrán estar tranquilos, hasta un paco puede notar la diferencia...
... creo 
No creas, he visto como webean a varios por escape y estando con el silenciador original. Andando en un TTs un cop nos empezó a dar jugo ( no nos curso el parte ) pero nos recalco que no se podía. A mi amigo del a3 se lo pasaron porque el escape según el carabinero no era el original siendo que si lo era, pero su criterio fue que el escape era doble y así no eran otros a3. El hecho de que los escapes sean cromados tampoco es un indicio, ya que por ejemplo en los 206 RC es así de fábrica, mini y otros.
Deberían dejar al MTT a cargo de esa fiscalización con inspectores designados.
Otro tema aparte es que a nosotros nos agraden los V8, pero para mucha gente es ruido, tal como las Harley u otras motos.
La ley ya esta, pero no se aplica.
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Artículo 81. ley transito-
Los vehículos con motores de
combustión interna no podrán transitar con escape
libre e irán provistos de un silenciador eficiente.
El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
podrá determinar otras reglas respecto de los
vehículos de carga o de locomoción colectiva.
Artículo 199.- Son infracciones o contravenciones
menos graves, las siguientes:
7.- Conducir un vehículo sin silenciador o con éste
o el tubo de escape en malas condiciones, o con el tubo
de salida antirreglamentario
Artículo 201.- La pena de multa se aplicará a los
infractores de los preceptos de esta ley, de acuerdo con Art. 1º Nº 93
la escala siguiente:
1.- Infracciones o contravenciones gravísimas, 1,5
a 3 unidades tributarias mensuales;
2.- Infracciones o contravenciones graves, 1 a 1,5
unidades tributarias mensuales;
3.- Infracciones o contravenciones menos graves,
0,5 a 1 unidad tributaria mensual, y
4.- Infracciones o contravenciones leves, 0,2 a 0,5
unidad tributaria mensual.
A los reincidentes de infracciones gravísimas o
graves, cometidas en los últimos tres y dos años,
respectivamente, se les impondrá el doble de la multa
establecida para cada infracción, la que se elevará al
triple en caso de incurrirse nuevamente en dicha
conducta. Lo anterior, sin perjuicio de las suspensiones
o cancelaciones de licencias de conductor que
corresponda.