De la Ley del Tránsito, Art. 12:
Clase B: Para conducir vehículos motorizados de tres o mas ruedas para el transporte particular de personas, con capacidad de hasta nueve asientos, excluido el del conductor,
o de carga cuyo peso bruto vehicular sea de hasta 3.500 kilogramos..........
........Para efecto de esta ley, la capacidad de asientos y el
peso bruto vehicular, serán los definidos por el fabricante para el respectivo modelo de vehículo.
Lo definido por el fabricante:
Mas que claro.................